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BOLETÍN 7020


Enviado por   •  16 de Mayo de 2014  •  1.037 Palabras (5 Páginas)  •  825 Visitas

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BOLETÍN 7020

INFORME SOBRE EXÁMENES Y REVISIONES DE INFORMACIÓN FINANCIERA PROFORMA

Generalidades.

La contabilidad de una empresa contiene transacciones u operaciones que ya se realizaron, es decir el día en que el contador elabora estados financieros para la toma de decisiones, estos estados financieros contienen detalladamente todas y cada una de las transacciones que ya fueron realizadas durante un periodo de tiempo determinado. No se podrán registrar transacciones ocurridas con posterioridad a la fecha de los estados financieros básicos.

Es por ello que las NIF estipulan que los estados financieros solo pueden elaborarse con las operaciones y transacciones que hayan sido realizadas hasta el momento de elaborar dichos estados.

El contador público debe de asumir en su informe la responsabilidad de haber presupuestado la información financiera proforma.

Limitaciones.

El boletín no aplica en la auditoría de estados financieros en el caso de que el Contador Público refleje en dichos estados revisados, una operación proyectada o consumada después de la fecha del estado de situación financiera.

Al realizar un examen de estados financieros se debe de llevar acabo una auditoría de los mismos, esta auditoria se debe realizar de acuerdo a las NIA ya que esto nos permitirá obtener el más alto nivel de seguridad.

Objetivo y presentación de la información financiera proforma.

El objetivo de presentar esta información es dar a conocer los beneficios o cambios importantes de las operaciones proyectadas si hubieran ocurrido a la fecha del balance general. Es decir en que hubiera beneficiado dichas operaciones propuestas si se hubieran manifestado.

También la información financiera proforma debe de ajustarse y en ocasiones estos ajustes se presentan en los estados financieros o en sus notas anexas a los estados en columnas que sean fáciles de identificar. La base para determinar una ajuste proforma tiene su fundamento el los estudios de la administración tomando en cuenta otras afectaciones que puedan sufrir dicho ajuste.

En cuanto a su presentación la información financiera proforma debe quedar plenamente identificable en los anexos a los estados financieros ya que no forman parte de dichos estados, el contador debe manifestar las fuentes de las que emana dicha información financiera proforma así como mostrar en que esta basada la información.

La información financiera básica debe de leerse conjuntamente con la información financiera proforma, aunque esta ultima no afecta los estados financieros en ninguno de sus rubros.

Objetivo de este boletín.

El contador público debe trabajar de acuerdo a las NIA y todos los boletines aplicables a la revisión de la información financiera de una sociedad, en cuanto a la información financiera proforma el boletín 7010 y 7020 proporciona normas y guías para revisar o examinar dicha información.

Condiciones para la emisión de informes.

Existen diversas condiciones para que el Contador Público pueda aceptar ser contratado apara elaborara un examen o una revisión de información financiera proforma una de estas es que; la información financiera proforma debe estar acompañada de los estados financieros básicos por el año mas reciente de operaciones de la entidad, así como en el caso de fusión o adquisición con otra empresa en los estados financiero básicos deben de contener las partes significativas de dicha entidad adquirida, también esas partes deben e estar previamente auditas y revisadas por la autoridad competente de auditoría.

El

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