EXAMEN DE MANDATARIO DE AGENTE ADUANAL
CARLOSESTRELLAExamen6 de Octubre de 2018
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CUESTIONARIO PARA EXAMEN DE MANDATARIO
- Si un importador pregunta que datos debes proporcionar para efectuar una importación ¿Qué datos pedirías?
R: Factura, tipo de mercancía, régimen.
- ¿En qué idiomas puede aceptarse la Factura?
R: Inglés, Francés o Español. Regla 3.1.7
- ¿Por qué solicitarías traducción al español de la factura?
R: Para describir correctamente la mercancía y por venir en otro idioma al autorizado.
- ¿Es necesario la carta de encomienda?
R: Es indispensable. (Art. 59 fracc. III L.A.)
- ¿Qué documentos son necesarios para la importación? Menciona dos.
R: Guía o conocimiento (liberado), factura, carta de encomienda, Certificado de Origen. Art. 36-A y 59 L.A.
- Si tienes todos los documentos para efectuar la importación y te faltan datos, (Marca, Modelo, No. De Serie) ¿Cómo los obtienes?
R: Realizando reconocimiento previo. Art. 42 L.A.
- Si desconoces la mercancía se puede practicar un Reconocimiento Previo. ¿Para qué?
R: Para obtener los datos necesarios para su clasificación, examinándolas para ese efecto.
- ¿Qué verificarías en un reconocimiento previo?
R: Características de las mercancías para saber: Qué es, para qué sirve, datos de identificación.
- ¿Qué datos son importantes en una factura? Indica dos:
R: Lugar y fecha de expedición, nombre y domicilio del destinatario de las mercancías, la descripción comercial detallada de las mercancías, nombre y domicilio del vendedor. Regla 3.1.7.
- ¿Qué clave le corresponde al pedimento de importación definitiva?
R: A1, C1 (Anexo 22 Apéndice 2 RGCE.)
- ¿Qué clave le corresponde al pedimento de exportación definitiva?
R: A1 (Anexo 22 Apéndice 2 RGCE.)
- ¿Qué se entiende por importación definitiva? (Régimen)
R: La introducción de mercancía de procedencia extranjera para permanecer en territorio nacional por tiempo ilimitado. (Art. 96 L.A.)
- ¿Qué se entiende por importación temporal? (Régimen)
R: La entrada al país de mercancías para permanecer en él por tiempo limitado y con una finalidad específica, siempre que retorne al extranjero en el mismo estado.
La que se importa por un tiempo determinado, para retornar en su mismo estado o para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación. Art. 106 L.A.
- Elaborado y pagado el pedimento se puede rectificar. ¿Cuántas veces?
R: El número de veces que sea necesario, siempre que lo realicen antes de activar el mecanismo de selección automatizado. Art. 89, 2° Párrafo. L.A.
- Antes de presentar el pedimento al mecanismo de selección automatizado se puede rectificar. ¿Cuántas Veces?
R: El número de veces que sea necesario. Art. 89, 2° Párrafo. L.A.
- Después de presentar el pedimento al mecanismo de selección automatizado se puede rectificar ¿Cuántas veces?
R: Una vez activado el mecanismo de selección automatizado, se podrá efectuar la rectificación del pedimento, salvo en aquellos supuestos que requieran autorización del Servicio de Administración Tributaria, establecidos mediante reglas. (Art. 89, 2ª. Parte, L.A. Regla 6.1.1 RGCE).
- ¿Qué fecha regirá para la aplicación de cuotas, bases gravables, cuotas compensatorias en tráfico marítimo (importación)?
R: La de fondeo, y cuando éste no se realice, la de amarre o atraque de la embarcación que transporta la mercancía al puerto al que vengan destinadas. (Art. 56, fracc. I inciso a)
- ¿Qué fecha regirá para la aplicación de cuotas, bases gravables, cuotas compensatorias en tráfico aéreo (importación)?
