CUESTIONARIO DE DERECHO ROMANO
lynley13 de Agosto de 2014
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DERECHO ROMANO I
TEMA I: CONCEPTOS GENERALES
1. DEFINA DERECHO SUBJETIVO
Facultad jurídica que a una determinada persona atribuye el Derecho Objetivo. Facultad concedida a una persona de usar o disfrutar de una cosa de una manera más o menos completa, o exigir a una persona una cierta prestación o comportamiento de dar.
2. DERECHO OBJETIVO
Conjunto de normas jurídicas que regulan la convivencia en sociedad y se imponen a la conducta humana de una forma coactiva.
3. ¿CUÁLES SON LAS GENERALIDADES DE LAS FUENTES DEL DERECHO ESCRITO DEL SISTEMA JURÍDICO ROMANO?
Son la costumbre, las leyes rogadas, los plebiscitos, los senadoconsultos, los edictos de los magistrados, la iurisprudentia, las constituciones imperiales.
4. ¿QUÉ ES IURISPRUDENTIA Y FAS?
Iurisprudentia es el conocimiento de la técnica jurídica en combinación con cierta habilidad para aplicarla dentro de la sociedad y el Fas es un derecho sagrado y lo usaban para designar a las normas de origen divino y para designar a las normas de origen humano.
Ciencia del derecho diciendo que el conocimiento de la cosas divinas y humanas así como la ciencia de lo justo y de lo injusto.
FAS.- como norma religiosa interpretada por los sacerdotes y pontífices, mientras que el ius, como norma estrictamente jurídica.
5. ¿QUÉ ES IUSTITIA Y AEQUITAS?
AEQUITAS (EQUIDAD).- necesaria adecuacion que el dercho tiene que lograr al aplicarse al caso concreto, la equidad es la justicia del caso concreto.
IUSTITIA.-es el criterio que alimenta al derecho
6. ¿QUÉ SON PREACEPTA IURIS?
Vivir honestamente, no hacer daño a otro y dar a cada uno lo suyo.
7. MENCIONE SU EVOLUCIÓN.
Podemos afirmar que toda la evolución del derecho privado de roma se reduce a dotar de equidad a las soluciones excesivamente rigurosas y formalistas del derecho civil, con lo cual el primitivo derecho se universaliza, enraizándose en principios de validez universal.
8. ¿QUÉ ES EL IUS CIVILE?
Derecho aplicable sólo a los quirites o ciudadanos romanos.
9. ¿QUÉ ES EL IUS HONORARIUM?
Es el derecho para la designación de los magistrados, cuyo sector mas importante era el derecho pretorio y fue creado para reforzar, completar o enmendar el ius civile.
Derecho desarrollado por el pretor urbano y, posteriormente (241-240 a.C), también por el pretor peregrino. La diferencia entre el ius honorarium y el ius civile se puede apreciar desde distintos aspectos o puntos de vista:
a) Ámbito de aplicación: El ius civile se aplicaba en todo el imperio romano, mientras que el ius honorarium donde estuviera ejerciendo sus funciones el pretor.
b) Vigencia: El ius civile se aplicaba con carácter de permanencia en el tiempo, mientras que el ius honorarium podía renovarse anualmente, ya que el pretor (como cualquier otro magistrado) era nombrado uno nuevo cada año y, al cesar en su cargo, el derecho creado por el mismo se mantenía en la medida que el nuevo pretor decidiese perpetuarlo o no.
c) Supremacía: El ius honorarium completaba y desarrollaba el ius civile pero nunca podría contradecirlo.
10. ¿QUÉ ES EL IUS PENTIUM?
R= Conjunto de reglas aplicables a las relaciones entre pueblos diferentes, así como el conjunto de reglas del derecho romano que regulan a todos los habitantes libres del Estado romano y, en particular, a los peregrinos.
11. ¿QUÉ ES ELIUS PUBLICUM?
El derecho público es aquel que refiere a la republica
12. ¿QUÉ ES ELIUS PRIVATUM?
Aquel que se refiere al interés de los particulares
13. ¿QUÉ ES EL DERECHO TAXATIVO?
Es el conjunto de normas que no admiten un pacto contrario.
14. ¿QUÉ ES EL DERECHO DISPOSITIVO?
Son las normas mediante las cuales el legislador
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