Acta constitutiva de compañía anónima de servicios de computación Servicomp, C.A
rebecatg201210 de Febrero de 2015
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CTA CONSTITUTIVA DE COMPAÑÍA ANÓNIMA DE SERVICIOS DE COMPUTACIÓN SERVICOMP, C.A. Nosotros; Dinora Josefina Martínez, Dervis Parra Aguinagalde, Jose Argelio Pérez, Arcides Jose Antúnez Horijuela, Luis Miguel Gorrondona, Angel David Valdemar Andueza, José Antonio Martínez Y Eduardo Jose Palacios Mendoza, con cedulas de identidad números: 11.171.124, 11.726.457, 11.732.987, 13.327.951, 21.263.852, 18.477.741 y 19.475.125, respectivamente, por medio del presente documento declaramos: Que hemos decidido constituir, como en efecto constituimos mediante este instrumento legal, el cual ha sido redactado con suficiente amplitud para que sirva de Acta Constitutiva y Estatutos Sociales, una COMPAÑÍA ANÓNIMA y que es del tenor siguiente:
CAPITULO I NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN
ARTÍCULO 1°: Con el nombre de SERVICOM, COMPAÑÍA ANÓNIMA, queda constituida una compañía que se regirá por el presente Documento Constitutivo-Estatutario y por las disposiciones pertinentes del Código de Comercio. -------------
ARTICULO 2°: El Objeto Principal de la Compañía es: La prestación de servicios de asesoría en computación e informática, dictado de cursos relacionados con la ciencia de la computación tendientes al mejoramiento del nivel informático del personal de empresas ya sean privadas o públicas, adiestramiento de personas en el área de la informática en general, servicios de consultoría en el área de la informática, cursos de mejoramiento de personal y de relaciones humanas, así como también la venta, suministro e instalación de equipos de computación y redes, servicio de mantenimiento y reparación de equipos, al igual que la asesoría en la compra de los mismos, todo ello sin perjuicio de que sean llevadas a cabo cualesquiera otras actividades de licito comercio. ----------------------
ARTICULO 3°: El domicilio de la sociedad estará ubicado en Ciudad Bolívar, capital del Estado Bolívar, sin perjuicio de que se pueda establecer sucursales o agencias en otros lugares dentro y fuera del país, previo el lleno de las formalidades legales en los requisitos de Comercio respectivo.
ARTICULO 4°: La duración de la sociedad es de Cincuenta (50) años, a contar de la fecha del auto del Registro Mercantil que ordene su Inscripción en el Registro de Comercio y desde esa fecha comenzará su giro. El plazo de duración podrá ser extendido por resolución de la Asamblea de Accionista convocada a tal fin
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