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Comparacion Articulo 27 Y Plan De Ayala

kihomy24 de Septiembre de 2013

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PLAN DE AYALA

ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL

Promulgada por el jefe revolucionario mexicano Emiliano Zapata, dentro de la Revolución mexicana el 25 de noviembre de 1911 Fue promulgada el 5 de Febrero de 1917.

6o… los terrenos, montes, y aguas que hayan usurpado los hacendados científicos o caciques … entraran en posesión de estos bienes inmuebles desde luego los pueblos o ciudadanos que tengan sus títulos correspondientes a esas propiedades… y los usurpadores que se consideren con derecho a ellos, lo deducirán ante tribunales especiales que se establezcan al triunfo de la Revolución.

7o… se expropiaran previa indemnización de la tercera parte de esos monopolios a los poderosos propietarios de ellos, a fin de que los pueblos y ciudadanos de México obtengan ejidos, colonias, fundos legales para pueblos o campos de sembradura o de labor, y se mejore en todo y para todo la falta de prosperidad y bienestar de los mexicanos.

8o. Los hacendados, científicos, o caciques que se opongan directa o indirectamente al presente Plan, se nacionalizaran sus bienes y las dos terceras partes que al ellos les correspondan, se destinaran para indemnizaciones de guerra pensiones de viudas y huérfanos de las victimas que sucumban en la lucha del presente Plan.

9o. Para ajustar los procedimientos respecto a los bienes antes mencionados, se aplicaran leyes de desamortización y nacionalización según convenga…

12o. Una vez triunfante la Revolución … una Junta de los principales Jefes revolucionarios … nombraran o designaran un Presidente interino de la República, quien convocara a elecciones para la nueva formación del Congreso de la Unión, y esta a la vez convocara a elecciones para la organización de los demás poderes federales.

La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.

 … se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población;

 Capacidad para adquirir el dominio de las tierras y aguas de la Nación, se regirá por las siguientes prescripciones:

I. Sólo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones o para obtener concesiones de explotación de minas o aguas

VII. Se reconoce la personalidad jurídica de los núcleos de población ejidales y comunales y se protege su propiedad sobre la tierra, tanto para el asentamiento humano como para actividades productivas.

 La ley protegerá la integridad de las tierras de los grupos indígenas.

 La ley, considerando el respeto y fortalecimiento de la vida comunitaria de los ejidos y comunidades, protegerá la tierra para el asentamiento humano

 La ley, con respeto a la voluntad de los ejidatarios y comuneros para adoptar las condiciones que más les convengan en el aprovechamiento de sus recursos productivos…

 Dentro de un mismo núcleo de población, ningún ejidatario podrá ser titular de más tierra que la equivalente al 5% del total de las tierras ejidales.

 En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los latifundios.

 Son de jurisdicción federal todas las cuestiones que por límites de terrenos ejidales y comunales, cualquiera que sea el origen de éstos, se hallen pendientes o se susciten entre

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