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Definición de tránsito de mercancías


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2013  •  Trabajos  •  1.713 Palabras (7 Páginas)  •  443 Visitas

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 TRÁNSITO DE MERCANCÍAS

1. DEFINICIÓN DE TRÁNSITO DE MERCANCÍAS

 El régimen de transito consiste en el traslado de mercancías, bajo control fiscal, de una aduana nacional a otra.

(ART 124 L.A) y www.aduanasnet.sat.gob.mx

2. DEFINICIÓN DE TRÁNSITO INTERNACIONAL.

El régimen de tránsito consiste en el traslado de mercancías, bajo control fiscal, de una aduana nacional a otra.

Se debe de entender por este régimen cuando las mercancías proceden de un país y se dirigen a otro pero lo hacen cruzando el nuestro. Para ello la aduana de entrada envía a la aduana de salida las mercancías de procedencia extranjera que lleguen al territorio nacional con destino al extranjero.

Existe otro supuesto que es, cuando por cuestiones de economía o de operatividad se trasladan mercancías nacionales o nacionalizadas por territorio extranjero para que posteriormente reingresen a nuestro país.

Se deberán cumplir los plazos establecidos en el Anexo 15 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior.

Fundamento Legal: Artículo130 de la Ley Aduanera, Anexo 15 , 16 y 17 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2012. Y www.aduanas.gob.mx/aduana_mexico/2008/importando_exportando/142_10066.html

• EJEMPLIFICAR CON UN MAPA EL RECORRIDO DE TRÁNSITO INTERNACIONAL

3. DEFINICIÓN DE TRÁNSITO INTERNO

El régimen interno consiste en el traslado de mercancías, bajo control fiscal, de una aduana nacional a otra, es decir:

La aduana de entrada envíe las mercancías de procedencia extranjera a la aduana que se encargará del despacho para su importación. La aduana de despacho envíe las mercancías nacionales o nacionalizadas a la aduana de salida, para su exportación. La aduana de despacho envíe las mercancías importadas temporalmente en programas de IMMEX a la aduana de salida, para su retorno al extranjero. El régimen de tránsito interno se promoverá por conducto de agente o apoderado aduanal.

Fundamento Legal: Artículo 125,de la Ley Aduanera, reglas 4.6.5., 4.6.7. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior http://www.aduanas.gob.mx/aduana_mexico/2008/importando_exportando/142_10067.html

• EJEMPLIFICAR CON UN MAPA LAS FORMAS DE TRÁNSITO INTERNO

 RÉGIMEN DE ELABORACIÓN; TRANSFORMACIÓN Ó REPARACIÓN EN RECINTO FISCALIZADO.

 Régimen de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.

El régimen de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado consiste en la introducción de mercancías extranjeras o nacionales a dichos inmuebles para su elaboración, transformación o reparación, para ser retornadas al extranjero o para ser exportadas en definitiva,respectivamente.

La introducción de mercancías extranjeras bajo este régimen se sujetará al pago del impuesto general de importación en los casos previstos en el artículo 63-A y de las cuotas compensatorias aplicables a este régimen. El impuesto general de importación se deberá determinar al destinar las mercancías a este régimen.

Fundamento legal: Artículo 135 de la Ley Aduanera, regla 4.7.1. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior

1) DEFINICIÓN DE ELABORACIÓN:

Es el proceso de trabajo, construcción y preparación de materiales, objetos u cosas para transformarlas en elementos de mayor complejidad. La elaboración puede darse sobre materias primas y otros objetos materiales, como también en espacios teóricos como cuando se habla de elaboración de hipótesis, discursos o teorías. La elaboración es entonces la primera instancia de construcción de cualquier tipo de producto humano ya que es en ella en la cual se da forma a lo que posteriormente se transformará en el resultado de la operación.

Bibliografía: Academia Española (1726-1770), Diccionario de la lengua castellana [Autoridades] (edición facsímil en Academia Española, 2001).

2) DEFINICIÓN DE TRANSFORMACIÓN

Transformación es la acción y efecto de transformar (hacer cambiar de forma a algo o alguien, transmutar algo en otra cosa). El término procede del vocablo latino transformatĭ

Bibliografía: Academia Española (1726-1770), Diccionario de la lengua castellana [Autoridades] (edición facsímil en Academia Española, 2001).

3) DEFINICIÓN DE REPARACIÓN

 La reparación es la acción y el efecto de reparar objetos que no funcionan correctamente o que fueron mal hechos.

Bibliografía: Academia Española (1726-1770), Diccionario de la lengua castellana [Autoridades] (edición facsímil en Academia Española, 2001).

4) DEFINICIÓN LEGAL DE RECINTO FISCALIZADO

Es el inmueble en que los particulares presten los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías una vez obtenida la autorización correspondiente, la cual se otorgará sobre inmuebles que colinden o se encuentren dentro de los recintos fiscales.

Bibliografia: Derecho aduanero mexicano, Andrés Rohde Ponce

5) REQUISITOS PARA UN RECINTO FISCALIZADO PRESENTE ESTE RÉGIMEN.

• Se deberá tramitar el PEDIMENTO RESPECTIVO

• Efectuar el registro a través de medios electrónicos que señales el servicio de administración tributaria, mediante reglas.

• La determinación de contribuciones y cuotas compensatorias que correspondan.

Fundamento: ART 135-B LA ULTIMO PARRAFO

 RECINTO FISCALIZADO ESTRATÉGICO

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