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Los cambios del estado Venezolano a partir de 1999


Enviado por   •  14 de Octubre de 2015  •  Documentos de Investigación  •  1.224 Palabras (5 Páginas)  •  125 Visitas

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Los cambios del estado Venezolano a partir de 1999 , luego de la promulgación  de la Constitución  de la República Bolivariana de Venezuela  generan nuevos retos  , e invitan  a redimensionar el tradicional término de  ciudadanía ,que mas allá  del reconocimiento de la  preservación y derechos y libertades de las personas se consolidan con su ejercicio .

La Constitución  de la República Bolivariana de Venezuela es factor clave para esta transformación y reforma tendente a garantizar la seguridad ciudadana ajustada los principios  de un Estado social y democrático de derechos, dando suprema importancia  al estudio de las políticas públicas nacionales de seguridad ciudadana, revelando los valores y objetivos  del estado en este rubro.

En este sentido la Constitución  establece y define en su artículo 55 a la seguridad ciudadana  como un derecho de ´protección  frente a situaciones  de amenaza , vulnerabilidad y riesgo de la integridad física , la propiedad, el disfrute de los derechos  y el cumplimiento  de los deberes : pero también la Constitución establece la corresponsabilidad entre el Estado y la Sociedad  Civil introduciendo un elemento  fundamental : “ la participación del pueblo “. Así mismo en el articulo332 establece  los factores vinculantes de la seguridad ciudadana  como lo son  la protección de las personas , hogares , familias , protección al orden público , a las decisiones de las autoridades  y a la seguridad del disfrute  de las garantías y derechos  constitucionales .

En función de este artículo constitucional  también señala que los órganos encargados de garantizarla  son los órganos policiales  uniformados , de investigación , civiles y todas  aquellas instancias  encargadas de dar respuesta  frente a emergencias  y desastres, así  mismo en esta articulo  disponen que estos órganos actúen  articuladamente  mediante competencias  entre el Ejecutivo Nacional , Estados y Municipios , correspondiendo  al  Estado democrático  y social  de derecho  y de Justicia  artículo 2 Constitucional .En este sentido la formulación  y evaluación de políticas nacionales  en materia de seguridad corresponde  al Consejo de Seguridad Ciudadana , integrado por el Ministro de Interior  Justicia y Paz , el Viceministro , un representante de los Gobernadores , uno de los Alcaldes y los Coordinadores del cuerpo  de Policía Nacional ,del cuerpo de I investigaciones  Penales Científicas y Criminalísticas  , de los Bomberos  y de la Organización de Protección Civil  y Administración de Desastres , todo esto  según la Ley  de Coordinación de Seguridad Ciudadana ,articulo 24 , gaceta oficial 37318 .

A pesar de que en  el texto constitucional  el concepto de seguridad ciudadana  es relevante, en los documentos dedicados  a definir la acción de gobierno  el tema ha merecido  un trato de lenta avanzada. En el Plan de Desarrollo Económico y social de la Nación 2001- 2007 , 2007- 2013, 2013- 2019 se menciona el fortalecimiento  de lo público  como espacio de apropiación  por , del  y para el interés colectivo , convirtiéndolo en un instrumento del poder ciudadano, un nuevo poder capaz de hacer valer legítimamente  la participación de la sociedad, las comunidades y familias  en la formulación ,ejecución  y evaluación de decisiones  publicas , en la garantía  de los niveles de seguridad ciudadana y jurídica  y en la rendición de cuentas  y contraloría pública ,esto  en cuanto a la apropiación  de lo público  como espacio de interés colectivo  y construcción de la ciudadanía .

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