Clasificacion De Normas Juricas
marilu700624 de Junio de 2012
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CLASIFICACION DE LAS NORMAS JURIDICAS
1) De su ámbito ESPACIAL de validez = GENERALES Y LOCALES
2) De su ámbito TEMPORAL de validez = DE VIGENCIA INDETERMINADA
Y DE VIGENCIA DETERMINADA
3) De su ámbito PERSONAL de validez =GENERALES O ABSTRACTAS E INDIVIDUALIZADAS
4) De su ámbito MATERIAL de validez = DE DERECHO PRIVADO Y DE DERECHO PUBLICO
POR EL ÁMBITO ESPACIAL DE VALIDEZ:
1. Se refiere a la extensión territorial en el que rige la norma jurídica.
a) Normas generales: Rigen en todo el territorio nacional
ejemplo: la Constitución.
b) Normas locales: Rigen en una parte del territorio nacional.
Normas estadales, municipales, locales.
Ejemplo: leyes de asociaciones de vecinos, ordenanzas emanadas del consejo municipal.
2.- DEL SISTEMA AL QUE PERTENECEN:
c) Normas de Derecho Interno: rigen dentro del Territorio Nacional.
d) Normas de Derecho Externo: Normas de otro país.
e) Normas de Derecho Uniforme: Normas que han sido acogidas por diversos estados
Un conjunto de normas que merecen el nombre de derecho parlamentario o derecho legislativo. Estas normas en el caso de nuestro país, se encuentran en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en el
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en los acuerdos parlamentarios y en otras disposiciones singularizadas o particularizadas que en la vida cotidiana del Poder Legislativo encuentran espacio y momento.
El segundo hecho es la ausencia, hasta hace poco tiempo, de esta rama del derecho objetivo, tanto de las clasificaciones clásicas de las leyes como de los programas de estudio de la mayor parte de las escuelas y facultades de derecho en México.
En efecto, en las obras de los autores clásicos de derecho mexicano no encontramos clasificado al derecho parlamentario en el lugar que debería ocupar como rama importante del derecho público, al lado del derecho constitucional, cúspide y fuente del parlamentario o al lado del derecho administrativo que debiera ser, en una clasificación simétrica, su contrapartida.
Podemos corroborar la anterior reflexión con relativa facilidad. En los Apuntes de Introducción al Estudio del Derecho de Trinidad GARCÍA, profesor de la antigua Escuela de Jurisprudencia, obra que surgió de las notas que sus alumnos tomaban en sus clases, se dedica el capítulo III a la clasificación de las normas del derecho a partir de diversos criterios, y al ocuparse del derecho público interno, lo subdivide en la forma que el mismo maestro denomina clásica, en cuatro ramas que son las siguientes:
a) Derecho Constitucional b) Derecho Administrativo c) Derecho Penal d) Derecho Procesal
Como se advierte, en esta clasificación no se consigna al derecho parlamentario.
Otro clásico de la jurisprudencia mexicana, Eduardo GARCÍA MÁYNEZ, en su reiteradamente editada obra titulada Introducción al estudio del Derecho, cuando se ocupa de la clasificación de las normas jurídicas desde el punto de vista de su materia, las divide en derecho público y derecho privado.
A su vez, al derecho público lo subdivide en las siete ramas siguientes (tres más que en la clasificación de Trinidad GARCÍA):
1. Normas constitucionales 2. Normas administrativas 3. Normas penales 4. Normas procesales 5. Normas internacionales 6. Normas industriales 7. Normas agrarias
CUADRO CLASIFICATORIO
En la explicación de tan sugestivo cuadro clasificatorio, dice textualmente Miguel VILLORO:
Ninguna de las especies de justicia que hemos visto podría operar debidamente si los poderes públicos
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