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Contabilidad

3238268 de Junio de 2013

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CLASES DE PLAN ÚNICO DE CUENTA EN COLOMBIA (PUC)

El plan único de cuentas es un instrumento concebido para armonizar y unificar el sistema contable de los principales sectores de la economía colombiana.

El plan único de cuentas está compuesto por un catálogo de cuentas y la descripción y dinámica para la aplicación de las mismas, las cuales deben observarse en el registro contable de todas las operaciones o transacciones económicas.

El PUC busca mejorar la calidad, transparencia y comparabilidad de la información contable.

El PUC se puede clasificar de acuerdo al tipo de entidad y Superintendencia que lo rige, así:

PUC de Entidades Aseguradoras

PUC Salud

PUC Cooperativas

PUC Financiero

PUC Banco de la República

ACTIVOS CORRIENTES

Agrupa el conjunto de las cuentas que representan los bienes y derechos tangibles e intangibles de propiedad del ente económico, que en la medida de su utilización, son fuente potencial de beneficios presentes o futuros. Comprende los siguientes grupos: el disponible, las inversiones, los deudores, los inventarios, las propiedades, planta y equipo, los intangibles, los diferidos, los otros activos y las valorizaciones.

Las cuentas que integran esta clase tendrán saldo de naturaleza débito, con excepción de las provisiones, las depreciaciones, el agotamiento y las amortizaciones acumuladas, que serán deducidas, de manera separada, de los correspondientes grupos de cuentas.

11 Disponible

Comprende las cuentas que registran los recursos de liquidez inmediata, total o parcial con que cuenta el ente económico y puede utilizar para fines generales o

Específicos, dentro de los cuales podemos mencionar la caja, los depósitos en bancos y otras entidades financieras, las remesas en tránsito y los fondos.

12 Inversiones

Comprende las cuentas que registran las inversiones en acciones, cuotas o partes de interés social, títulos valores, papeles comerciales o cualquier otro documento negociable adquirido por el ente económico con carácter temporal o permanente, con la finalidad de mantener una reserva secundaria de liquidez, establecer relaciones económicas con otras entidades o para cumplir con disposiciones legales o reglamentarias.

Las inversiones representadas en acciones y en cuotas o partes de interés social, se registrarán por su costo histórico. Las demás inversiones, como bonos, cédulas, certificados, etc., se contabilizarán por su valor nominal. Sin embargo, en caso de presentarse diferencias entre este último y el costo histórico, con el propósito de no quebrantar la norma contable básica de "valuación o medición", tales diferencias se controlarán a través de cuentas auxiliares complementarias evaluativas de la inversión, específicamente en los títulos en que se presente la diferencia. Para el efecto, se utilizarán los rubros descuento por amortizar o prima por amortizar.

El costo histórico incluye las sumas en que se incurre para la compra de la inversión, el cual, para el caso de las inversiones representadas en acciones y en cuotas o partes de interés social se ajustará mensual o anualmente, reconociendo el efecto inflacionario de conformidad con lo previsto en las disposiciones legales vigentes.

Cuando el ente económico tenga como actividad principal el de rentista de capital, al momento de vender sus inversiones deberá cargar la cuenta 6150 -actividad financiera-. Si dichas inversiones son realizadas en desarrollo de actividades secundarias, cuando el valor de la venta sea mayor que el valor en libros, la diferencia se abonará a la cuenta 4240 -utilidad en venta de inversiones-; pero si el valor de venta es menor, ésta se cargará a la respectiva cuenta de provisiones. En caso de no existir o ser insuficiente

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