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ANÁLISIS DEL POSIBLE CHOQUE ENTRE LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO DE LA OMC Y LOS TRATADOS DE INTEGRACIÓN REGIONAL.


Enviado por   •  6 de Mayo de 2016  •  Documentos de Investigación  •  1.159 Palabras (5 Páginas)  •  228 Visitas

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UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DEL ECUADOR

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DERECHO ECONÓMICO INTERNACIONAL

NOMBRE: ANDREW SALCÁN

PROYECTO FINAL

ANÁLISIS DEL POSIBLE CHOQUE ENTRE LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO DE LA OMC Y LOS TRATADOS DE INTEGRACIÓN REGIONAL.

El siguiente análisis es acerca de qué pasa cuando los tratados de integración regional van en contra de los principios fundamentales de la Organización Mundial de Comercio (OMC) y poder entender de qué manera se pueden solucionar estas diferencias, ayudando a los países que no son miembros a no resultar perjudicados por los acuerdos de integración que firman ciertos países con el objetivo de obtener mayores beneficios.

La OMC tiene como objetivo principal promover leyes que ayuden a liberalizar el comercio de bienes y servicios a nivel mundial, por medio de las cuales sus 162 miembros deben respetar y aplicar a sus distintas naciones, pero también permite que los países puedan firmar tratados de integración regional, ya sean bilaterales, multilaterales, regionales entre otros, con el objetivo de poder liberalizar más el comercio y generar mayor desarrollo económico, pero estos deben cumplir con lo que establece la OMC y ser un complemento del mismo.

En la Conferencia Ministerial en Doha se llevó a cabo los procedimientos que se debían aplicar a los Acuerdos Comerciales Regionales (ACR), en base las disposiciones vigentes de la OMC.

La discrepancia que existe es cuando los países que han firmado acuerdos van en contra de lo que establece la OMC y según algunos críticos es un desafío que va a ir incrementando con el tiempo debido al aumento de acuerdos regionales que existirán, por este motivo sugieren que las normas que establece la OMC deben ser más claras y precisas.

Este organismo establece que todos los países deben gozar de los mismos derechos y beneficios, contemplado bajo el nombre de Nación más favorecida (NMF) y Trato Nacional.

  • Nación más favorecida (NMF): es ofrecer el mismo trato preferencial a todos los países, sin que exista ningún tipo de discriminación, si existe algún tipo de preferencia para algún país en específico, se debe aplicar el mismo trato a los demás estados miembro de la OMC.
  • Trato nacional: es ofrecer igual trato para las mercancías y servicios nacionales y extranjeros, una vez estén ya establecidos en el mercado.

Cuando estos dos principios se infringen por parte de los países miembros, se puede solucionar estos conflictos en el Sistema de Solución de Diferencias de la OMC, con el fin de que se pueda llegar a una salida viable. Lo que se toma en cuenta para la solución depende mucho de si los miembros que se encuentran en disputa son países desarrollados o en vías de desarrollo, además el no llegar a un acuerdo significa que un grupo específico puede interferir en el caso, dictaminando quien es el país que ha infringido sus obligaciones frente al otro y buscando una solución en un plazo de 60 días.

Lo expuesto anteriormente es el trato que deben tener los países y como lo solucionan cuando hay conflictos entre estos, pero en el caso de acuerdo regionales la solución de controversias se lo resuelve en tribunales nacionales independientes de los países miembros del acuerdo o mediante tribunales internacionales referentes al tema que este en discusión.

En el caso del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), conformado por Canadá, Estados Unidos y México, también se exige el mismo trato nacional entre sus miembros con el fin de que no exista discriminación y en cuanto a la solución de sus problemas lo pueden hacer en cualquier tribunal de estos tres países. Ej.:

Centros de Arbitraje del TLCAN:

Canadá

  • British Columbia International Commercial Arbitration Centre
  • Centre Canadian d´ Arbitrage Commercial

Estados Unidos

  • American Arbitration Association
  • International Institute for Conflict Prevention & Resolution

México

  • Centro de Mediación y Arbitraje
  • Centro de Arbitraje de México

Otro tipo de problemas que surge cuando se crean acuerdos regionales es en la cobertura que tienen estos y si son compatibles con las normas de la OMC, en cuanto a materia jurídica, institucional y económica.

Esto ocurre porque en algunos tratados han pasado a centrarse en normas y reglamentaciones que no existen en la OMC, como es el caso de las políticas de inversión, competencia, medidas antidumping y compensatorias, medidas sanitarias y fitosanitarias, entre otras.

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