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AMBITO ESPACIAL DE LA NORMA EN EL TERRITORIO NACIONAL


Enviado por   •  12 de Junio de 2014  •  973 Palabras (4 Páginas)  •  613 Visitas

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AMBITO ESPACIAL DE LA NORMA EN EL TERRITORIO NACIONAL

AMBITO ESPACIAL DE LA NORMA EN EL TERRITORIO NACIONALAMBITO ESPACIAL DE LA NORMA EN EL TERRITORIO NACIONAL

Macizo continental: territorio continental en el que se asientan los estados.

Islas arrecifes y cayos: la constitución reconoce dos:

• Guadalupe

• Revillagigedo

La diferencia entre isla, arrecife y cayos es que la ísla es el territorio rodeado de agua. El arrecife es un banco de rocas, y el cayo es una piedra.

Plataforma continental y zocalo submarinos: porción del lecho marino que bordea el macizo continental a islas cayos y arrecifes. Parte solida que esta abajo del mar que comprende hasta la zona economica exclusiva.

Mar territorial y las aguas marinas e interiores:

• Mar territorial son 12 millas náuticas a partir de la costa.

• Aguas marinas en interiores: aguas marinas que se meten al territorio.

Subsuelo: porción territorial debajo del suelo mexicano

Zona economica exclusiva: 200 millas náuticas desde la linea de base en donde la nación tiene soberanía y jurisdicción

Espacio aereo: hasta 200 millas náuticas, hasta la estratosfera.

Este año se cumplen 60 años de la reforma constitucional de 1949 que consagró el denominado constitucionalismo social en nuestro sistema institucional, consagración que reconocía en esa época pocos antecedentes, ya que la primera Constitución que insertó en su texto un vasto capítulo de derechos sociales fue la de México, de 1917, luego siguió la de Weimar de 1919, y esa incorporación a nuestra Carta Magna, que no pudo ser revertida pese a todas las alteraciones al orden jurídico, persecuciones, fusilamientos y violaciones a los derechos humanos en que se incurrió, no logrando poder retrotraer ese portentoso avance.

El constitucionalismo social es un movimiento universal consistente en la incorporación a las constituciones de los derechos sociales y se inició con la sanción de la Constitución de México de 1917, resultado directo de la Revolución mexicana, en Argentina, con la Constitución de la Provincia de Mendoza en 1916, en Alemania, con la Constitución de la República de Weimar en 1919 y en España con la Constitución española de 1931.

Las constituciones sancionadas en el siglo XIX, a cuyo esquema responde la argentina de 1853, seguían el modelo liberal y sólo consideraron los derechos del individuo sin tomar en cuenta su posición en la sociedad. Las constituciones sociales que aparecen en el siglo XX agregaron los llamados derechos sociales en los cuales se contempla la posición del individuo en la sociedad, fundamentalmente en su carácter de trabajador.

En general, el derecho del trabajo se incorpora a las constituciones del mundo con la necesidad de reconstrucción luego de la posguerra: Francia (1946), Suiza (1947), Italia, Luxemburgo (1948), etc. En los Estados Unidos surgió la Carta de la Seguridad Social.

En Latinoamérica, incorporaron los derechos sociales, entre otras, las constituciones de México (1917), Perú (1933), Uruguay (1934), Cuba (1940), Brasil (1946), Argentina (1949, 1957).

La creación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en 1919, con dirección tripartita de gobiernos,

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