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Juzgados De Merida

c.zapata7 de Mayo de 2014

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Índice

I. Introducción………………………………………………………………….3

II. Juzgados civiles…………………………………………………………………….5

• Competencia

• Atribuciones

• Secretarios

• Atribuciones

III. Distintas Autoridades ……………………………………………………….........11

IV. Juzgados mixtos ………………………………………………………………..….21

• Civil

• Familiar

V. Poder judicial ………………………………………………………………………..24

• Estructura del tribunal superior de justicia

VI. Consejo de la judicatura ……………………………………………………………25

VII. Tribunal superior de justicia …………………………………………………………..36

• Magistrados.

VIII. Tribunal de los trabajadores al serv. Del estado y el municipio ………………….39

IX. Conejo de la judicatura …………………………………………………………………40

X. Conclusiones ……………………………………………………………………………41

XI. Bibliografías ……………………………………………………………………………..44

Introducción.

El objetivo de este trabajo de investigación es únicamente el de tener un conocimiento más amplio sobre las autoridades que están a cargo de dar observancia y vigilar el adecuado cumplimiento de las normas, así como resolver la variedad de conflictos que les sean presentado para atender las necesidades que la sociedad demanda, es necesario que tengamos consciencia de las autoridades que dirigen los sistemas de seguridad, puesto que son los encargados de velar por la integridad, el bien común y los intereses de cada individuo según sea el caso. A lo largo de la investigación se tratarán gran variedad de temas.

Se recopiló información de diversas fuentes sobre las distintas autoridades, juzgados y el funcionamiento de cada uno de ellos, como por ejemplo el de orden civil, familiar, penal, y mercantil.

Saber identificar que casos son de su jurisprudencia y cómo funcionan es uno de los objetivos primordiales en relación con la esencia del trabajo, de igual forma el tener conocimiento de los distintos juzgados que existen en nuestro país, las autoridades a cargo y quien las representa. También es de gran relevancia poder reconocer el lugar donde se hayan situados los distintos juzgados, para tener en cuenta a que autoridad debemos dirigirnos en caso que llegase a surgir algún conflicto.

Cabe mencionar que el trabajo de investigación fue realizado por alumnos de segundo semestre en la licenciatura de derecho de la universidad mesoamericana de san Agustín, la recopilación de información así como la estructura fue dirigida por la Lic. Keyla M .Azarcoya, que funge como docente en la asignatura de lógica y argumentación jurídica

JUZGADOS-CIVILES

Los juzgados de primera instancia conocen y resuelven los asuntos del fuero común, en el orden civil, familiar, penal, de adolescentes y mercantil en jurisdicción concurrente.

El Consejo de la Judicatura mediante acuerdos determinará el número, límites territoriales y en su caso especialización por materia de los juzgados de primera instancia.

Los juzgados de primera instancia funcionarán con un juez y el número de secretarios, actuarios, notificadores y demás servidores judiciales que sean necesarios y que la disponibilidad presupuestal lo permita.

Competencia

De acuerdo con el artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para el Estado de Nayarit, los jueces de primera instancia tendrán competencia para:

1. Conocer y resolver los asuntos del fuero común en el orden civil, familiar, penal, de adolescentes y mercantil en jurisdicción concurrente, que determinen las leyes respectivas.

2. Para ejercer la competencia a que se refiere párrafo anterior, el Consejo de la Judicatura tendrá facultades para determinar la especialización de los juzgados atendiendo a las necesidades del servicio judicial.

Atribuciones

Son atribuciones de los jueces de primera instancia:

1. Conocer y resolver los asuntos de su competencia, conforme a la organización jurisdiccional que determine el Consejo de la Judicatura.

2. Conocer y resolver en su caso los impedimentos, excusas, recusaciones e inhibitorias planteadas conforme a la ley.

3. Dar cumplimiento según corresponda a las resoluciones y acuerdos emitidos por el Tribunal Superior de Justicia y el Consejo de la Judicatura.

