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Fuentes Del Derecho


Enviado por   •  5 de Abril de 2014  •  1.752 Palabras (8 Páginas)  •  330 Visitas

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FUENTES DEL DERECHO

PRESENTADO POR:

ALBIS E. DIAZ H.

UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA CONTADURIA PUBLICA DIURNA DERECHO LABORAL SANTA MARTA FEBRERO DE 2013

INDICE

PAG

1. Introducción……………………………………………………………………….1

2. Justificación……………………………………………………………………….2

3. Objetivos…………………………………………………………………………....3

4. Fuentes Del Derecho Laboral…………..……………………………………....4

4.1. Fuentes Reales o Materiales…………....................………………………4

4.1.1. Fuentes Materiales Directas ………………………………………..4

4.1.2. Fuentes Materiales Indirectas ……………………………………..4

4.2. Fuentes Formales…………..………………………………………..............5

4.2.1. La Constitución ……………………………………………………….5

4.2.2. La Ley……………………………………………………………………5

4.2.3. La Costumbre ……………………………………………………….....6

4.2.4. Principios Generales Del Trabajo…………………………………..6

4.2.5. El Contrato Colectivo……………………………………………........7

4.2.6. El reglamento Del Trabajo……………………………………….......7

4.2.7. La Jurisprudencia ………………………………………………….....7

4.2.8. La Doctrina …………………………………………………………….7

4.2.9. La Equidad……………………………………………………………...8

5. Conclusión………………………………………………………………………….9

6. Web grafía………………………………………………………………………….10

7. Anexos……………………………………………………………………………...11

1. INTRODUCCION

El presente trabajo de investigación tiene por finalidad precisar las fuentes del derecho que como su nombre lo indica, se refiere al punto de origen de las normas que regulan las relaciones de trabajo y desarrollo de su clasificación como lo son las fuentes materiales o reales y las fuentes formales, destacando su aplicación en el ámbito jurídico. Los temas antes mencionados han sido desarrollados de manera puntual para lograr una comprensión rápida del contenido.

2. JUSTIFICACION

El siguiente trabajo fue realizado con el fin de ampliar nuestro conocimiento en el ámbito jurídico, puntualizando sobre las fuentes del derecho y todo lo relacionado a ello, este tema es de gran importancia para el desarrollo intelectual como profesional; teniendo en cuenta el aporte que le da a nuestra profesión los conceptos antes visto.

3. OBJETIVOS

GENERAL:

 Hacer una mención de las fuentes del derecho laboral, tanto reales como formales, así como presentar una breve descripción de cada una de ellas.

ESPECIFICOS:

 Determinar cuales son las fuentes formales y reales.

 Analizar las funciones de cada una de ellas.

 Identificar su finalidad en la sociedad.

4.FUENTES DEL DERECHO LABORAL

Dentro de la teoría jurídica se entiende por fuente del derecho a la voluntad creadora de normas jurídicas como al acto concreto de creación normativa y al modo especifico de manifestarse las normas mismas. Dichas fuentes se dividen a si mismas en fuentes reales y fuentes formales.

En todo caso, es importante tener en cuenta que las leyes colombianas es la más importante de las fuentes del derecho laboral colombiano, puesto que cada estado dentro de su legislación tendrá su ordenamiento jurídico respecto del trabajo y dichas disposiciones tendrán que ser acatadas tanto por el empleador como empleado dentro de determinada jurisdicción.

De acuerdo con la Constitución Política, el derecho al trabajo es un derecho fundamental de todas las personas que debe ser garantizado por el Estado. Adicionalmente, la Constitución Política consagra el derecho de asociación sindical, que ampara tanto a los trabajadores como a los empleadores.

4.1. FUENTES REALES O MATERIALES

Son los factores históricos, políticos, sociales, económicos, culturales, éticos, religiosos que influyen en la creación y contenido de la rama jurídica.

4.1.1. FUENTE MATERIAL DIRECTA

Son todas aquellas normas del derecho que estudian cosas específicas de su génesis, la ley por ejemplo tenemos:

 La sociedad que asigna la costumbre jurídica.

