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Como Redactar Un Ensayo

michchongo3 de Diciembre de 2013

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1.- Índice.

2.-Introducción.

3.-Contribuciones especiales.

4.-Conclucion de contribuciones especiales.

5.-Ingresos no tributarios los aprovechamientos y productos, otros ingresos (públicos y privados) accesorios.

6.-conclucion de ingresos no tributarios los aprovechamientos y productos, otros ingresos (públicos y privados) accesorios.

7.- Relación jurídico-tributaria, sujetos activos y pasivos, Naturaleza, nacimiento, determinación y extinción de la relación jurídico-tributaria.

8.-Cunclucion de Relación jurídico-tributaria, sujetos activos y pasivos, Naturaleza, nacimiento, determinación y extinción de la relación jurídico-tributaria.

9.- La declaración, fiscalización, determinación y liquidación.

10.-conclucion de La declaración, fiscalización, determinación y liquidación.

11.-Conclucion final.

Introducción.

En este trabajo se habla de las contribuciones especiales, los ingresos no tributarios la relación jurídico-tributaria, los sujetos activos y los pasivos su naturaleza y nacimiento determinación mas profundamente y extinción de dicha relación también se habla de la declaración fiscalización y la liquidación de un crédito fiscal.

Dichos temas se tomaron de un libro y en este trabajo se intenta tomar lo más importante y poner una conclusión para que sea más fácil de entender y explicar.

Contribuciones especiales.

La contribución especial es la prestación que los contribuyentes pagan obligatoriamente al estado por los gastos que ocasiono la realización de una obra o la prestación de un servicio publico de interés general que los beneficio o los beneficia de forma especifica.

Sujetos pasivos de la contribución especial.

Se señalan dos principales clases de sujetos que están obligados a pagar esta contribución.

_Los que se encuentran en una determinada situación, cuando tienen alguna ventaja económica por consecuencia de una actividad administrativa en general.

_Quienes como en consecuencia de las cosas o bienes que se poseen por tener una actividad empresarial que provoca un gasto o el aumento de un gasto al publico.

Características de las contribuciones especiales

_Es una contribución, ya que lo dice una ley

_Debe estar establecida en una ley, formal y materialmente legislativa, es decir que este expedida por el congreso de la unión.

_Su pago es obligatorio ya que lo dice el articulo 31 fracción IV de la constitución federal.

_Es una figura de carácter contributivo o tributario y el estado lo impone obligatoriamente a los particulares.

_El pago se hace por carácter de contribución especial ya que es un beneficio específico para determinadas personas con motivo de alguna obra o un servicio publico.

_Lo recaudado de la contribución especial para cubrir el gasto que género el servicio que favorece a determinadas personas.

_La contribución especial es solo pagada por los particulares que están beneficiados.

_El monto a pagar es dependiendo del beneficio que se va a obtener.

_El producto de la contribución especial es a favor del estado o de los organismos públicos autorizados para tal efecto.

_El servicio o la obra lo debe efectuar la administración activa o delegada directamente, a fin de que sean los particulares los que realicen la prestación del servicio o realización de la obra.

Causación o nacimiento de la contribución especial.

Se causa o nace en el momento en que el estado pone en servicio alguna obra pública de interés general que beneficia a los contribuyentes.

Las autoridades pueden hacer convenios con los contribuyentes para que empiecen a realizar pagos anticipados para la realización o desarrollo de una obra para que al momento en que este terminada no sea tan difícil el pago.

Obras y servicios que deben costearse con la contribución especial.

El estado debe exigir esta prestación cuando se traten de servicios de interés general, pero que beneficie de forma especifica a determinadas personas, siempre y cuando no se puede recuperar el costo de la misma con una sola explotación.

Semejanzas y diferencias entre los impuestos los derechos y la contribución especial.

Las semejanzas entre los impuestos, los derechos y la contribución especial son:

_Las 3 clases de contribuciones.

_Las tres deben estar establecidas en una ley, formal y material legislativa.

_Las tres son obligatorias.

Las diferencias entre los impuestos, los derechos y la contribución especial son:

_Los impuestos se utilizan para cubrir los servicios públicos generales indivisibles; los derechos, para cubrir los servicios públicos generales divisibles.

