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Clasificación Del Derecho


Enviado por   •  12 de Octubre de 2014  •  2.598 Palabras (11 Páginas)  •  127 Visitas

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Clasificación de las normas jurídicas

Las leyes pueden clasificarse desde múltiples puntos de vista. Por esto, solo citaremos aquí algunos criterios que pueden resultarnos útiles. Por su contenido las leyes solo pueden ser positivas, negativas, interpretativas, supletorias, taxativas, dispositivas. Por el sistema jurídico al que pertenecen, las leyes pueden ser nacionales o extranjeras. Por su ámbito espacial de validez, pueden ser generales o locales. Por su ámbito temporal de validez, las leyes son de vigencia indeterminada o determinada. Por las sanciones que aplican, las leyes pueden ser perfectas e imperfectas, más que perfectas y menos que perfectas. Por su jerarquía, las leyes pueden ser constitucionales, ordinarias o reglamentarias.

Clasificar es un problema de perspectiva. Hay tantas clasificaciones como criterios de división en este caso tomaremos una clasificación creada por Kelsen que a continuación presentamos:

Clasificación de las normas jurídicas desde el punto de vista del sistema a que pertenecen

Todo precepto de derecho pertenece a un sistema normativo. Tal pertenencia depende de la posibilidad de referir directa o indirectamente la norma en cuestión a otra u otras de superior jerarquía y, en última instancia, a una norma suprema, llamada constitución o ley fundamental todos los preceptos que se hallan mediata o inmediatamente subordinados a la constitución Mexicana, por ejemplo, forman parte del sistema jurídico de nuestro país.

Desde el punto de vista de la pertenencia o no pertenencia a un ordenamiento cualquiera, los preceptos del derecho dividendo en nacionales y extranjeros. Pero puede ocurrir que dos o más Estados adopten ciertas normas comunes, destinadas a la regulación de determinadas situaciones jurídicas. A esas normas se les da a conocer la denominación de derecho uniforme un ejemplo de esto seria:

1) NACIONALES.

Ejemplo: Art.35, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Son prerrogativas del ciudadano:

I. Votar en las elecciones populares;

II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, y nombrado para cualquier otro empleo o comisión, teniendo las calidades que establezca la ley;

Este artículo es nacional porque son algunos de los derechos que se dan tan solo a los las personas de nacionalidad mexicana podrán tener estas prerrogativas.

Todos estos artículos pertenecen a la constitución mexicana, por lo que implica que todo mexicano tendrá el derecho de acceder a ella

2) EXTRANJERAS.

Ejemplo: Art.33, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Son extranjeros los que no posean las cualidades determinadas en el artículo 30. Tienen derecho a las garantías individuales que otorga el capítulo I, título primero, de la presente Constitución; pero el Ejecutivo de la Unión tendrá la facultad exclusiva de hacer abandonar el territorio nacional, inmediatamente y sin necesidad de juicio previo, a todo extranjero cuya permanencia juzgue inconveniente.

Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país.

En este apartado nos menciona algunas normas que pertenecen a la constitución de Estados Unidos, y que México no tiene accesibilidad a ello.

Clasificación de las normas jurídicas desde el punto de vista de su fuente.

Los preceptos del derecho pueden ser formulados, según hemos visto, por órganos especiales(poder legislativo); provenir de la repetición más o menos reiterada de ciertas maneras de obrar, cuando a éstas se halla vinculado el convencimiento de que son jurídicamente obligatorias, o derivar de la actividad de ciertos tribunales. A los creados por órganos especiales, a través de un proceso regulado formalmente, se les da el nombre de leyes o normas de derecho escrito; a los que derivan de la costumbre se les denomina de derecho consuetudinario o no escrito; a los que provienen de la actividad de determinados tribunales- como la Corte Suprema entre nosotros-

FORMALES.

Ejemplo: Art. 4, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas. La ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos, costumbres, recursos y formas específicas de organización social, y garantizara a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del estado. En los juicios y procedimientos agrarios en que aquellos sean parte, se tomaran en cuenta sus prácticas y costumbres jurídicas en los términos que establezca la ley.

Este artículo es formal porque contempla las costumbres de todos los mexicanos por ejemplo, pone claro que serán respetadas todas estas junto con las personas que las lleven a cabo, porque tenemos un país donde hay una gran mezcla de creencias y costumbres que deben ser respetadas y en el caso de nuestras raíces deben ser protegidas y promovidas de alguna forma.

2) REALES.

Ejemplo: Art. 1, Ley de Prevención y Asistencia Contra la Violencia Intrafamiliar para el Estado de Morelos.

Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer las bases para la coexistencia pacífica de los miembros de la familia, como célula básica de la sociedad, mediante los procedimientos para la prevención y asistencia contra la violencia intrafamiliar en el Estado de Morelos. La aplicación de esta ley no afectará el ejercicio de los derechos que puedan corresponder a los afectados conforme a otros ordenamientos jurídicos vigentes en la entidad en materia civil y penal, ni afectará los principios procesales aplicables en controversias de orden familiar.

El artículo de esta ley está dentro de las reales porque tiene ciertos elementos que fueron los que le dieron origen, por ejemplo este es de la violencia intrafamiliar, que aunque es tan común no siempre se trata como se debería, por eso es que en Morelos ahora están a disposición de todas las personas estas leyes para que se tenga conocimiento de que la violencia existe, pero también es castigada.

3) HISTÓRICAS.

Ejemplo: Art. 130, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El principio histórico de la

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