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Antecedentes De Las Instituciones Financieras En México

Solrio31 de Mayo de 2014

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1.1 Instituciones Financieras en México

El Sistema Financiero Mexicano es un conjunto de instituciones que captan, administran, norman, regular y dirigen el ahorro y la inversión en el país. En la Ley del Impuesto sobre la renta en el artículo 7B fracción III último párrafo, nos menciona como se compone el sistema financiero mexicano y dice:

...se entenderá que el sistema financiero se compone de las instituciones de crédito, de seguros y de fianzas, de almacenes generales de depósito, administradoras de fondos para el retiro, arrendadoras financieras, sociedades de ahorro y préstamo, uniones de crédito, empresas de factoraje financiero, casas de bolsa, casas de cambio y sociedades financieras de objeto limitado, que sean residentes en México o en el extranjero.

La función principal del SFM es canalizar el ahorro de instituciones e individuos a los proyectos productivos que necesitan esos recursos y que proporcionan un cierto retorno. Otras de sus funciones son: Propiciar la acumulación de capital para generar riqueza; facilitar las transacciones para dar liquidez al sistema económico y contribuir en la asignación de la inversión para que, de manera eficiente, se destine a los usos más productivos.

En la estructura del SFM encontramos en primera instancia instituciones de crédito, grupos financieros y al mercado de valores, que cumplen con la función de conducir los flujos de recursos; en segunda instancia están los organismos auxiliares que asisten a las primeras en su función; por último, están las autoridades que supervisan y regulan a las mencionadas anteriormente, para asegurar la estabilidad y correcto funcionamiento del sistema para defender los intereses de los inversionistas, ver diagrama de sistema financiero mexicano.

El SFM pone en contacto a oferentes y demandantes de dinero en nuestro país. El objetivo central es captar recursos económicos de algunas personas para ponerlos a disposición de otras empresas o instituciones gubernamentales que lo requieran para invertirlo. Éstas últimas harán negocio y devolverán el dinero que obtuvieron además de una cantidad extra (rendimiento) como pago, lo cual genera una dinámica en la que el capital es el motor principal del movimiento dentro del sistema. El máximo órgano administrativo es la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

1.1.1 Antecedentes

Período Colonial. De 1523 a 1821 no hubo en la Nueva España bancos o sucursales de bancos españoles que se hubieren establecido en territorio nacional y el crédito era operado de manera fundamental por los comerciantes. Asimismo se señalan a ciertas organizaciones eclesiásticas y a los miembros de éstas, como prestadores de dinero con interés.

En 1743 nace el Banco de Avío de Minas con la formación de una compañía de aviadores con un importante capital.

Para 1774 surge el Monte de Piedad. Su capital debía dedicarse a préstamos pequeños con garantía prendaria a personas necesitadas. En 1881, este banco operó como institución de emisión, ya que entregaba certificados de los depósitos confidenciales que se hacían y tenían el carácter de documentos pagaderos al portador y a la vista.

Se considera que durante el periodo del México independiente, comprendido entre los años 1821 a 1867, no hubo propiamente una actividad bancaria, motivado esto primordialmente por las diversas intervenciones extranjeras y las crisis políticas externas.

En 1830, ante diversos intentos de formación de instituciones de crédito surge el Banco de Avío. Esta entidad tenía la función de fomentar la industria textil, sin embargo, el gobierno del General Santa Anna, lo convirtió en tesorería del gobierno, siendo liquidada finalmente en 1842.

En 1837, otro intento que el gobierno llevó a cabo es la creación del Banco Nacional de Amortización de la Moneda de Cobre y, su objeto era sacar de la circulación monedas de cobre falsas y poner en circulación monedas de más difícil falsificación. Con el tiempo, se desvirtúa su objeto y se convierte en una tesorería del gobierno, por lo que se optó por liquidarlo en 1841.

Los dos bancos antes descritos, son considerados los primeros antecedentes de las Sociedades Nacionales de Crédito, por ser creados y administrados por el gobierno; no obstante que ni las Ordenanzas de Bilbao, ni el Código de Comercio de 1854 regularon la actividad bancaria.

En 1857, dado que la Constitución Política no establecía como una actividad reservada a la federación, la materia bancaria, esto propiciará la creación de diversos bancos regionales bajo autorizaciones estatales. Ejemplos de estas instituciones son el Banco de Santa Eulalia fundado en 1857 y el Banco Minero de Chihuahua establecido en 1872.

