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Hans Kelsen


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2012  •  726 Palabras (3 Páginas)  •  265 Visitas

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más allá de toda duda razonable, una causa de extinción de la acción penal o una excluyente de incriminación.

El auto de vinculación a proceso únicamente podrá dictarse por los hechos que fueron motivo de la formulación de la imputación, pero el Juez podrá otorgarles una clasificación jurídica diversa a la asignada por el Ministerio Público al formular la imputación. En dicho auto deberá establecerse el lugar, tiempo y circunstancia de ejecución de tales hechos.

Artículo 281. No vinculación a proceso del imputado.

En caso de que no se reúna alguno de los requisitos previstos en el artículo que antecede, el Juez negará la vinculación del imputado a proceso y, en su caso, revocará las medidas cautelares personales y reales que hubiese decretado.

El auto de no vinculación del imputado a proceso no impide que el Ministerio Público continúe con la investigación y posteriormente formule de nueva cuenta la imputación.

Medidas Cautelares:

Artículo 169. Medidas.

I. La presentación de una garantía económica suficiente en los términos del Artículo 176;

II. La prohibición de salir del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el Juez;

III. La obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada, que informe regularmente al Juez;

IV. La obligación de presentarse periódicamente ante el Juez o ante la autoridad que él designe;

V. La colocación de localizadores electrónicos, sin que

medie violencia o lesión a la dignidad o integridad física del imputado;

VI. El arraigo, en su propio domicilio o en el de otra persona, sin vigilancia alguna o con las modalidades que el Juez disponga;

VII. La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o de visitar ciertos lugares;

VIII. La prohibición de convivir o comunicarse con personas determinadas, siempre que no se afecte el derecho de defensa;

IX. La separación inmediata del domicilio, cuando se trate de delitos de violencia familiar o delitos contra la libertad y seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual y cuando la víctima conviva con el imputado;

X. La suspensión de derechos, cuando exista riesgo fundado y grave de que el imputado reitere la misma conducta que fue motivo del auto de vinculación a proceso;

Plazo para el Cierre de la Investigacion.

Artículo

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