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Asentimiento


Enviado por   •  1 de Marzo de 2014  •  671 Palabras (3 Páginas)  •  280 Visitas

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SOBRE LA INFORMACIÓN Y EL ASENTIMIENTO DE LOS MENORES DE EDAD EN LOS TRATAMIENTOS MÉDICOS

Desde finales de la Segunda Guerra Mundial, organismos internacionales como las Naciones Unidas, la UNESCO o la Organización Mundial de la Salud, han promulgado normas jurídicas sobre aspectos genéricos o específicos relacionados con los derechos de los pacientes.

En el “consentimiento voluntario” el paciente debe ser capaz para consentir desde el punto de vista jurídico, estar libre de presión, fraude, engaño, coacción o compulsión, y disponer de la información y comprensión suficiente de los elementos en juego (naturaleza, duración, y propósito de la práctica, inconvenientes y peligros razonablemente previsibles, efectos derivados), como para permitirse una decisión lúcida y con conocimiento de causa

Con respecto al consentimiento voluntario para los niños

Algunos autores adoptan una postura más flexible de interpretación, y consideran fundamental el poder de decisión de los niños.

"Los Estados Partes garantizarán al niño que este en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño".

Desde que edad se podría brindar información.

Uno de los puntos más controvertidos en la legislación y la doctrina gira en torno a la edad elegida para empezar a implementar la información y el asentimiento en los menores.

No se pueden establecer categorías abstractas y fijas para que los menores puedan realizar más actos sin el consentimiento de sus representantes. Cada individuo es diferente, y principalmente, los tiempos han cambiado

En Francia la interrupción del embarazo se permite desde los 14 años de la menor por su propia decisión, sin que se solicite la autorización de sus padres. En Holanda, la ley que establece la eutanasia da valor legal a las declaraciones vitales de voluntad a partir de los 16 años, aunque se debe pedir la opinión de los padres entre los 16 y 17 años

Según el autor Ricardo Rabinovich-Berkman hay dos alternativas a este problema: establecer pautas generales a edades determinadas, o estudiar cada caso en particular (Sobre la necesidad de parámetros legales intermedios para el diagnóstico y toma de decisiones por menores de edad,

Hay que tener en cuenta la realidad de países como la Argentina, con pocos recursos económicos y personales, para atender una gran cantidad de enfermos, por eso veo como más conveniente la segunda opción planteada por Rabinovich-Berkman.

Otro punto conflictivo son los casos en que se de un conflicto entre las opiniones del menor y las de sus representantes, más que nada si

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