Amparo.
andres9109089109Tesis10 de Mayo de 2014
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Nacimiento: 23 de agosto de 1799, Bolonchén, Campeche, México.
Fallecimiento: 1849 Ciudad de México, México.
Ocupación: Periodista, Jurista, Político liberal y nacionalista
Manuel Crescencio García Rejón y Alcalá, conocido como Manuel Crescencio Rejón (1799-1849), jurista y político mexicano, creador del juicio de amparo, nace en Bolonchenticul, Yucatán, ahora Bolonchén de Rejón, Campeche.
Rejón defendió siempre la libertad de expresión. Federalista de convicciones firmes. Reconocido como el padre del juicio de amparo (Habeas Corpus en la legislación de otros países): el derecho positivo mexicano estableció desde el siglo pasado un mecanismo privilegiado del que puedan hacer uso los particulares para defenderse de los actos de autoridad que violan sus garantías individuales; este recurso es a la vez un juicio de defensa de la legalidad y de defensa de la Constitución.
Este mecanismo de defensa que tienen los ciudadanos mexicanos fue establecido por el jurista yucateco García Rejón, quien lo incluyó en la Constitución Yucateca de 1840 y, a nivel federal, fue impulsada por Mariano Otero, preclaro pensador jalisciense, quien logró que se incluyera en el Acta de Reformas de 1847. Más tarde es incluido en la Constitución de 1857 y desde entonces se encuentra incorporado a la carta magna mexicana.
El término Amparo fue utilizado por primera vez en el proyecto de Constitución de Yucatán, elaborado por don Manuel Crescencio Rejón a fines de 1840, en el que se estableció como facultad de la Corte Suprema del Estado la de amparar a las personas en el goce de sus derechos violados por leyes o actos de la autoridad.
MARIANO OTERO MESTA.
Don Mariano Otero Mesta nació el 4 de febrero de 1817, en Guadalajara, estado de Jalisco.
Ante el Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco se graduó de abogado el 17 de octubre de 1835, cuando apenas había rebasado los dieciocho años de edad. Ejerció con éxito su carrera y muy pronto se convirtió en un prestigiado profesional del Derecho, consagrándose como un gran ideólogo, político y jurista excepcional, con fama de buen orador y de liberal distinguido. Redactor de uno de los periódicos más importantes de la época, El Siglo XIX.
Entre los cargos que ocupó están el de diputado constituyente en 1842 y 1847, senador en 1849, delegado de su estado natal en la Junta de Representantes de los Departamentos en 1841 y Secretario de Relaciones Exteriores en 1849. El 12 de mayo de ese mismo año el papa Pío IX le otorgó la condecoración de la Gran Cruz de la Orden Piana.
A Mariano Otero le debemos una de las figuras jurídicas más sobresalientes de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: el juicio de amparo, contenido en el artículo 107 constitucional. Es él quien lo propone como juicio de garantías, inspirándose en la idea estatal de juicio de amparo plasmado en la Constitución del estado de Yucatán, aprobada el 31 de marzo de 1841.
Entre sus obras más destacadas se encuentran títulos como Ensayo sobre el verdadero estado de la cuestión social y política que se agita en la República Mexicana de 1842, Indicaciones sobre la importancia y necesidad de la reforma de las leyes penales de 1844; y Consideraciones sobre la situación política y social de la República Mexicana en el año 1847.
En el Congreso de 1846-47 unos diputados temían que el final de la guerra de Estados Unidos sorprendiera a México sin Constitución, y otros que si la de 1824 simplemente se restablecía acaso no pudieran hacerse después las reformas que la situación demandaba. La fórmula de advenimiento fue de Mariano Otero, quien redactó en un voto particular las modificaciones que le parecieron más urgentes y que fueron aprobadas el 18 de mayo de 1847 y
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