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PROCESO NO CONTENCIOSO


Enviado por   •  8 de Diciembre de 2013  •  590 Palabras (3 Páginas)  •  694 Visitas

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Procesos no contenciosos (REGULADO EN EL C. P. C.)

Los procesos no contenciosos o también llamados de jurisdicción voluntaria son aquellos en los que se ventilan asuntos en que no existe, Litis (litigio), conflicto de intereses, es decir, no hay sujetos que asuman la calidad, de demandante y demandado sin que ello obste que, dentro de nuestro sistema, se presente la figura de la oposición.

En tales procesos o procedimientos quienes los promueven solicitan:

Sede judicial o notarial, que se preste autorización para llevar a cabo ciertos actos jurídicos, o que se homologuen o aprueben estos, o que se documenten, certifiquen o declaren determinadas situaciones también de orden jurídico, o, finalmente se pide que se fijen plazos o se dispongan medidas de protección.

CONCEPTUALIZACIONES DE ALGUNOS PROCESALISTAS:

 CARNELUTTI.- considera al proceso no contencioso como aquel en que hay ausencia de litis.

 MERLÍN.- sostiene que la jurisdicción voluntaria o no contenciosa "es aquella que ejerce el juez, sin conocimiento de causa, entre partes que están de acuerdo y sobre materias, que por su propia naturaleza no tienen nada de contenciosas".

 JOSÉ DE VICENTE Y CARAVANTES.- concibe a la jurisdicción voluntaria como "La que ejerce el juez en actos o asuntos que, o por su naturaleza o por el estado en que se hallan, no admiten contradicción de parte, emanando su parte intrínseca de los mismos interesados, que acuden ante la autoridad judicial, la cual se limita a dar fuerza y valor legal a aquellos actos por medio de su intervención o de sus providencias, procediendo sin las formalidades esenciales de los juicios".

 LAZCANO.- denomina jurisdicción voluntaria a "la actividad desarrollada con otros propósitos que el de obtener la justa composición de la litis".

 FIX ZAMUDIO entiende por jurisdicción voluntaria "un conjunto de procedimientos a través de los cuales se solicita de trascendencia social en beneficio del o de los participantes, situación que se mantiene en tanto no cambien las circunstancias del negocio que les dio origen y mientras no surja una cuestión litigiosa o controvertida".

De manera personal jurisdicción voluntaria o no contenciosa es aquella que se ejerce por el juez, a solicitud de una o de varias personas, en los casos especialmente previstos por la ley, que tiene como finalidad cooperar al nacimiento de determinadas relaciones jurídicas y que, en consecuencia, las resoluciones que en ella recaen no reconocen derechos ni imponen prestaciones entre partes".

CARACTERÍSTICAS

• En el proceso no contencioso no existe controversia, ni dualidad entre las partes. Se trata de actuaciones ante los jueces,

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