 Los órganos legislativos que crean la ley.

 Los tribunales de justicia que crean la jurisprudencia judicial.

4.1.2. FUENTE MATERIAL INDIRECTA

La cultura general que nos da la posibilidad de estudiar, investigar.

4.2. FUENTES FORMALES

Se entiende por fuente formal a las formas obligadas y predeterminadas que deben adquirir inevitablemente las reglas de conducta externa para imponerse socialmente mediante el poder coactivo del estado las reglas de derecho cuando revisten una forma determinada que contiene en si, de pleno derecho, los caracteres específicos de toda regla de derecho, particularmente de fuerza ejecutiva.

En general, dan cuenta de la forma en que se manifiesta el Derecho. En concreto, son los procedimientos a través de los cuales se producen normas jurídicas, los modos que éstas tienen de manifestarse y los continentes normativos donde es posible localizar a esas mismas normas una vez que han sido producidas.

Se reconocen entre estas: la constitución, la ley, la costumbre, los principios generales del derecho, el derecho internacional, el contrato de trabajo, el reglamento, la jurisprudencia, la equidad y la doctrina.

4.2.1 La constitución.

Es fuente primaria del derecho de trabajo. Esta idea trata de fijar, los principios fundamentales del derecho del trabajo dentro del texto de la constitución, con la finalidad de que estos principios sean más duraderos. La presencia de estas normas en la constitución dotan a esta de una categoría especial; ser considerada como constituciones sociales.

4.2.2 La ley como fuente.

La regularización de las relaciones obrero-patronales, en cuanto a su origen; es evidentemente estatal y requiere un ineludible procedimiento solemne en su elaboración. Cabe señalar que esta ley necesita modificaciones prontas, se trata de regular situaciones económico-sociales que en mucho dependen de las variaciones de estos factores.

En esencia, la ley representa: la voluntad jurídica unitaria, constituye el instrumento mas adecuado para realizar el plan político del estado, y es la máxima autoridad de la organización estatal.

En lo que la ley laboral respecta se trata de un cuerpo jurídico que consta de 1010 artículos. Esta contiene una parte destinada al derecho sustantivo y otra al derecho procesal.

4.2.3 La costumbre.

En tiempos pasados se recurría con mucha frecuencia a la costumbre como fuente del derecho aunque hoy en día este es producto de un esmerado proceso legislativo. Por lo cual se sostiene que la costumbre, dio frutos en la etapa primaria de integración de dicho régimen jurídico, aunque su labor actual se torna casi circunstancial y se reduce a hechos no legislados. La costumbre tiene dos funciones la interpretativa y la normativa.

La interpretativa cuando la costumbre no cumple la misión de normar, sino solamente actúa como instrumento para mejorar, entender y aplicar la norma.

La función normativa se presenta cuando esta actúa como norma positiva es decir con el peso de la ley.

La costumbre se diferencia de la ley por que para su formación no hizo falta un procedimiento legislativo si no que se aplica con base en hechos reiterados o repetitivos.

Otra doctrina clasifica a la costumbre como: extra legem; secundum legem y contra legem.

Por extra legem se entiende a aquella que regula situaciones en las que la ley no dicto precepto alguno.

Secundum legem. Se refiere a si existe la norma legal aplicable en el mismo sentido en que se da la costumbre, por lo que la ley solo sería una reafirmación de la costumbre.

Se considera contra legem cuando no es admisible en el derecho, porque no puede admitirse costumbre alguna que estuviera en contra de la ley.

4.2.4 Principios generales de derecho.

Estos revisten importancia primordial, en el art. 17 de La Ley Federal del Trabajo se hace referencia a tres:

• Los principios generales que deriven de la constitución y de la ley.

• Los principios generales de derecho.

• Los principios generales de justicia social.

4.2.5 El contrato colectivo como fuente.

Se le conoce como fuente extraestática, ya que su origen no es estatal, si no que obtiene el carácter de fuente por la conjunción de intereses entre el sindicato y la empresa. En el contrato colectivo el contrato se establece entre el sindicato obrero y la empresa, considerados como órganos de clases, con el fin directo de fijar reglas abstractas que regulen su relación laboral.

