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Diferencias entre el principio de oportunidad y el acuerdo reparatorio


Enviado por   •  24 de Diciembre de 2023  •  Apuntes  •  1.049 Palabras (5 Páginas)  •  48 Visitas

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FACULTAD DE DERECHO Y HUMANIDADES

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

 

 

DERECHO PROCESAL PENAL I

 

 

 

AUTOR

PURIZACA PORRAS, Milagros Violeta (orcid.org/0000-0001-7431-086X)

 

 

 

 

ASESOR:

JOSÉ ANTONIO DIAS MURO

 

 

 

PIURA – PERÚ

2023 

 

 

 

DIFERENCIAS ENTRE EL PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD Y EL ACUERDO REPARATORIO.

ESTABLEZCA UN EJEMPLO (CASO EN CONCRETO) EN DONDE PROCEDA UN PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD Y UN ACUERDO REPARATORIO (DEBE CONTENER HECHOS DEL CASO, CALIFICACION JURIDICA, Y DEL PORQUE PROCEDE Y COMO SE IMPLEMENTARIA).

Principio de Oportunidad: Es un mecanismo despenalizador que faculta al fiscal para decidir si promueve o no el ejercicio de la acción penal en un caso específico. Implica la posibilidad de abstenerse de continuar con el proceso penal si se cumplen ciertos requisitos y condiciones.

Entonces podemos decir que es una herramienta legal que permite al fiscal decidir si continúa o no con un caso penal. Se aplica para evitar la sobrecarga de procesos judiciales cuando no es necesario para el interés público.

Acuerdo Reparatorio: Es un acuerdo entre el imputado y la víctima, en el cual el primero se compromete a reparar el daño causado como resultado del delito. Este acuerdo puede ser parte de un proceso más amplio que involucre el principio de oportunidad.

Por otro lado, el acuerdo reparatorio es un mecanismo donde el imputado y la víctima acuerdan la reparación del daño causado, lo que puede resultar en el archivo del caso penal. En un ejemplo, Ana, acusada de hurto simple por robar un teléfono celular, podría llegar a un acuerdo con la tienda para compensar el valor del objeto sustraído y evitar así una condena penal.

Diferencia:

Principio de Oportunidad

Acuerdo Reparatorio

Es una facultad discrecional del fiscal para evitar la prosecución de un caso penal cuando considera que no es necesario o no sirve al interés público

Es un acuerdo voluntario entre el imputado y la víctima para reparar el daño causado, y su cumplimiento puede llevar al archivo del caso penal

Involucra principalmente al fiscal, quien decide si se aplica este principio, aunque puede requerir el consentimiento del imputado

Implica al imputado y a la víctima, quienes deben llegar a un acuerdo voluntario sobre la reparación

Puede aplicarse en diferentes etapas del proceso penal, como antes de la promoción de la acción penal, durante la audiencia de incoación de proceso inmediato, o en la audiencia de juicio inmediato

Suele ser propuesto después de la formulación de la acusación fiscal y se desarrolla en una audiencia específica

Busca evitar la prosecución de casos que no sirven al interés público, reduciendo así la carga procesal y enfocando los recursos en casos más relevantes

Busca la reparación del daño causado a la víctima, promoviendo la resolución pacífica y la compensación directa

Ejemplo de Principio de Oportunidad

Artículo 307 – A CP Tráfico ilegal de residuos peligrosos

El que ingrese ilegalmente al territorio nacional, use, emplee, coloque, traslade o disponga sin la debida autorización, residuos o desechos tóxicos o peligrosos para el ambiente, resultantes de un proceso de producción, extracción, transformación, utilización o consumo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis años y con trescientos a cuatrocientos días-multa.

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