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Glosario Aduanal


Enviado por   •  20 de Julio de 2014  •  3.301 Palabras (14 Páginas)  •  220 Visitas

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ADUANA:

Oficina de gobierno encargada de la cobranza de los derechos que percibe el Fisco por la exportación o importación de mercancías, son los lugares autorizados para la entrada o la salida del territorio nacional de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen.

AGENTE ADUANAL:

Es la persona física autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante una patente para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías en los regímenes aduaneros.

APODERADO ADUANAL:

Es la persona física que haya sido designada por otra persona física o moral para que en su nombre o representación se encargue del despacho de mercancías.

ARANCEL:

Impuesto Sobre los bienes importados. Relacionado con la lista de gravámenes.

ARANCEL AD-VALOREM:

Gravamen expresado como porcentaje fijo del valor del bien importado.

ARANCEL ESPECIFICO:

Es el gravamen expresado en unidades monetarias sobre o por cada unidad de medida de un bien importado.

ARANCEL MIXTO:

Es aquel compuesto por un arancel ad valorem y uno específico, aplicados simultáneamente para gravar la importación de un bien.

AUTORIDAD ADUANERA:

Es la autoridad competente que, conforme a la legislación interna de un país, es responsable de la administración de sus leyes y reglamentaciones aduaneras.

BALANZA DE PAGOS:

Se denomina así al sumario de transacciones económicas de un país con el resto del mundo durante un lapso de tiempo determinado.

BASE GRAVABLE DEL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACIÓ:

Es el valor en Aduana de la Mercancía.

BIEN NO ORIGINARIO:

Es aquel

bien que no califica como originario, de conformidad con las reglas correspondientes.

BIEN ORIGINARIO:

Significa que cumple con las reglas de origen establecidas en el capítulo correspondiente de un tratado de libre comercio.

BIENES DE UNA PARTE:

Son los productos nacionales como se definen en el GATT y aquellos que las partes convengan en tratado de libre comercio.

CANDADO FISCAL:

Medio de seguridad con un número de control que se utiliza para asegurar el compartimiento de carga a fin de evitar que la mercancía contenida en el medio de transporte sea modificada.

CITEV:

Control de Importación Temporal de Vehículos.

CLASIFICACION ARANCELARIA:

Es la clasificación de la mercancía objeto de la operación de comercio exterior que deben presentar los importadores, exportadores y agentes o apoderados aduanales, previamente a la operación de comercio exterior que pretenden realizar.

CODIGO DE VALORACIÓN ADUANERA:

En el Acuerdo para la aplicación del articulo VII del GATT, contenido en los artículos del 64 al 79 de la Ley Aduanera de 1998

COMPRADOR FINAL:

Es la última persona que, en territorio de la parte importadora, adquiere los bienes en la misma forma en que sean importados. Este comprador podría no ser necesariamente el usuario final del bien.

CONTRIBUCIONES:

Son los créditos fiscales, impuestos, derechos y otras obligaciones que se pagan por la exportación e importación de productos y servicios.

CONTRIBUYENTES:

Persona física o moral sujeto de impuestos por la actividad que realiza, con la finalidad de contribuir al gasto publico.

COSTO NETO:

Se refiere a todos los costos, menos los de promoción de ventas, comercialización y de servicio posterior a la venta, regalías, embarque, así como de los costos financieros.

CUOTAS COMPENSATORIAS:

Son los derechos aplicables a ciertos productos originarios de determinado o determinados países

CUPOS DE IMPORTACIÓN O EXPORTACION:

Capacidad permitida tanto al régimen de importación como de exportación en cuanto a cantidad y tiempo.

DECLARACIÓN:

Es la obligación que tienen los importadores, exportadores y agentes o apoderados aduanales de manifestar a las autoridades aduanales las mercancías objeto de comercio exterior.

DESADUANAMIENTO:

Retiro de las mercancías de los recintos fiscal y/o fiscalizado, previo cumplimiento de requisitos y formalidades establecidas en la Ley Aduanera.

DESPACHO ADUANERO:

Conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada y salida de mercancías del territorio nacional.

DESPACHO ADUANERO:

Conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada y salida de mercancías del territorio nacional de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros, deben realizar en la aduana las autoridades aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, así como los agentes o apoderados aduanales .

DICTAMEN ANTICIPADO O RESOLUCION:

Se refiere a la resolución favorable al particular que emite la autoridad aduanera a petición del importador, productor o exportador, previamente a la importación, certificando que la

determinación valor de una mercancía o de su origen por cambio de clasificación arancelaria o valor de contenido regional o marcado de país de origen son correctos, en términos del tratado aplicable y sus reglamentaciones uniformes.

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