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Tecnicas De Rescate


Enviado por   •  30 de Agosto de 2013  •  1.084 Palabras (5 Páginas)  •  324 Visitas

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NUCLEO PROBLEMICO # 01

PROBLEMAS

1. Como se aplica el concepto de competencia laboral a la seguridad?

RTA/ El concepto de competencia laboral se aplica con capacidad afectiva a la seguridad para llevar a cabo exitosamente una actividad laboral plenamente identificada. La competencia laboral no es una probabilidad de éxito en la ejecución de un trabajo; es una capacidad real y demostrada.

2. Como se define la responsabilidad civil y pena?

RTA/ Se definen así:

RESPONSABILIDAD CIVIL : Es la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien por un equivalente monetario, habitualmente mediante el pago de una indemnización de perjuicios

La responsabilidad civil puede ser

contractual o extracontractual

Cuando la norma jurídica violada es una ley (en sentido amplio), hablamos de responsabilidad extracontractual, la cual, a su vez, puede ser delictual o penal (si el daño causado fue debido a una acción tipificada como delito), o cuasi-delictual o no dolosa (si el perjuicio se originó en una falta involuntaria). Cuando la norma jurídica transgredida es unaobligación establecida en una declaración de voluntad particular (contrato, oferta unilateral, etcétera), hablamos, entonces, de

Responsabilidad contractual

RESPONSABILIDAD PENAL: Es la consecuencia jurídica cuando existe una violación de la ley, realizada por un sujeto imputable o inimputable que lleva a término actos previstos como ilícitos, lesionando o poniendo en peligro un bien material o la integridad física de las personas. La responsabilidad penal la impone el Estado, y consiste en una pena que busca castigar al delincuente e intentar su reinserción para evitar que vuelva a delinquir.

Tipos de responsabilidad penal

:

Común:

cuando el delito cometido puede ser realizado por cualquier individuo, como por ejemplo: el robo, el abuso sexual o el homicidio.

Especial:

cuando el delito es cometido por un funcionario público aprovechándose de su condición, por ejemplo: el peculado, la prevaricación ola concusión.

DIFERENCIA CON LA RESPONSABILIDAD CIVIL:

La responsabilidad penal no busca remediar o compensar a la víctima del delito, sino que esa será una responsabilidad civil independiente y derivada del acto delictivo. Sería un tipo de responsabilidad civil extracontractual por producir un acto lesivo para otra persona. En ocasiones dichos conceptos se confunden, y sobre todo en el derecho anglosajón, dado que ambas responsabilidades pueden llevar a obligaciones pecuniarias.

Sin embargo, existen varias diferencias: Finalidad distinta: La responsabilidad penal sanciona, y la civil repara un daño. La cantidad de la cuantía a pagar se calcula con diferentes medidas: Una multa (responsabilidad penal) estará basada principalmente en la gravedad del hecho delictivo, mientras que la responsabilidad civil busca remediar un daño a la víctima. Normalmente el destinatario también es distinto: La responsabilidad penal se suele pagar al Estado, y la civil a

la víctima.

3. Como se entiende el dolo, la preterintencion, la acción y al omisión?

RTA/ DEFINICIÓNES:

DOLO: Para Jiménez de Asúa (1997,243), existe dolo cuando se produce un resultado típicamente antijurídico, con conciencia de que se quebranta el deber, con conocimiento de las circunstancias de hecho y del curso esencial de la relación de causalidad existente entre la manifestación humana y el cambio en el mundo exterior, con voluntad de realizar la acción y con representación del resultado que se quiere o ratifica.

Por su parte, Grisanti (1999,192)lo define como “la voluntad consciente, encaminada u orientada a la perpetración de un acto que la ley prevé como delito”.

PRETERINTENCION: Se habla de delito de preterintencion cuando la intención se ha dirigido a un determinado hecho, pero se realiza uno más grave que el que ha sido querido por el sujeto. Esto es, como señala nuestro código, el hecho excede en sus consecuencias al fin que se propuso el agente. Se requiere así, para que se configure el delito preterintencional la acción u omisión voluntaria del sujeto, la intención dirigida a un determinado hecho dañoso, que por tanto es querido, y la realización efectiva de un hecho dañoso, que por tanto es querido, y la realización efectiva de un hecho dañoso más grave que el querido, que excede a la voluntad del agente, y el cual debe derivar causalmente del comportamiento intencional del culpable; ese plus, es lo que caracteriza la preterintención.

LA ACCIÓN: La conducta humana (acción u omisión) es la base de toda la estructura del delito, por lo que se considera a la acción como núcleo central y el sustrato material del delito. Sin embargo, el concepto de acción engloba igualmente el de omisión, en la cual existe una conducta en la que conscientemente se evita una acción concreta. Constituye el soporte conceptual de la teoría del delito y el eje de la consideración axiológica y natural del hecho punible.

LA OMISIÓN Según el diccionario de la Real Academia Española, la omision se califica como la abstención de actuar, inactividad frente al deber o conveniencia de obrar.

CONOCIMIENTO

 CONSEPTO: es una unidad cognitiva de significado, una idea abstracta o mental que a veces se define como una "unidad de conocimiento".

Los conceptos son construcciones o imágenes mentales, por medio de las cuales comprendemos las experiencias que emergen de la interacción con nuestro entorno, a través de su integración en clases o categorías relacionadas con nuestros conocimientos previos.

 LEGISLACION: Se refiere a:

• Un cuerpo de leyes que regulan una determinada materia o al conjunto de leyes de un país.

• El Derecho, como un sinónimo impropio del mismo.

• Un ordenamiento jurídico, como sinónimo del conjunto de normas jurídicas de un país.

• Un sistema jurídico.que pacta el bienestar humano que lo dirijo

 JURISPRUDENCIA: Se conoce como jurisprudencia al conjunto de las sentencias de los tribunales y a la doctrina que contienen. El término también puede utilizarse para hacer referencia al criterio sobre un problema jurídico que fue establecido por sentencias previas y a la ciencia del derecho en general.

La jurisprudencia es una fuente del derecho, compuesta por los actos pasados de los que ha derivado la creación o modificación de las normas jurídicas. Por eso, en ocasiones, se dice que un cierto caso “ha sentado jurisprudencia” para los tribunales de un país.

 ELEMENTOS DE COMPETENCIA: La desagregación de funciones realizada a lo largo del proceso de análisis funcional usualmente no sobrepasa de cuatro a cinco niveles. Al analizar el último nivel, se encontrará que el mismo comprende competencias, resultados que a ese nivel ya pueden ser alcanzados por personas capaces de realizarlos (o sea, competentes).

Estas diferentes funciones, cuando ya pueden ser ejecutadas por personas y describen acciones que se pueden lograr y resumir, reciben el nombre de elementos de competencia.

 CASOS PRACTICOS: Se entiende que es todo aquel que trata de mostrar cómo son considerados en la práctica los asuntos relacionados con la gestión de la tecnología por empresas de diferentes sectores, dimensión y características.

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