_Los impuestos se utilizan para satisfacer otros servicios públicos que no son indivisibles; los derechos únicamente para cubrir los servicios públicos o los gastos derivados del uso aprovechamiento del dominio publico de la nación, y la contribución especiales para cubrir los servicios públicos generales.

_El beneficio que produce la aplicación de estos impuestos que son generales e indefinidos es la colectividad que se beneficia es especifica e indeterminada cuando el beneficio es obtenido por el servicio y en la contribución especial es indeterminado en cuanto el beneficio colectivo cuando se trata de un servicio u obra general.

Clase de contribución de mejora en nuestra legislación federal, estatal y municipal.

En nuestra legislación establece que únicamente la contribución son las de infraestructura hidráulica.

La contribución de mejoras por obras publicas de infraestructura hidráulica.

La ley que crea la contribución de mejoras por obras publicas de infraestructura publica fue publicada en el “diario oficial de la nación “el 31 de diciembre de 1985 y entro en vigor el 1º de enero de 1986.

Sujetos pasivos; son las que están obligadas a pagar esta contribución sean personas físicas son las o morales que se benefician de forma especial por esta obra de infraestructura hidráulica construida por la administración publica federal.

Concepto de obra publica; son las que benefician de forma especial a las personas físicas o morales, cuando estas se pueden usar, aprovechar, distribuir, o descargar aguas nacionales.

Las obras publicas son las que permiten usar, aprovechar, distribuir, o descargar aguas nacionales sean superficiales o de subsuelo así como la reparación o ampliación de las mismas.

Base de la contribución de mejoras;

El valor de la obra pública efectuada con motivo de la realización de la misma, las indemnizaciones que deban cubrirse y los gastos por financiamiento, sin incluirlos de la administración, supervisión e inspección de la obra.

Al valor que se obtenga se le disminuirá el monto de las aportaciones voluntarias y las recuperaciones por las enajenaciones excedentes.

La documentación respectiva del valor de la obra puede ser consultada por las personas que le obligan a pagar la contribución.

Las personas físicas y morales que se beneficien por una obra pública de infraestructura hidráulica se paga la contribución de mejoras equivalente al 90% del valor obtenido una ves que se disminuyen las aportaciones voluntarias y los excedentes que no se utilizaron en la obra.

Determinación de la contribución de mejoras;

La determinación y liquidación del importe de la contribución de mejoras por obras públicas de infraestructura hidráulica, se realizará de acuerdo con el siguiente procedimiento:

Tratándose de acuerdos o sistemas de abastecimientos de agua la obra se dividirá entre la capacidad del proyecto, medida en litros por segundo el cociente obtenido se multiplicará por la demanda autorizada por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo

Rural, a cada asignatario o concesionario, salida en litros por segundo, y el resultado será el monto de la contribución de mejoras, a cargo de los beneficiarios.

En el caso de obras de riego, el valor recuperable de la obra se dividirá entre el número de hectáreas beneficiadas con el riego, y se multiplicará el cociente obtenido por el número de hectáreas de riego que tenga cada usuario, la cantidad obtenida será el monto de la contribución de mejoras a cargo de cada uno.

Causación y época de pago de la contribución de mejoras;

Las contribuciones de mejoras por obras públicas de infraestructura hidráulica, se causarán al ponerse en servicio las obras públicas se pagarán en un plazo de seis meses, contados a partir de la fecha en que se notifique el crédito fiscal.

Las autoridades fiscales podrán autorizar que las contribuciones de mejoras se paguen en parcialidades en un plazo hasta de diez años, tratándose de obras de riego.

Los contribuyentes que optan por pagar las contribuciones de mejoras en parcialidades, tendrán que cubrir en la primera exhibición una cantidad equivalente al 25 por ciento del monto total de la contribución a su cargo y el 10 por ciento tratándose de obras de riego.

Los ingresos que se perciben de esta contribución se destinarán a la construcción, reparación o ampliación de las obras públicas de infraestructura hidráulica.

Conclusión de las contribuciones

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