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Mercantil


Enviado por   •  19 de Junio de 2013  •  368 Palabras (2 Páginas)  •  347 Visitas

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que existiera causa bastante por la que tuviere que modificarse la fecha de inicio del plazo originalmente concedido.

PRUEBA SUPERVENIENTE

Después de la demanda y contestación, reconvención y contestación a la reconvención en su caso, no se admitirán al actor ni al demandado, respectivamente, otros documentos que los que se hallen en alguno de los casos siguientes:

Ser de fecha posterior a dichos escritos;

Los anteriores respecto de los cuales, protestando decir verdad, asevere la parte que los presente no haber tenido antes conocimiento de su existencia;

Los que no haya sido posible adquirir con anterioridad por causas que no sean imputables a la parte interesada.

Cuando alguna de las partes tenga conocimiento de una prueba documental superveniente, deberá ofrecerla hasta antes de que se declare visto el asunto y el juez, oyendo previamente a la parte contraria en la misma audiencia, resolverá lo conducente

La ejecución de los convenios celebrados ante los Jueces de Proceso Oral y de las resoluciones dictadas por éstos.

ETAPA CONCLUSIVA O DE ALEGATOS

Los alegatos son las argumentaciones jurídicas tendientes a demostrar al tribunal la aplicabilidad de la norma abstracta al caso controvertido, con base en las pruebas aportadas por las partes.

Concluido el periodo probatorio, se deberá declarar cerrada la etapa probatoria y pasar a las alegaciones, que son las conclusiones que las partes le aportan al juez.

En los alegatos las partes deben plantear al juez cual fue la Litis, reducirla lo mas posible para no perderse entre tanta información y documentación acumulada en el expediente, con la intención de facilitar al juzgador el estudio del asunto al momento de dictar el fallo definitivo, pretendiendo también, como parte sustancial destacar, porque con las pruebas aportadas se acreditaron los extremos de la acción o de sus excepciones. Se exponen los alegatos por escrito, el juez no esta obligado a estudiarlas y a hacer referencia a ellos en la sentencia, de tal manera que es un acto procesal que carece de fuerza.

ETAPA RESOLUTIVA

El Juzgador durante el proceso emite diversas resoluciones, que pueden ser autos, decretos o sentencias. Las sentencias pueden ser interlocutorias o definitivas; las primeras son las que resuelven incidentes, excepciones dilatorias o una incompetencia; y las definitivas son las que resuelven el fondo del asunto, la Litis o controversia principal

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