Boletines
LEON_2319 de Marzo de 2012
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Información Financiera mexicanas.
AUDITOR
Fecha
Direcció,4050 ,4160,
México D.F., 22 de noviembre de 2010.
A la Membrecía del:
Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.
Se acompaña el nuevo Boletín 9020 “Revisión de información
financiera intermedia realizada por el auditor de la entidad”, el
cual fue aprobado por la Comisión de Normas de Auditoria y
Aseguramiento (antes Comisión de Normas y Procedimientos de
Auditoría) el 1 de noviembre de 2010 y el 19 de noviembre de
2010 por el Comité Ejecutivo Nacional del Instituto Mexicano de
Contadores Públicos, A.C. (IMCP).
Como se mencionó en el proceso de auscultación, el Boletín 9020
continúa con el proceso de convergencia de la normatividad
mexicana emitida por la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento del IMCP, con la normatividad internacional emitida
por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB) de la Federación Internacional de Contadores
Públicos (IFAC).
A fin de converger con la estructura de pronunciamientos emitidos por el IAASB de IFAC, con este boletín se complementa la
Serie 9000 “Normas de Revisión”; asimismo, este boletín está alineado, en términos generales, con la norma internacional sobre
trabajos de revisión vigente para este tipo de servicios.3
BOLETÍN 9020
Las disposiciones del Boletín 9020 son aplicables a la revisión de
estados financieros integrales, a una fecha intermedia, que es
realizada por el auditor de la entidad, lo que las distingue de las
disposiciones del Boletín 9010 “Revisión de estados financieros”,
que son aplicables a la revisión de estados financieros integrales
que es realizada por un Contador Público que no es el auditor de
la entidad.
La entrada en vigor de este boletín es a partir del 1º de enero de
2011.
Con la entrada en vigor de este boletín se deroga el Boletín 4050
“Informe sobre la revisión limitada de estados financieros intermedios” de las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en
México, emitido por esta Comisión.
Atentamente,
C.P.C. Fernando J. Morales
Gutiérrez
Vicepresidente de Legislación
C.P.C. Gabriel Llamas
Monjardín
Presidente de la Comisión
de Normas de Auditoría y
Aseguramiento4
REVISIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA INTERMEDIA
REALIZADA POR EL AUDITOR INDEPENDIENTE DE LA ENTIDAD
BOLETÍN 9020
REVISIÓN DE INFORMACIÓN
FINANCIERA INTERMEDIA REALIZADA
POR EL AUDITOR INDEPENDIENTE DE
LA ENTIDAD
CONTENIDO
PÁRRAFO
Introducción....................................................................................1-3
Principios generales de una revisión de información
financiera intermedia ......................................................................4-6
Objetivo de un trabajo para revisar información
financiera intermedia ......................................................................7-9
Acuerdo de los términos del trabajo...........................................10-11
Procedimientos para una revisión de información
financiera intermedia ..................................................................12-29
Evaluación de errores.................................................................30-33
Declaraciones de la administración............................................34-35
Responsabilidad del auditor por la información
adicional que se acompaña....................................................... 36-37
Comunicación.............................................................................38-425
BOLETÍN 9020
Informe de la naturaleza, extensión y resultados de
la revisión de información financiera intermedia ........................43-63
Documentación................................................................................64
Vigencia .........................................................................................65
Apéndice 1. Ejemplo de una carta convenio para una revisión
de información financiera intermedia.
Apéndice 2. Procedimientos analíticos que puede considerar
el auditor cuando realiza una revisión de información financiera intermedia.
Apéndice 3. Ejemplo de una carta de declaraciones de la administración.
Apéndice 4. Ejemplos de informes de revisión de información
financiera intermedia.
Apéndice 5. Ejemplos de informes de revisión con salvedad por
una desviación a las normas de información financiera.
Apéndice 6. Ejemplos de informes de revisión con salvedad por
una limitación en el alcance no impuesta por la administración.
Apéndice 7. Ejemplos de informes de revisión con una conclusión adversa por una desviación a las normas de
información financiera .6
REVISIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA INTERMEDIA
REALIZADA POR EL AUDITOR INDEPENDIENTE DE LA ENTIDAD
Introducción
1. El propósito de esta norma para trabajos de revisión (NR)
es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre
las responsabilidades profesionales del auditor, cuando
lleva a cabo un trabajo para revisar información financiera
intermedia de un cliente de auditoría y sobre la forma y
contenido del informe. El término “auditor” se usa en toda
esta NR, no porque el auditor desempeñe una función de
auditoría, sino porque el alcance de esta NR se limita a una
revisión de información financiera intermedia desempeñada por el auditor independiente de los estados financieros
de la entidad.
2. Para fines de esta NR, información financiera intermedia
es información financiera que se prepara y presenta de
acuerdo al marco contable aplicable y comprende un juego
completo o, un juego condensado de los estados financieros por un periodo más corto que el ejercicio anual de la
entidad.
3. El auditor contratado para realizar una revisión de información financiera intermedia debe llevar a cabo la revisión de
acuerdo con esta NR, ya sea que hubiera realizado la auditoría de los estados financieros del ejercicio anterior, o bien,
que sin haber realizado dicha auditoría, haya sido contratado
para realizar la auditoría de los estados financieros del ejercicio al que pertenece la información financiera intermedia,
como se plantea en el párrafo 17 de esta NR.
Al realizar la auditoría de los estados financieros anuales,
el auditor obtiene un entendimiento de la entidad y su en-7
BOLETÍN 9020
torno, incluyendo su control interno. Cuando se contrata al
auditor para revisar la información financiera intermedia,
este entendimiento se actualiza mediante investigaciones
hechas en el curso de la revisión, y ayuda al auditor a enfocar sus investigaciones y los procedimientos analíticos y
otros procedimientos que serán aplicados. . Un contador
público contratado para realizar una revisión de información financiera intermedia, que no sea el auditor de la entidad, llevará a cabo la revisión de acuerdo con la NR 9010,
Trabajos para revisar estados financieros. Como dicho
contador público generalmente no tiene el mismo entendimiento que el auditor de la entidad sobre ésta y su entorno, incluyendo su control interno, el contador público
que no es el auditor de la entidad necesita llevar a cabo
diferentes investigaciones y procedimientos para cumplir
con el objetivo de la revisión.
Esta NR está dirigida a la revisión de estados financieros
integrales a una fecha intermedia por el auditor de una
entidad, y no de un estado financiero individual o de un
componente del mismo, en cuyo caso son aplicables las
Normas para Atestiguar emitidas por el Instituto Mexicano
de Contadores Públicos, A.C..
Principios generales de una revisión de
información financiera intermedia
4. El auditor debe cumplir con el Código de Ética Profesional
emitido por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos,
A.C. Los postulados que gobiernan las responsabilidades 8
REVISIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA INTERMEDIA
REALIZADA POR EL AUDITOR INDEPENDIENTE DE LA ENTIDAD
profesionales del contador público hacia la sociedad y a
quien patrocina sus servicios son:
a) Independencia de criterio;
b) Calidad profesional de los trabajos;
c) Preparación y calidad profesional;
d) Responsabilidad personal;
e) Secreto profesional;
f) Obligación de rechazar tareas que no cumplan con
la moral;
g) Lealtad hacia el patrocinador de los servicios; y
h) Retribución económica.
5. El auditor debe implementar procedimientos de control de
calidad que sean aplicables al trabajo particular. Los elementos de control de calidad que son relevantes a un trabajo individual incluyen: responsabilidad de liderazgo por
la calidad del trabajo, requisitos éticos, aceptación y continuación
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