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Introducion Al Derecho Clasificacion De La Norma Juridica

alessca24 de Junio de 2012

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El fenómeno jurídico. Su expresión y características. Carácter superestructural del derecho. El Derecho como sistema normativo, forma de la conciencia social, ideología y producto técnico científico. Las concepciones no marxistas sobre la naturaleza del Derecho. La concepción marxista. Esencia del derecho: sus rasgos y relaciones con los demás elementos de la superestructura y con la base económica de la sociedad. El Derecho como fenómeno histórico y lógico formal. La expresión lógico sistemática del Derecho.

El derecho no siempre existió. La concepción científica de la sociedad prueba la existencia de una etapa social prejurídica, aunque ello no implica que en esa etapa los grupos humanos vivieran carentes de reglas que regularan la convivencia entre los hombres.

Concepciones no marxistas sobre el Derecho

a) Ius materialista ingenua: las personas lo veían como algo sobrenatural, y no es así está por encima del derecho positivo.

b) Teológica: plantea que el derecho es creado por dios.

c) Pacto social: teoría que fue llevada a la práctica por Jacobo Russó. Existe un pacto entre el hombre y el derecho para que este último proteja a los hombres.

d) Racionalismo: aprecia el derecho como algo inherente de la razón humana.

e) Historicista: son varias concepciones que surgieron pero se trazaron el mismo objetivo, ven el derecho separado de las luchas de clases.

En sentido general Tomas de Aquino, savigny y Kelsen: niegan en sentido general el carácter clasista del derecho y que el mismo constituye un instrumento de dominación de una clase por otra.

La concepción Marxista del Derecho: parte del materialismo dialéctico, la cual brinda una verdadera explicación científica del fenómeno jurídico. Plantea que el Derecho es la voluntad de la clase dominante, erigida en Ley:

Para esta concepción el derecho es la expresión autoritaria de los intereses de la clase triunfadora, por lo cual cada clase elabora su propio derecho, al elaborar sus propias condiciones de vida en que apoya su dominación sobre el resto de al sociedad.

El derecho es norma de convivencia, establece una relación entre sujetos o grupos de sujetos con carácter obligatorio y su infracción o incumplimiento que altere la misma, lesione a terceras requiere de una sanción al infractor.

Concepción marxista sobre el surgimiento del Derecho

a) Se elabora sobre la base del materialismo dialéctico aplicado a la sociedad y a la historia.

b) Es un elemento de la superestructura ligado a la base económica.

c) Expresa la lucha de clases.

d) Representa los intereses de las clases.

e) Defiende los intereses de la clase económicamente dominante.

En su esencia: El derecho constituye un instrumento de dominación de la clase dominante, esta crea leyes e instituciones que regulan las relaciones entre hombres en una sociedad determinada.

El Derecho es producto de la organización de los regímenes económicos-sociales divididos en clases. Por ello el derecho siempre tiene un carácter clasista.

Los romanos, al igual que Cicerón, al definir la esencia del derecho tomaron como punto de partida su sentido de clase.

Ulpiano, quien partía de los principios "El vivir honestamente" "El no hacer daño a nadie" y "El dar a cada uno lo suyo" respondía a la clase dominante de Roma y entrañaba el contenido de la justicia para la misma.

En la sociedad burguesa algunos han tratado de presentar la esencia del derecho como algo sobrenatural recibido de "lo alto".

En la lucha contra el período Feudal fue muy difundida la teoría del derecho natural que basaba la esencia del derecho en la naturaleza del hombre y consideraba las formas jurídicas como principios supra-históricos, o sea, inmutables, universalmente válidos para todas las épocas y lugares y colocadas por encima de las sociedades y clases.

Los juristas burgueses consideran la misma como algo que existe y se desarrolla por sí misma, al margen de las relaciones económicas y que incluso las determinan.

El derecho, como fenómeno social, en su forma de expresión presenta como:

Rasgos o características del Derecho

1- La Normatividad: El carácter normativo le viene impuesto al Derecho por la necesidad de la sociedad de clases, de abarcar "con una norma general, los actos de producción, distribución e intercambio de productos, actos que se repiten cada día, de velar porque cada cual se someta a las condiciones generales de la producción y del cambio "(Engels).

