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Diferencia Entre TLC'S Y Acuerdos Econónmicos


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2014  •  367 Palabras (2 Páginas)  •  575 Visitas

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1. DIFERENCIA ENTRE TLC’S Y ACUERDOS COMERCIALES

1.1. La complejidad de los TLC

Un tratado internacional es un acuerdo escrito entre dos o más Estados, o entre una nación y una organización internacional, en virtud del cual los signatarios se comprometen a cumplir con determinadas obligaciones. Cuando las partes que suscriben el tratado son sólo dos, éste se denomina bilateral, y cuando son varias, el convenio recibe el nombre de multilateral. Los tratados constituyen una de las fuentes más importantes del derecho internacional público y contribuyen al establecimiento de una legislación de carácter mundial. Regulan los temas más diversos, desde la ubicación de la línea fronteriza entre dos naciones hasta los aportes de los gobiernos a los distintos organismos internacionales, por mencionar sólo dos ejemplos. Los tratados son negociados entre los representantes de los países interesados de conformidad con las instrucciones que reciben de sus gobernantes. Generalmente se firma un acuerdo que luego es analizado por las legislaturas de cada país, ya que este tipo de pactos debe cumplir con los requisitos establecidos por los ordenamientos constitucionales de los países involucrados. Luego de su aprobación parlamentaria, los tratados entran en vigencia.

1.2. Acuerdos Comerciales

Por lo general utilizamos “acuerdo comercial” sin hacer distinciones, sin embargo existen tres tipos de acuerdos que se diferencian entre sí, ya sea por su orientación como por sus limitaciones temporales.

El Acuerdo de Alcance Parcial, normalmente llamado “acuerdo comercial”, es según nuestra Cancillería “el tipo de acuerdo bilateral más básico en materias arancelarias” esto porque permite liberar parcialmente el comercio a un reducido tipo de productos. Este acuerdo puede considerarse como un paso previo a un acuerdo mayor o TLC.

Los Acuerdos de Asociación Estratégica, son considerados de alcance intermedio por abrir arancelariamente los mercados, además de abrirse a temas que no son comerciales, como la cooperación tecnológica o social. Esta relación no implica mayores alteraciones jurídicas a diferencia de los TLC.

En último lugar están los Acuerdos de Complementación Económica, (ACE), y son aquellos firmados principalmente en un contexto latinoamericano con el fin de intercambiar mercancías y materias primas. Sus principios integradores están contenidos en la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y apuntan, por lo general, a objetivos integradores de apertura mayores a los Acuerdos de Alcance Parcial.

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