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Simon Bolivar

iralmys12 de Mayo de 2014

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Artículo 96º Tolerancias de ejecución

El Autor del Proyecto deberá adoptar y definir un sistema de tolerancias, que se

recogerá en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares de las obras. En el mismo

documento deberán quedar establecidas las decisiones y sistemática a seguir en caso de

incumplimientos.

En el Anejo nº 10 se recoge un sistema de tolerancias de obras de hormigón, que

puede servir de referencia o puede ser adoptado por el Proyectista.

Artículo 97º Control del tesado de las armaduras activas

Antes de iniciarse el tesado deberá comprobarse:

- En el caso de armaduras postesas, que los tendones deslizan libremente en sus

conductos o vainas.

- Que la resistencia del hormigón ha alcanzado, como mínimo, el valor indicado en el

proyecto para la transferencia de la fuerza de pretensado al hormigón. Para ello se

efectuarán los ensayos de control de la resistencia del hormigón indicados en el

Artículo 88º y, si éstos no fueran suficientes, los de información prescritos en el Artículo

89º.

El control de la magnitud de la fuerza de pretensado introducida se realizará, de

acuerdo con lo prescrito en el Artículo 67º, midiendo simultáneamente el esfuerzo ejercido por

el gato y el correspondiente alargamiento experimentado por la armadura.

Para dejar constancia de este control, los valores de las lecturas registradas con los

oportunos aparatos de medida utilizados se anotarán en la correspondiente tabla de tesado.

En las primeras diez operaciones de tesado que se realicen en cada obra y con cada

equipo o sistema de pretensado, se harán las mediciones precisas para conocer, cuando

corresponda, la magnitud de los movimientos originados por la penetración de cuñas u otros

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fenómenos, con el objeto de poder efectuar las adecuadas correcciones en los valores de los

esfuerzos o alargamientos que deben anotarse.

Artículo 98º Control de ejecución de la inyección

Las condiciones que habrá de cumplir la ejecución de la operación de inyección serán

las indicadas en el Artículo 78º.

Se controlará el plazo de tiempo transcurrido entre la terminación de la primera etapa

de tesado y la realización de la inyección.

Se harán, con frecuencia diaria, los siguientes controles:

- Del tiempo de amasado.

- De la relación agua/cemento.

- De la cantidad de aditivo utilizada.

- De la viscosidad, con el cono Marsch, en el momento de iniciar la inyección.

- De la viscosidad a la salida de la lechada por el último tubo de purga.

- De que ha salido todo el aire del interior de la vaina antes de cerrar sucesivamente los

distintos tubos de purga.

- De la presión de inyección.

- De fugas.

- Del registro de temperatura ambiente máxima y mínima los días que se realicen

inyecciones y en los dos días sucesivos, especialmente en tiempo frío.

Cada diez días en que se efectúen operaciones de inyección y no menos de una vez,

se realizarán los siguientes ensayos:

- De la resistencia de la lechada o mortero mediante la toma de 3 probetas para romper

a 28 días.

- De la exudación y reducción de volumen, de acuerdo con 36.2

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