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Etapa Del Bajo Imperio Romano


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2012  •  1.603 Palabras (7 Páginas)  •  719 Visitas

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Fuentes formales del derecho: el advenimiento al trono de los llamados emperadores cristianos, debían contribuir decisivamente en la valoración de las fuentes autorizadas para dictar el derecho. Las leyes comiciales dejan de promulgarse, los senados-consultos no tienen valor y dejan de adoptarse y los edictos de los magistrados quedan debilitados (excepto los del emperador). Las fuentes formales que se mantienen son:

La costumbre: el uso, la costumbre, el hábito repetido fue la primera expresión del derecho en roma y como tal, fuente del derecho desde sus orígenes.

Jus publici respondendi: la etapa de los emperadores cristianos es sinónimo de decadencia jurídica, los nuevos tiempos son de crisis y hundimiento, de ahí que en esas épocas sean cuando de mas de compilación, de codificación de las antiguas disposiciones, con una tendencias de perpetuar a los gloriosos tiempos que se ven ya perdidos y se pretende rescatar o revivir de alguna manera.

Constituciones imperiales: con la centralización del poder y endiosamiento, naturalmente se propicio mayor eficacia jurídica a sus disposiciones. En esa fase se constituye no solo en la principal, sino en ocasiones, la única fuente del derecho romano.

Ley de citas: en esta situación de decadencia, la constitución del año 426 cobro una alta expresión y fue conocido como ley de citas, en la que se estableció la fuerza legal que tendría ante los tribunales, las obras y opiniones de los juristas clásicos (fallecidos) su contenido era el siguiente:

a) Tenia fuerza obligatoria y los tribunales debían aplicarlas en la solución de litigios.

b) Si hay discrepancias en el criterio de estos jurisconsultos se aplicaba el criterio de la mayoría y en el caso de empate a la opinión de papiniano.

c) Papiniano no había opinado sobre el asunto controversial, el tribunal tenia la libertad de adoptar la opinión que considerase.

El movimiento codificador: producto de la decadencia del imperio, surgió un movimiento codificador, con el fin de buscar cierta unidad jurídica de las disposiciones antiguas con las nuevas, ya que estos últimos no se publicaban y además entrechocaban, lo que daba lugar a un real desorden jurídico.

LA OBRA JURIDICA DE JUSTINIANO: EL CORPUS JURIS CIVILIS

La mas alta expresión jurídica en labor codificadora, fue la realizada por Justiniano (527 asciende al trono) y desde el inicio reacciono ante la necesidad de organizar el derecho positivo, posterior promulgo su constitución en la que ordeno la compilación (anteriormente pretendida por Teodosio), que debía abarcar el jus y las leyes; esta labor fue encargada a una comisión que dirigía triboniano (de gran talento jurídico). Justiniano se basó en un destacado jurista, Triboniano, para realizar una de las mayores obras de su tiempo: la reforma del derecho romano. Esta reforma estuvo contenida en cuatro obras principales: el Codex Justinianus, las Digestes, los Institutes y las Novelles, reunidas en el Corpus iuris civilis.

El Codex fue culminado en menos de un año (del 13 de febrero de 528 al 8 de abril de 529). No se trató de una simple compilación de las constituciones imperiales en vigor desde el tiempo de Adriano. Las repeticiones y contradicciones fueron retiradas, diversos decretos sobre el mismo tema fueron reunidos en uno solo, varios decretos fueron derogados, otros fueron explicados y el lenguaje fue simplificado. Desde entonces, solo se mantuvieron vigentes las promulgaciones imperiales contenidas en ese códex.

Contenido:

a) la compilación se inicio con el código que recoje las constituciones vigentes en ese tiempo y que fueron recogidas en anteriores compilaciones

b) Posterior se paso a la compilación y organización del jus a través de la redacción del digesto (pandectas), en el que se recogen opiniones de los jurisconsultos que gozaron del jus respondendi, pero otorgando a todos igual autoridad y sin atenerse a mayorías mecánicas de opiniones, además se prohibió hacerles comentarios para evitar confusión.

c) En la misma constitución en que Justiniano ordeno la compilación del digesto, encomendó también la redacción de una obra didáctica de derecho, que se llamo instituta e instituciones que consta de 4 libros divididos en títulos y párrafos.

d) Finalmente la compilación no se detuvo, Justiniano continuo dictando constituciones con trascendencia en el derecho publico y privado, las que posteriormente fueron compiladas por la iniciativa privada, con el nombre de novelas

Estos 4 cuerpos: CODIGO-DIGESTO-INSTUTA-NOVELAS a partir del siglo XIII se llamaron CORPUS JURIS CIVILIS (cuerpo del derecho civil)

Análisis jurídico: con Grecia observaremos las primeras manifestaciones conscientes de la organización jurídica de un pueblo en la antigüedad, el pueblo griego hizo del estado un ente independiente de misticismos religiosos y morales, reparándolo en su conciencia como organización de la sociedad, como un instrumento para la consecución de sus fines económicos, corresponde a los griegos el desmitificar la función política, en producir la primera de su desalineación.

SURGIMIENTO DEL ESTADO EN ATENAS

El estado se define lentamente como el resultado de que la antigua propiedad común del suelo no existía ya y en que por lo menos la antigua forma de labranza colectiva había cedido el puesto a la explotación individual de las parcelas de tierras por las familias, el estado ateniense se desarrolla lentamente a partir de la descomposición de la comunidad gentilicia.

La organización social en Atenas en sus órganos (gens, fratrias y tribus), respondía

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