Constituciones Mexicanas
Panchisko24 de Marzo de 2013
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ÍNDICE
I. Introducción…………………………………………………………...........................................3
II. Constitución de 1824…………..…………………………………………………………………..5
III. Constitución de 1835…………………………………………………………………………….7
IV. Constitución de 1857……………………………………………………………………………7
V. Constitución de Cádiz…………………………………………………………………………..8
VI. Constitución de Apatzingán………………………………………………………………..9
VII. Constitución de 1917………………………………………………………………………………11
La constitución de Apatzingán del 22 de octubre de 1814, ya declaraba la soberanía popular (articulo 5o.) y establecía los fundamentales órganos estatales con el nombre de supremos: Congreso, Gobierno y Tribunal de Justicia mexicanos. Había sido precedida por un “Acta Solemne de la Declaración de Independencia de América Septentrional”, por lo que quedaba “rota para siempre jamás y disuelta la dependencia del trono español”, firmada el 6 de noviembre de 1813. Sin embargo, esa Constitución tan progresista y acabada para su tiempo, no llego a regir un solo día.
El Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba (marzo 1, 2 y 24 de agosto de 1821, respectivamente), declaraban la independencia de la Nueva España o de la América Septentrional (desde California antes propiedad de México hasta Argentina se le conocía como Septentrión) y, aunque no aspiraban a ser constituciones, si establecían la forma de gobierno monárquico, constitucional, moderado, por el que llamaban a Fernando VII o a s
u dinastía para reinar. En otras palabras, no parece procedente calificar de mexicanos a unos documentos, fundamentales para la historia política del país, pero que seguían acudiendo a un monarca de ultramar para reconocerlo como Jefe de Estado.
Lo mismo puede decirse de las “Bases Constitucionales aceptadas por el Segundo Congreso Mexicano al instalarse el 24 de febrero de 1822”, que reconocían los llamamientos al trono fijado en los Tratados de Córdoba (El acceso y sucesión de los Borbones), no obstante que el “Acta de Independencia” de fecha anterior -28 de septiembre de 1821 señalaba expresamente a la “Nación mexicana” y la calificaba como “Nación soberana e independiente de la antigua España”, aunque añadía que debía “Constituirse con arreglo a las bases que el Plan de Iguala y el Tratado de Córdoba estableció sabiamente el primer jefe del ejército imperial de las tres garantías”
Todo lo anterior sin tomar en cuenta la Constitución de Cádiz del 19 de marzo de 1812, a cuya elaboración habían concurrido varios diputados por la Nueva España, había regido aquí, aunque brevemente en dos ocasiones: a partir de septiembre de 1812, fecha en que por decreto del Congreso se establecía que la Nación quedaba en absoluta libertad “para constituirse como mejor le acomode”.
Para mí que las “Constituciones mexicanas” se inician con el Acta Constitutiva de 1824, donde hay un desprendimiento total de todo tipo de legislación extranjera y el ejercicio absoluto de la soberanía y de la autodeterminación, elementos indispensables para poder reconocer a una aut
entica Constitución.
La segunda dificultad que señale al iniciar este análisis, es la referente a determinar con precisión cuando existe una verdadera Constitución.
En la obra Enciclopedia de México, en el apartado sobre Constituciones dice:
Desde 1821, en que se consolido la independencia mexicana, hasta 1917, en que se promulgo la ley fundamental vigente, se reunieron en México, además de otros que no cumplieron su fin, ocho congresos constituyentes: el de 1824, convocado dos veces; el ordinario de 1835, transformado en constituyente; el ordinario de 1839, también revestido en ese carácter; el de 1842; la Junta Nacional Legislativa de 1843; el extraordinario de 1846; y los de 1856 y 1916. Estas asambleas produjeron actas constitutivas o de reformas, diversos proyectos de constitución y votos particulares de sus miembros.