4. Tramitar los despachos, exhortos, rogativas y excitativas de justicia que le sean turnados.

5. Rendir los informes que le sean solicitados por las autoridades competentes.

6. Cumplir y hacer cumplir sus propias determinaciones, las que dicte el Tribunal y demás autoridades competentes.

7. Dirigir el desarrollo de los procesos, presidir audiencias y dictar las resoluciones dentro de los términos de ley.

8. Remitir a las autoridades correspondientes en los términos que dispongan la ley y las disposiciones reglamentarias aplicables, los informes o documentos que sobre la iniciación de los procesos, avisos, sentencias, así como los que sean necesarios para fines administrativos y estadísticos.

9. Remitir al Archivo General del Poder Judicial en forma provisional o definitiva los expedientes.

10. Acudir a las reuniones que para el efecto convoque el Tribunal Superior de Justicia o el Consejo de la Judicatura.

11. Vigilar el cumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos adscritos al juzgado.

12. Dar cuenta al Consejo de la Judicatura de los procedimientos administrativos de responsabilidad que deba conocer éste.

13. Custodiar y cancelar los depósitos, caución y fianzas que se otorguen, debiendo dar el aviso correspondiente, dentro de los cinco días siguientes al que se haya hecho la consignación o cancelación.

14. Residir preferentemente en el lugar donde se encuentre adscrito el juzgado.

15. Las demás que les impongan otras leyes.

Los Secretarios de Acuerdos de Juzgados

Los secretarios o quiénes los sustituyan legalmente tendrán fe judicial en todo lo relativo a su encargo.

Atribuciones

Son atribuciones de los secretarios:

1.- Asistir a sus oficinas en horas hábiles y en los casos en que a juicio del superior fuera necesario, vigilando que los subalternos también lo hagan.

2.-Supervisar que en la recepción de los escritos se asiente al calce la razón, el día y hora de su presentación, el nombre de quien lo presente y su identificación, expresando el número de hojas que contengan los documentos que se acompañan; en la copia que en su caso se exhiba, deberán poner razón idéntica y el sello del juzgado; podrá delegar con autorización del juez, en el empleado del juzgado que considere apto, la recepción de escritos y documentos solamente en horas hábiles.

3.-Dar cuenta diariamente al juez de quien dependa, bajo su más estricta responsabilidad y dentro de las veinticuatro horas siguientes a la presentación, con todos los escritos y promociones de los interesados, así como de los oficios y demás documentos que se reciban asentando razón en autos.

4.-Autorizar exhortos, oficios comisorios y despachos que se giren, actas que se formulen y diligencias que se practiquen.

5.-Asentar en los expedientes las certificaciones, constancias y demás razones que la ley o el superior ordene.

6.-Expedir y autorizar las copias ordenadas por mandato judicial.

7.-Conservar bajo su responsabilidad el sello oficial, y supervisar el folio de los expedientes y demás documentos, rubricándolos como lo previene la ley.

8.-Guardar e inventariar los expedientes mientras no se remitan al Archivo General del Poder Judicial o al superior en su caso y entregarlos con las formalidades legales cuando tenga lugar la remisión.

9.-Proporcionar los expedientes para que en su presencia las partes o personas legalmente autorizadas se informen del estado de los mismos, para tomar apuntes o para cualquier otro efecto legal, salvo lo dispuesto en el párrafo siguiente.

10.-Entregar mediante recibo y vigilar la devolución de los expedientes en los casos en que lo disponga la ley previo acuerdo judicial.

11.-Dar fe y autorizar los actos de su superior inmediato en ejercicio de sus funciones.

12.-Conservar bajo su custodia los libros de la oficina, expedientes, mobiliarios y enseres que existan en el juzgado.

13.-Llevar al corriente los libros que prevenga esta ley o que el superior le encomiende.

14.-Ejercer bajo su más estricta responsabilidad por sí mismo o por conducto de sus subalternos, la vigilancia necesaria en la oficina, para evitar la pérdida de expedientes y cuidar el orden, la moralidad y la disciplina.

15.-Tramitar la correspondencia judicial dando cuanta a su superior jerárquico.

16.-Autorizar y desempeñar las demás labores oficiales que las leyes o las autoridades superiores les encomienden.

17.-Ejecutar los autos, sentencias y determinaciones ordenadas por el juzgador en términos de las leyes procesales.

18.-Actuar como juez por ministerio de ley, en las faltas temporales

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