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Agente Aduanal.


Enviado por   •  27 de Enero de 2013  •  Exámen  •  1.517 Palabras (7 Páginas)  •  626 Visitas

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Glosario.

1. Agente Aduanal.

Es la persona física que tiene las facultades para realizar el despacho de mercancías para la exportación e importación.

2. Apoderado Aduanal.

Es la persona a la cual los importadores otorgan poder para llevar a cabo operaciones de comercio exterior. Sus funciones son las mismas que las de un agente aduanal, pero con la diferencia de que solamente puede realizar trámites de comercio exterior en representación de la persona física o moral de quien dependa y por la cual fue autorizado.

3. Arancel.

Es la persona a la cual los importadores otorgan poder para llevar a cabo operaciones de comercio exterior. Sus funciones son las mismas que las de un agente aduanal, pero con la diferencia de que solamente puede realizar trámites de comercio exterior en representación de la persona física o moral de quien dependa y por la cual fue autorizado.

4. Autoridad Aduanera.

De conformidad con la legislación de un país, es responsable de la administración de las leyes y regulaciones aduaneras.

5. Clasificación Arancelaria.

Es un sistema que permite la identificación de las mercaderías que se comercializan. Facilita el que las aduanas apliquen las medidas arancelarias y no arancelarias. Se le conoce como un Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, de aceptación internacional, cuya estructura obedece a la siguiente jerarquía: secciones, capítulos, sub-capítulos, partidas y sub-partidas. Como complemento a la identificación puede tener notas legales y reglas generales.

6. Cuota compensatoria.

Es un monto monetario (cuota) que iguala el precio de un producto extranjero con uno nacional (compensa), incluso lo puede poner por encima del precio del producto nacional. Este medida se impone a productos que entran al país por medio de una acción denominada práctica desleal de comercio exterior, regularmente es el dumping.

7. Deposito Fiscal.

Es un recinto oficial, o autorizado como tal (en aeropuertos, puertos, fronteras, o establecimientos determinados en el interior del país), mientras la mercancía no haya pagado los impuestos correspondientes a la importación (mientras no haya sido desaduanada).

8. Despacho Aduanero.

Conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a sus salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros, deben realizar en la aduana las autoridades aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones así como los agentes o apoderados aduanales.

9. Exportación Definitiva.

Salida de mercancías del territorio nacional para permanecer en el extranjero por tiempo ilimitado.

10. Exportación Temporal.

La salida de mercancías del país por un tiempo limitado y con una finalidad específica, en este régimen no se pagan los impuestos al comercio exterior, pero se deben cumplir las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias y formalidades para el despacho de las mercancías destinadas a este régimen.

11. Importación Definitiva.

Es el régimen aduanero que permite el ingreso legal de mercancías provenientes del exterior, para ser destinadas al consumo.

12. Importación Temporal.

Procedimiento que permite introducir en un país mercancías para su posterior reexpedición al extranjero o a puerto, zona o depósito franco. Algunas mercancías admitidas en este régimen son: 1. material profesional; 2. mercancías para ser expuestas en ferias, congresos o similares; 3. material pedagógico y científico sin fines comerciales; 4. efectos personales del viajero; 5. material de tipo cultural, recreativo, religioso etc...; 6. material destinado a la tripulación de un buque; 7. animales vivos importados para su educación, entrenamiento o reproducción; 8. mercancías que hayan de reexpedirse con igual destino, sin haber sufrido transformación o modificación.

13. Mecanismo De Selección Automatizado.

Mecanismo que determina si debe o no practicarse el reconocimiento aduanero, es decir, la revisión documental y examen físico de las mercancías de importación, así como de sus muestras, para allegarse de elementos que permitan a las autoridades aduaneras precisar la veracidad de lo declarado.

14. Pedimento.

Es una declaración fiscal llenada por el Agente Aduanal o apoderado aduanal en donde se encuentra la mayor parte de información sobre las mercancías de importación y exportación.

Ordena, por medio de disposiciones de carácter general y con el objeto de facilitar el cumplimiento de la obligación, así como para allegarse de la información necesaria en materia de estadística de ingresos, que se proporcione en declaraciones distintas de aquella con la cual se efectúe el pago.

15. Recinto Fiscalizado.

Lugar físico donde la autoridad aduanera realiza funciones de administración, custodia, almacenaje, carga y descarga de mercancía de comercio exterior. Dicho recinto puede ser una aduana marítima, fronteriza, recinto portuario, etc.

16. Régimen Aduanero.

El conjunto de operaciones orientadas a darle un destino aduanero específico a una mercancía, de acuerdo con la declaración presentada por el interesado enla forma prescrita por las normas.

17. Tránsito

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