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Carta De Despido


Enviado por   •  7 de Julio de 2014  •  926 Palabras (4 Páginas)  •  365 Visitas

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DEMANDA DE RECTIFICACIÓN DE AREAS Y LINDEROS – REALES.

EXPEDIENTE N° :

ESCRITO N° :

CUADERNO : PRINCIPAL

SUMILLA : DEMANDA DE RECTIFICACIÓN DE AREAS Y LINDEROS.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE LA ROVINCIA DE MARISCAL CACERES – JUANJUI.

CLIFFORD ROLDAN CRUZ, peruano, identificado con DNI. , con domicilio real y procesal sito en Jr. Eduardo Peña Meza N° 872, a usted, con el debido respeto, me presento digo:

DEMANDADOS.

• EDWIN PEREZ RUIZ y esposa ANGELICA PINEDO DE PEREZ ambos domiciliados en el Jr. Triunfo N° 1485 – distrito de Juanjuí.

I. PETITORIO.

Solicitando tutela jurisdiccional efectiva, me apersono a la instancia con la finalidad de interponer demanda de RECTIFICACION DE AREAS Y LINDEROS del inmueble rural ubicado en el sector la Victoria, distrito de Juanjuí, provincia de Mariscal Cáceres, departamento de San Martín, con unidad catastral N° 30669, con un área de 17 hectáreas con 4,000 metros cuadrados, inscrita en la ficha Registral N° 135, de la Oficina Registral de Mariscal Cáceres.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO.

1. El predio rural en mención lo adquirí a través de una compra venta de fecha 15 de marzo de 2012, celebrada por el Juez Mixto de Mariscal Cáceres – Juanjui, en representación de los demandados, como consta el titulo de propiedad – escritura pública de la referida fecha otorgada por el Notario Público de Juanjui, Dr. Justo Pérez Ruiz,

2. Como es de verse soy propietario del bien ya mencionado desde el 18 de junio del año 2007, fecha ésta en que celebré cpn los demandados la Promesa de Venta del predio.

3. Dicho predio, en la actualidad lo he denominado “HUAÑUSKA” y así está registrado ante el Ministerio de Agricultura, siendo del caso que luego de realizadas las reales medidas perimetricas al referido predio, se ha constatado que el área real del mismo es de 4.7123 Hectáreas, con un perimetro de 1,146.95 metros lineales.

4. Como puede verificarse, existe una discrepancia entre el área del predio que se ha consignado en la referida escritura pública y aquella que en la realidad existe pues mientras que en aquella se describe un cantidad de 17 hectares con 4,000 metros cuadrados, en la realidad dicha área consta de apenas 4.7123 Hectáreas.

5. No existe pérdida ni merma en el área del predio pues no existe fenomeno fisico ni climatológico que haya causado tal merma; se trata pues, como ya lo hemos señalado, de un error material en el cálculo del área al momento de efectuar la compra – venta.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO.

1. Fundamentos de orden sustantivo:

a. De acuerdo con el articulo 939 del código civil las uniones de tierra y los incrementos que se forman sucesiva e imperceptiblemente en los fundos situados a lo largo de los ríos pertenecen al propietario del fundo, por lo cual esta nueva área adherida es de mi propiedad por lo tanto solicito la rectificación de áreas y linderos correspondientes.

2. Fundamento de orden adjetivo.

a. La presente

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