El líder Militar,
wilmarypereira6 de Abril de 2015
3.396 Palabras (14 Páginas)239 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio de poder popular para la defensa
Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional
Sección: D-001
Asignatura: Defensa Integral
Profesor: Teniente Coronel William Romero Jiménez
Grupo: N°2
Luis Esquivel C.I: 24.312.877
Dreiman García C.I: 25.411.847
María Castillo C.I: 25.770.179
Wilmary Pereira C.I: 25.683.879
Caracas, Marzo del 2015.
Índice.
Índice…………………………………………………………………..Pág. 2
Introducción…………………………………………………………..Pág. 3
Preámbulo……………………………………………………………..Pág. 4
Titulo I, Principios Fundamentales….......…………………...Pág. 5 a 6
Título ll, del Espacio Geográfico y La División Política Del Territorio y Demás Espacios Geográficos………………………………. Pág. 6 a 8
Capítulo II De La División Política……………………………..Pág. 8 a 9
Título IV, Del Poder Público, Capítulo l, De Las Disposiciones Fundamentales, Sección Primera: Disposiciones Generales, Sección Segunda: De La Administración Pública……………………..…..…..……………………………….Pág.9 a 10
Sección Tercera: De La Función Pública…………………..Pág. 11 a 12
Sección Cuarta: De Los Contratos De Interés Público…………………………………………………………….Pág. 12 a 13
Sección Quinta: De Las Relaciones Internacionales……………………………………………….….Pág. 13 a 14
Capítulo II, De la Competencia del Poder Público Nacional………………………………………………………..…..Pág. 14 a17
Capítulo III, Del Poder Público Estadal…………………….....Pág. 17 a 21
Capitulo IV, Del Poder Público Municipal…………………………………………………………. Pág. 22 a 28
Título Vlll, Capítulo ll, De Los Estados De Excepción………………………………………………………… Pág. 29 a 30
Conclusión………………………………………………………………Pág. 31
Bibliografía………………………………………………………………Pág. 3
Introducción.
El consiguiente trabajo tiene como objetivo dar a conocer los concernientes temas de conceptos constitucionales, sobre principios fundamentales y sus artículos más relevantes, así como del espacio geográfico y de división política ya que como dice en uno de sus artículos el territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la capitanía general de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con el fin de organizar políticamente la República, el territorio nacional se divide en el de los estados, el del distrito capital, el de las dependencias federales y el de los territorios federales. El territorio se organiza en municipios, del mismo modo el poder público de las disposiciones fundamentales en la sección primera: disposiciones generales dice que el poder público se distribuye entre el poder municipal, el poder estadal y el poder nacional. El poder público nacional se divide en legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano y electoral. También los estados de excepción son importantes porque nos dice en el artículo 337: El Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros, podrá decretar los estados de excepción. Se califican expresamente como tales las circunstancias de orden social, económico, político, natural o ecológico, que afecten gravemente la seguridad de la Nación, de las instituciones y de los ciudadanos y ciudadanas, a cuyo respecto resultan insuficientes las facultades de las cuales se disponen para hacer frente a tales hechos; como los que estamos viviendo actualmente con la ley aprobada por los estados unidos de américa que nos afecta porque pone en riesgo la seguridad de nuestra nación.
Artículo 3: El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.
La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.
Artículo 4: La República Bolivariana de Venezuela es un Estado Federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.
Artículo 5: La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.
Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.
Artículo 6: El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.
Artículo 7: La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.
Artículo 8: La bandera nacional con los colores amarillo, azul y rojo; el himno nacional Gloria al bravo pueblo y el escudo de armas de la República son los símbolos de la patria.
La ley regulará sus características, significados y usos.
Artículo 9: El idioma oficial es el castellano. Los idiomas indígenas también son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la República, por constituir patrimonio cultural de la Nación y de la humanidad.
Título ll
Del Espacio Geográfico y La División Política.
Del Territorio y Demás Espacios Geográficos.
Artículo 10: El territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad.
Artículo 11: La soberanía plena de la República se ejerce en los espacios continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas interiores, históricas y vitales y las comprendidas dentro de las líneas de base recta que ha adoptado o adopte la República; el suelo y subsuelo de éstos; el espacio aéreo continental, insular y marítimo y los recursos que en ellos se encuentran, incluidos los genéticos, los de las especies migratorias, sus productos derivados y los componentes intangibles que por causas naturales allí se hallen.
El espacio insular de la República comprende el archipiélago de Los Monjes, archipiélago de Las Aves, archipiélago de Los Roques, archipiélago de La Orchila, isla La Tortuga, isla La Blanquilla, archipiélago Los Hermanos, islas de Margarita, Cubagua y Coche, archipiélago de Los Frailes, isla La Sola, archipiélago de Los Testigos, isla de Patos e isla de Aves; y, además, las islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro del mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva.
Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, la República ejerce derechos exclusivos de soberanía y jurisdicción en los términos, extensión y condiciones que determinen el derecho internacional público y la ley.
Corresponden a la República derechos en el espacio ultraterrestre suprayacente y en las áreas que son o puedan ser patrimonio común de la humanidad, en los términos, extensión y condiciones que determinen los acuerdos internacionales y la legislación nacional.
Artículo 12: Los yacimientos mineros y de hidrocarburos, cualquiera que sea su naturaleza, existentes en el territorio nacional, bajo el lecho del mar territorial, en la zona económica exclusiva y en la plataforma continental, pertenecen a la República, son bienes del dominio público y, por tanto, inalienables e imprescriptibles. Las costas marinas son bienes del dominio público.
Artículo 13: El territorio no podrá ser jamás cedido, traspasado, arrendado, ni en forma alguna enajenado, ni aun temporal o parcialmente, a Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional.
El espacio geográfico venezolano es una zona de paz. No se podrán establecer en él bases militares extranjeras o instalaciones que tengan de alguna manera propósitos militares, por parte de ninguna potencia o coalición de potencias.
Los Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional
...