Necesidades reglas de conducta a cuyo cumplimiento puede obligar el aparato del Estado, normas que adquieren carácter jurídico al estar establecidas, sancionadas y protegidas por el Estado. (Es la expresión formal del Derecho a través de normas jurídicas

2- La Obligatoriedad: El Derecho actúa como un sistema de normas obligatorias, pues en él se manifiesta la voluntad de clase como voluntad de Estado, la obligatoriedad del Derecho se deriva de íntima vinculación con el Estado, y de la naturaleza de éste, donde se ve obligado objetivamente a promulgar y defender las normas que correspondan a las necesidades e intereses económicos de la clase dominante.

3- La Imperatividad: Las normas jurídicas no entrañan un ruego, ni un consejo para sus destinatarios, sino que establecen de manera imperativa, derechos y deberes para los hombres.

Los derechos y deberes se establecen en forma de mandato jurídico, estableciéndose en las normas sanciones para aquellos que la incumplan.

4 – La Coactividad: El Derecho se identifica con la violencia, es coacción El Estado como instrumento de la clase, obliga al acatamiento del orden jurídico, poniendo en juego sus órganos coactivos.

El Derecho como parte de la superestructura: al igual que el Estado el Derecho constituye una parte importantísima de la superestructura que se erige sobre la base económica de la sociedad. Por lo tanto, el derecho es un fenómeno que no puede situarse fuera de la esfera social.

Considera el derecho como elemento superestructural de la sociedad implica la determinación del nexo que une las ideas jurídicas así como las instituciones que les corresponden con las relaciones económicas y con las demás ideas y con las instituciones sociales.

¿Qué es el Derecho? Es un sistema de normas sin embargo, no solo eso, el derecho además de normativo es una ideología, tiene valores (sentido valorativo) y tienen un ángulo social en la sociedad.

Dimensiones del derecho a) la normativa, b) la valorativa, c) la dimensión social.

Concepto de Derecho: Es el conjunto de normas jurídicas obligatorias que rigen las actividades de una sociedad y que están sancionadas por la fuerza del Estado (aspecto Objetivo) subjetivamente, se trata de los derechos o facultades concedidas o reconocidas a las personas, de las cuales son estas sus titulares.

Realización del derecho: No es más que la puesta en práctica por todas las personas integrantes de las sociedades las normas jurídicas establecidas por esta, o sea la ley no se ve realizada si estos integrantes no cumplen con ella.

Los elementos del Derecho: En la formación del fenómeno jurídico concurren dos tipos de elementos fundamentales: Un elemento histórico que constituye lo que es el contenido del Derecho y un elemento lógico formal que es su forma de expresión.

El elemento lógico o formal se manifiesta a través de tres formas:

a) La lógica normativa: Que traduce el fenómeno jurídico en norma de conducta o forma de comportamiento, a través de actos normativos (leyes, decretos, reglamentos) o de otorgamiento del carácter de norma jurídica a determinadas costumbres y a las decisiones de los órganos jurisdiccionales del Estado respecto a casos concretos.

b) Lógica sistemática: Que traduce el fenómeno jurídico en concepto y es una categoría que sirve de contenido a las ciencias jurídicas.

c) La ideológica: Que expresa el fenómeno jurídico a través de teorías y doctrinas mediante las cuales desde posiciones de clases definidas se trata de justificar o combatir un sistema jurídico determinado (la escuela que representa esa doctrina).

El elemento histórico del Derecho: Es aquel que integra lo que se denomina el contenido del Derecho, que viene determinado no por la decisión arbitraria del Estado ni por el ideal absoluto de ninguna justicia externa que no existe pues el mismo Estado como expresión concentra las necesidades económicas de una clase, se ve en la necesidad objetiva de promulgar y defender las disposiciones jurídicas que corresponden a esas necesidades económicas.

También Presenta dos aspectos dialécticamente unido: Un objetivo que viene dado por el conjunto de relaciones sociales reguladas y que por ese hecho se convierten en relaciones jurídicas y otro, subjetivo: Constituido por la voluntad de clase que se expresa en las reglas y normas de conductas establecidas por la norma jurídica.

Aspecto objetivo: Lo constituye el conjunto de relaciones sociales que son objeto de regulación por la norma jurídica.

No todas las relaciones son relaciones materiales, sino que también existen relaciones ideológicas que constituyen la Súper estructura de las primeras y que para nosotros forman parte integrante del ser social.

Las relaciones materiales se van formando al margen de la voluntad de la conciencia de los hombres, como resultado de la actividad de los mismos dirigida a asegurar su existencia, mientras que las ideológicas se forma como producto

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