Esta fuente es característica por ser revisable periódicamente, por lo que se le puede considerar como móvil.

4.2.6 El reglamento de trabajo como fuente.

El reglamento interior se convierte en una fuente normativa solo en los casos en que la elaboración de este reglamento hubiese sido dual entre patrón y trabajador. Estos constituyen un proceso que se opera en dos tiempos; durante el primero se manifiesta como auto titulación de poder de mando de la empresa en un sentido de voluntad unilateral, en el segundo tiempo penetra en un proceso formativo en el que actúa la concurrencia de los trabajadores en la elaboración del reglamento de la empresa. Aun cuando no se encuentre un reglamento escrito existen normas de costumbre vigentes en la empresa. Sin embargo esto no se considera valido ya que es necesaria la forma escrita, la doble manifestación,

y el registro ante la autoridad, asi como su publicación. La naturaleza del reglamento como fuente formal se debe considerar a partir del modo y la forma en que se elabora.

4.2.7 La jurisprudencia.

Por jurisprudencia se entiende un conjunto de resoluciones reiteradas en forma ininterrumpida y dictada por la suprema corte de justicia. La aplicación del derecho por los máximos tribunales en los casos sometidos a su jurisdicción debe realizarse en forma concentrada y constante a fin de crear una jurisprudencia solida, ya que esta fuente requiere estabilidad y uniformidad. Esta será considerada como fuente de derecho cuando la ley así lo establezca. Por lo tanto no es una fuente pura de derecho, si no tan solo un recurso técnico de interpretación del derecho.

4.2.8 La doctrina.

La doctrina es la expresión clara, concreta y fundamentada de quienes han hecho del estudio del derecho una profesión. Hablando de derecho laboral, la doctrina es abundante y de calidad.

Este florecimiento de la doctrina del derecho del trabajo se debe a que en el momento actual las diversas tendencias políticas existentes coinciden en otorgar importancia a lo social, en cuya categoría se encuentra el trabajo. Todo este estudio y trabajo se ha enriquecido con la valiosa aportación de un grupo de especialistas y estudiosos del derecho del trabajo. También contribuye como fuente original e interpretación. La extensa bibliografía ha ejercido una enorme y beneficiosa influencia en la evolución del derecho laboral y ha revelado la importancia que los estudios científicos tienen para la

creación de un derecho plenamente autónomo.

La doctrina laboralista está conformada por las opiniones de los estudiosos del Derecho del Trabajo y de otras disciplinas afines, como las relaciones Industriales, la Economía, la Sociología, etc. Pese a no constituir fuente del Derecho en sentido estricto, suele ejercer gran influencia en el proceso de creación de las normas laborales y en su interpretación, una vez que han sido dictadas.

4.2.9 La equidad.

La equidad es entendida como el modo de dictar resoluciones judiciales y resoluciones administrativas mediante las cuales se tome en cuenta las características singulares del caso particular con lo que se interpreta y aplica con justicia la ley. Es decir la equidad es una interpretación razonable. La equidad es lo justo, pero no lo justo legal, tal como se desprendería de las palabras de la ley sino lo auténticamente justo respecto del caso particular.

6. CONCLUSIÓN

Existe una gran cantidad de fuentes de derecho considerando tanto las reales como las formales, aunque todas se encuentran dirigidas hacia un mismo fin o propósito, el lograr un trato y ambiente justo entre patrón y trabajador.

Estas fuentes son de gran importancia por ser el punto de origen de las normas reguladoras del trabajo. Debemos destacar que consideramos de mayor importancia las fuentes reales que son las que conocen en si las necesidades del trabajador.

7. WEBGRAFIA

 www.buenastareas.com

 www.lexweb.com

 Código sustantivo del trabajo ( De dónde sacas esa información?Código sustantivo del trabajo de qué? De dónde? Tienes que citar bien. Sino se va a ver que es pura copia y pega. )

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