Para efectos de este trabajo voy a considerar como “Constitución” la que, a partir de haberse logrado la independencia (1821), y emanada de algún constituyente (convocado para o convertida en), reúna varias o todas de las siguientes características:
CONSTITUCION DE 1824.
El Acta Constitutiva y la constitución de 1824
“En verdad se da un Acta de la Nación Mexicana Constitutiva de la nación mexicana, propia para fijar eternamente su destino bajo un sistema acomodado a las luces del siglo y al goce de una libertad justa, regulada siempre por la ley” Miguel Ramos Arizpe, en el preámbulo del proyecto de Acta constitutiva por él redactado.
Ha sido reiterado el concepto de que los primeros documentos constitucionales del México independiente “Acta Constitutiva y Constitución de 1824” fueron copia de la Constitución norteamericana de 1787 y de la española de 1812. La importación del federalismo fue de la norteamericana, en tanto que la intolerancia religiosa, la soberanía nacional, etc., se tomaron de la de Cádiz. El propio Mier que, con Ramos Arizpe, fueron el duo más ilustre del “24” manifestó que “se critica de los españoles de la Corte de Cádiz su anglomanía y con más razón se pudiera censurar a nosotros la nortemanía”
Lorenzo de Zavala, residente del Constituyente del “24” manifestó que la Constitución de 1824, era una mala copia de la norteamericana. También Lucas Alamán, el historiador, habla de la calca de la Constitución americana, a la que simplemente, dice, se añadieron ciertas tradiciones españolas para formar la nuestra de 1824.
A mi juicio, lo importante no es determinar si fueron ideas originales las que aparecieron en los primeros documentos de México independiente, ya que tantos siglos de coloniaje y la somera ilustración que había permitido la metrópoli, impidieron el generar ideas o instituciones originales. Lo fundamental fue cómo aquellos primeros constituyentes lograron trasplantar a su medio lo más adelantado del pensamiento liberal del siglo XVIII y lo mejor de las doctrinas constitucionales de su época.
En 1824 surgen los documentos que postulan el federalismo, con lo que se establece específicamente una nueva forma de gobierno, que estatuyen la soberanía nac
ional, que estipulan algunos derechos a favor del hombre y del ciudadano, y que norman la división y el equilibrio de los poderes. Todas estas, y otras, instituciones novedosas, que habrían de configurar a la nación emergente, se encuentran en el Acta Constitutiva y en la Constitución de 1824.
Los constituyentes evaluaron el pensamiento político prevaleciente en su época, tomaron decisiones que suscitaron la división permanente de los partidos principales en nuestra historia: centralistas y federalistas en 1824, conservadores y liberales en 1856-1857, reaccionarios y revolucionarios en nuestro siglo.
Los múltiples hechos de armas, los planes variados, los imperios, dictaduras y el cambio casi permanente de presidentes que aparecieron durante el siglo XIX, encontraron su origen o su razón de ser, fundamentalmente, en dos principios siempre controvertidos: el federalismo, a partir de 1824 y la cuestión religiosa, que fue el tema esencial que se debatió en el Constituyente de 1856-1857 y que habría de originar las leyes de Reforma, la Guerra de Tres Años, la Intervención y, con Juárez, la Republica Restaurada.
Se promulgo el 4 de octubre.
En ella se adopta el gobierno republicano federal, dividiéndose la república en 19 estados, soberanos e independientes en cuanto a su régimen interior, y 4 territorios dependientes del gobierno del centro.
El poder se consideraba emanado del pueblo y se dividía en ejecutivo, legislativo y judicial.
El ejecutivo estaba a cargo de un presidente y un vicepresidente, que duraba en su ejercicio 4 años; el legislativo
se depositaba en dos cámaras, de diputados y senadores, renovables cada dos años, y el judicial se confiaba a una suprema corte de justicia, a los tribunales del circuito y a los jueces de distrito.
En la constitución se señalaba a la religión católica como oficial, conservándose igualmente los
privilegios del clero y el ejército, que tanto mal acarrearían mas tarde a la nación mexicana.
(FEDERALISTA).
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