Análisis del Preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
paovirgExamen18 de Noviembre de 2013
5.441 Palabras (22 Páginas)1.324 Visitas
Análisis del Preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
El preámbulo de una constitución es una afirmación solemne de los designios del constituyente que expresa los valores, principios y necesidades de un pueblo (o de una nación), el cual será la categorización superior que le servirá de programación de su futuro.
Una de las cosas que posee nuestra Carta Magna, que no poseía antes de 1999 es que en ella protege los derechos humanos, civiles, las acciones militares y sobre todo, como debe ser la participación de los ciudadanos en la vida política del país.
Una de las principales motivaciones expresadas en el Preámbulo de la Constitución Bolivariana, se corresponde, con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, cuando dice “Con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultura”. Ya no sólo es el Estado el que debe ser democrático, sino también la sociedad. Siendo democrática la sociedad, todos los elementos que la integran deben estar signados por los principios democráticos y someterse a ellos.
Es por ello que debe reconocerse que necesariamente un preámbulo presenta un contenido ideológico, que refleja el momento histórico que ha vivido y vive una nación y la ideología que, por lo menos, imaginariamente aparece como dominante.
Se hace necesario mencionar que el preámbulo de la constitución se acopia el sentimiento popular que lo distingue como símbolo emblemático de unidad nacional, de lucha incesante y abnegada por la libertad, la independencia, la justicia, el decoro y el bienestar común. La teoría de Simón Bolívar está presente cuando se define constitucionalmente que la nación venezolana se denomina República Bolivariana de Venezuela, y que se constituye jurídica y políticamente en un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia.
“El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de DIOS, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simon Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana.
Con el fin supremo de refundar la Republica para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolida los valores de libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la Ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna: promueva la cooperación pacifica entre las naciones e impulse y consolida la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad.
En ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta lo siguiente”:
Como cuestión previa debemos señalar que, el preámbulo constitucional es considerado doctrinalmente como la parte no normativa, básicamente ideológica del texto constitucional, en ella se expresan las causas del texto, así como los principios y los valores básicos de la sociedad. En ese orden de ideas conviene destacar que, la doctrina que sirvió de fundamento a esta parte del texto fue la del “Contrato Social”, de Jean-Jeacques Rousseau, el cual expresa no los postulados de un sistema político, sino los anhelos, reivindicaciones y aspiraciones que proyectó en esa palabra un pueblo…el venezolano, dejando evidente que tanto su origen como en su significación el poder es social antes de ser jurídicamente organizado, como base de la convivencia social; interpretado como el ordenamiento jurídico de un pueblo, esto es, un documento escrito que contiene la credencial que exhiben los agentes del poder para el ejercicio de sus funciones; delegadas éstas funciones por el pueblo a los gobernantes, a través de la soberanía mediante el sufragio, en beneficio de la libertad individual.
En esta perspectiva, dicho de otro modo, el preámbulo de una Constitución puede definirse como una declaración solemne de los propósitos del constituyente que expresa los valores, principios y necesidades de un pueblo (o de una nación), el cual será el ordenamiento superior que le servirá de programación de su futuro. En este contexto, se ha evidenciado que una de las principales motivaciones expresadas en el Preámbulo de la Constitución Bolivariana, se corresponde, con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, cuando dice “Con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural” . Frente a esta situación observamos que, ya no sólo es el Estado el que debe ser democrático, sino también la sociedad. Siendo democrática la sociedad, todos los elementos que la integran deben estar signados por los principios democráticos y someterse a ellos.
En tal sentido, cabe destacar que; el preámbulo significa algo así como un enunciado previo a las formulaciones de reglas y normativas numeradas de la constitución, aquí se exponen los fines y principios permanentes de una población con organización y conciencia políticas. Es por ello que debe reconocerse que necesariamente un preámbulo presenta un contenido ideológico, que refleja el momento histórico que ha vivido y vive una nación y la ideología que, por lo menos, imaginariamente aparece como dominante.
De acuerdo con esta concepción podemos pues inferir que, quedaron sentados los motivos o propósitos que orientaron a los constituyentes para establecer los principios fundamentales organizativos del Estado y del sistema político venezolano; es decir, se establecieron claramente las características que definen al Estado venezolano, los valores de la Sociedad política y los fines sociales que debe perseguir el Estado en orden a garantizar los derechos humanos que, en el se consagran como esenciales. De lo anterior se advierte que, en el mismo texto se indica que somos "un Estado de Justicia Federal y Descentralizado" destacándose el valor de la justicia, de manera que más que un Estado sometido al derecho, se configura un Estado sometido a la justicia.
Basta con recordar que el Estado de Derecho es un concepto de teoría política, jurídica y moral que sostiene que este está sometido al imperio de la Ley, que este está sometido a controles judiciales independientes, es decir, Estado de Derecho es solo aquél que está limitado por el Derecho, implicando la independencia de los Poderes Públicos que garantizan los Derechos Humanos, mediante el cual se logran buenas leyes, equilibradas y establecidas por un Poder Legislativo autónomo, la administración de justicia ejercida por jueces imparciales e independientes, además de la ejecución de las Leyes efectuadas por un Poder ejecutivo eficiente, transparente y moderno.
En el mismo orden de ideas cabe resaltar que todo Estado de Derecho está sustentado por el Principio de Legalidad que menciona “ nulla poena sine lege”, es decir, no hay pena sin Ley, no hay pena sin crimen, Este limita el ejercicio de la aplicación de castigos solo a aquellas acciones establecidas como delitos. Este principio tiene como objetivo disipar los efectos de intimidación, disuasión y prevención respecto a todas las conductas tipificadas como actos contrarios a la Ley.
Dentro de este horizonte, podrá observarse que, el Principio de Legalidad permite que los ciudadanos conozcan las causas que pueden llevar a su debida detención legal y castigo penal. Por otra parte protege los derechos individuales de cada ciudadano ya que establece límites al Poder disciplinario del Estado, evitando que quienes tengan el Poder de Administrar justicia, inventen penas y sancionen al ciudadano por algo que no ha sido establecido con anterioridad en la Constitución o Ley Jurídica. En pocas palabras son normas que brindan seguridad y protección a los derechos ciudadanos de los destinatarios del ordenamiento jurídico.
A pesar de este principio, muchas acciones punitivas se siguen realizando fuera del derecho. Así tenemos por ejemplo, las torturas, los castigos en los cuales se causa dolor hasta llegar a la muerte, ley de fuga y desapariciones en actuaciones ilegales de la policía que fueron frecuentes en la era Gomecista,
Por otra parte encontramos que, Estado Democrático esta definido como el “gobierno de las mayorías, el gobierno del pueblo y para el pueblo”, permitiendo este sistema la participación del pueblo en la esfera del gobierno, generalmente por medio del sufragio y del control sobre la toma de decisiones de sus gobernantes.
Así en este contexto, el Estado Democrático está fundamentado por toda la organización política de la nación en conjunto, y a su vez identifica como recurso indispensable para el constitucionalismo a la representación del pueblo por dirigentes políticos, mejor conocido como democracia representativa o indirecta y por
...