En 1864, se constituye el Banco de Londres, México y Sudamérica, que se trataba de una sucursal del “Bank of London”. Amparado por el Código de Comercio de 1854 y no por la Constitución Política de 1857, este banco se trata del primero en territorio nacional de características modernas y funciona como institución de emisión desde sus inicios hasta su transformación en el Banco de México, con un monopolio de emisión de billetes.

En 1882, surge Banco Nacional Mexicano en virtud de un contrato celebrado entre el gobierno mexicano y el representante del Banco Franco Egipcio. Esta institución tuvo funciones de banco de emisión, descuento y depósito.

En 1884, surge Banco Nacional de México ante la fusion entre Banco Nacional Mexicano y Banco Mercantil. El capital bancario en México se encontraba concentrado en Banco de Londres de capital inglés, Banco Nacional Mexicano de capital francés y en Banco Mercantil de capital español.

El gobierno mexicano reserva a la Federación la facultad para legislar en materia de comercio y bancos. Esta disposición es motivada básicamente por las complicaciones que trajo consigo la proliferación de bancos autorizados por las entidades estatales.

El Código de Comercio prevé el establecimiento de bancos de emisión, circulación, descuento, depósito, hipotecarios, agrícolas, de minería o de cualquier otra clase, con la autorización previa de la Secretaría de Hacienda, bajo la forma de sociedades anónimas o de responsabilidad limitada. Tal Código exigía un capital mínimo, los bancos de emisión debían cubrir fianzas y los bancos hipotecarios tenían prohibición para emitir billetes.

En 1897, el Código de Comercio de 1889 anuncia la Ley General de Instituciones de Crédito. La cual establece formalmente cuatro tipos básicos de instituciones: los bancos de emisión, los bancos hipotecarios, los bancos refaccionarios y los almacenes generales de depósito.

En 1917, mediante la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se estableció el privilegio de emisión a favor de un banco de Estado, que fue el Banco de México, el cual comenzó a operar como tal en septiembre de 1925.

En 1926, se emite la Ley General de Instituciones de Crédito y Establecimientos Bancarios como resultado de la liquidación de diversos bancos de emisión, la Ley de Suspensión de Pagos de 1924, la ley Moratoria de Bancos Hipotecarios, el Decreto que organizó a la Comisión Nacional Bancaria y la Ley relativa al Banco de México.

Esta última Ley se refiere al banco único de emisión, a la regulación de los bancos hipotecarios, refaccionarios, industriales y de crédito agrícola, así como los bancos de depósito y descuento, de fideicomiso, de ahorro, almacenes generales de depósito y compañías de fianzas.

En 1932, las primeras Instituciones Nacionales de Crédito y las Instituciones de Crédito son establecidas, como tales, la cual las autorizaba a realizar las siguientes operaciones: Recibir del público depósitos a la vista o a plazo, recibir depósitos en cuentas de ahorros, expedir bonos de caja y emitir bonos hipotecarios.

Se promulga la Ley General de Instituciones de Crédito, en la cual se subraya aún mas el papel interventor del Estado y se regulan las diversas operaciones bancarias.

En 1941, la Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares, marca una de las últimas etapas legislativas trascendentes al surgir bancos o sociedades dedicadas a una rama bancaria como lo son: a) banca de depósito, b) sociedades financieras, c) bancos hipotecarios, d) bancos de capitalización y, e) bancos de ahorro y préstamo para la vivienda. Cabe mencionar que sólo era posible obtener una concesión para operar a la vez, en una sola de las ramas señaladas.

En 1976, la Secretaría de Hacienda autoriza que los grupos financieros se fusionen y se puedan convertir en bancos múltiples. A través del perfeccionamiento de reformas a la legislación bancaria, el concepto de banca múltiple entra en vigor el 1° de enero de 1979.

En 1982 (Nacionalización de la banca), tras la devaluación del peso (26 a 47 pesos por dólar), ante la insuficiencia de las reservas internacionales del Banco de México para hacer frente a la demanda de dólares y la cancelación de créditos a México por parte de la banca internacional para subsidiar la cartera vencida del sistema financiero nacional, el gobierno de José López Portillo decretó el día 1o de septiembre la expropiación de las instituciones bancarias y el control generalizado del tipo del cambio. La Federación tuvo que desembolsar tres billones de pesos (viejos) para adquirir las instituciones de créditos comerciales y privadas, cuya deuda ascendía a 25,000

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