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Ensayo documental presunto culpable


Enviado por   •  2 de Octubre de 2020  •  Ensayos  •  1.801 Palabras (8 Páginas)  •  676 Visitas

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Instituto de estudios superiores Rosario Castellanos

Licenciatura: Derecho y criminología.

Plantel: Gustado A. Madero.

Materia: Derecho procesal y escritos judiciales.

Tema a desarrollar: Ensayo documental presunto

culpable.

Estudiante: Luis Eduardo Luqueño Guzmán.

Profesor: Bogar Israel Rico Hernández.

Fecha de entrega: 28-09-2020.

¿Qué tanto han cambiado las cosas?

Mi querido México, un lugar donde es posible litigar con una cédula que carece de autenticidad porque como dice el dicho, echando a perder se aprende, llegar a ser juez sin un compromiso con la legalidad he inclusive sin una cédula profesional como ya han salido a la luz varios casos hasta la fecha debido al famoso compadrazgo por el que nuestros servidores públicos pueden no llegar a ser los más aptos para desempeñar cargos como el antes mencionado, cuando uno suele preferir cruzar por una calle sola que por una donde va pasando una patrulla haciendo su recorrido nocturno, donde “no eres inocente hasta que demuestras lo contrario” como se menciona en la cinta, sin duda una realidad de la cual la mayoría de los habitantes de países primer mundistas podrían horrorizarse al ver este documental cuando en nuestra constitución política al leerse muestra un cuento de hadas que termina mayormente en un derecho sustantivo, es decir, tinta y papel.

Viendo nuevamente este documental el cual a mí parecer es bastante revelativo en cuanto a la realidad de la mayoría de imputados no sólo de los años en los cuales se produjo la obra si no de la actualidad, “para variar la cárcel llena de pobres” se menciona en el transcurso del filme, un comentario tristemente acertado ya que inclusive genera molestia ver la forma en que se les ve a la fiscal y al juez entrar al tribunal riendo antes de leer la sentencia que privaría de la libertad a un individuo. Claramente se muestran irregularidades y violaciones al debido proceso a lo largo de toda la filmación desde el momento en que se relata la detención de Antonio de una forma autoritaria, basada en supuestos, violentando sus derechos humanos, debido proceso y bajo la acusación de alguien que posteriormente afirmaría no haber visto a la persona que detonó el arma de fuego causante del homicidio de su primo.

Durante su disposición ante el ministerio público se le dan golpes en el pecho y se le deja varias horas de pie viendo hacía la pared a forma de tortura la cual está prohibida en el artículo 20 constitucional, además de ser México participe en varios tratados internacionales relacionados a la misma, de igual forma es objeto de burla por parte de los oficiales quienes aún después de obtener un retrato hablado del criminal y notar que no se parecían con sarcasmo mencionan que eran idénticos.

Se violan los artículos 5°,8°, 9°,10°, 11° y 12°de la declaración universal de los derechos humanos desde el momento de su detención hasta el momento en que solicitó la apelación de su sentencia ya que al ser el mismo juez que ya lo había sentenciado y por lo tanto conocía del negocio en cuestión no permitió una impartición de justicia imparcial.

Los oficiales al detenerle no se identifican como tal ni leen los derechos al imputado, muestran un acto de autoridad que no estaba fundado ni motivado al no contar con una orden de captura necesaria al no verse presente la flagrancia. Cabe recordar que eran parte de la policía judicial hoy en día policía de investigación, una figura que genera miedo en la población cuando su misión debería de ser servir y proteger, cuando se habla de un mal proceso se debería ver antes hacía atrás donde alguien con una baja preparación ya que se les pide requisitos mínimos para formar parte uno de los pilares de la justicia ante la sociedad, llámesele policía municipal, estatal, federal o de investigación de acuerdo a su jurisdicción viola o inclusive peor desconoce de los derechos básicos y procedimientos. Se debería asegurar el pleno funcionamiento de estos cuerpos policiales mediante estricta formación y capacitación constante ya que mientras ellos declararon no recordar o desconocer de una detención que ejecutaron, bajo la excusa de una carga excesiva de trabajo, para el imputado puede cambiarle la vida como se pudo apreciar.

Al analizar el expediente no se debe ser un gran conocedor del derecho para poder apreciar una serie de contradicciones e irregularidades que abundan al por mayor ya que se ignora por completo la verdad histórica construida a base de pruebas como la pericial donde se demostraba la imposibilidad de que Antonio haya accionado un arma de fuego a falta de elementos existentes en sus manos como la pólvora, es decir, la prueba tenía un resultado negativo por lo que debió de ser una prueba con una fuerza mayor, pero de parecer poco el guiar una decisión con base en pruebas científicas hubieron testimoniales que no fueron llamados o bien desechados a pesar indicar haber visto al imputado en su lugar de trabajo en el momento en que se consuma el delito y por último la suposición humana al no ser capaz el imputado físicamente de transportarse al lugar de los hechos con una rapidez que no le permitiera notar a los demás su ausencia.

Aún después de lo antes mencionado

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