R: La de arribo de la aeronave al primer aeropuerto nacional. (Art. 56, fracc. I inciso C)
- ¿Cuántos días libres concede la ley, sin el pago de derechos de almacenaje en tráfico marítimo?
R: Cinco días naturales, (Art. 41 num. 1 Ley Federal de Derechos)
- ¿Cuántos días libres concede la ley, sin el pago de derechos de almacenaje en tráfico aéreo?
R: Dos días naturales. (Art. 41 num. 1 Ley Federal de Derechos)
- ¿Se puede presentar el pedimento al mecanismo de selección automatizado sin estar pagado?
R: No, (Art. 184 fracc. XI L.A.)
- Antes de pasar al mecanismo de selección automatizado, ¿se puede corregir el R.F.C.?
R: Si. Art. 89 L.A. y RGCE. 6.1.3
- Antes de pasar al mecanismo de selección automatizado ¿Se puede corregir la dirección?
R: Sí (Art. 89 2° párrafo. L.A. RGCE. 6.1.3)
- ¿Es multable presentar al mecanismo de selección automatizado el pedimento sin la firma autógrafa del Agente Aduanal o Mandatario?
R: Sí. (Art. 184 fracc. XI; multa Art. 185 fracc. X, L.A.)
- ¿Se puede tramitar ante la Aduana sin tener gafete?
R: No, (Art. 17 en relación con el 190 fracc. IV, L.A.) y RGCE 2.3.10
- Si en el mecanismo de selección automatizado sale “Desaduanamiento Libre” ¿Es necesario pasarlo al Segundo Reconocimiento?
R: NO, segundo párrafo del Art. 43 L.A.
- Los derechos de almacenaje se pagan antes de o después de retirar la mercancía del Dominio Fiscal.
R: Antes. Art. 46 L.F.D. y regla 2.2.4 de RGCE/2017
- ¿Se pagan los mismos derechos bajo techo que a la intemperie?
R: No Art. 44 fracc. II L.F.D.
- Los derechos se pagan ¿Por Kilos o por Toneladas?
R: Por lotes de 500 Kgs. O fracción, Art. 42 fracc. I. de L.F.D.
- Si el mecanismo de selección automatizado señala Reconocimiento Aduanero ¿Quién lo efectúa?
R: El Verificador Aduanal, Art. 43, L.A. y Art. 2 penúltimo párrafo y 13 penúltimo párrafo del REGLAMENTO Interior del Servicio de Administración Tributaria
- La mercancía que resultó a Reconocimiento Aduanero ¿Debe pasar al Segundo Reconocimiento?
R: NO, (Art. 43 primer párrafo L.A.)
- ¿El Pedimento debe llenarse conforme al instructivo de llenado?
R: Sí, (Anexo 22 RGCE) el encabezado principal tiene 38 campos.
- ¿Al pedimento se deben anexar todos los documentos necesarios para la importación?
R: Sí (art. 36-A L.A.) y reglas 1.9.18, 3.1.7, 3.1.8, 3.7.26, 3.1.30 de RGCE
- En importaciones efectuadas al amparo de T.L.C. ¿Qué documento necesitan?
R: Certificado de origen.
- ¿Qué clave se utiliza para regularización de mercancía que ya se encuentra en el País?
R: A3 (Anexo 22 Apéndice 2 RGCE.) Art. 101 L.A.
- La clave K1 ¿Para qué operaciones se utiliza?
R: Desistimiento de régimen y retorno de mercancías por devolución, apéndice 2 del anexo 22 de RGCE.
- En una operación virtual (transferencia) ¿Es necesario presentar mercancía?
R: No (1.6.9 segundo párrafo, correlacionado con 4.3.19 de RGCE)
- En una operación de regularización ¿Se exige la presentación de la mercancía?
R: No (Art. 101 L.A. y 2.5.1 fracc. I, ó 2.5.2. fracc. I de RGCE)
- ¿Qué clave aplicaría para una exportación temporal de mercancía para su transformación, elaboración o reparación?
R: BM (Anexo 22 Apéndice 2 RGCE.)
- ¿En qué plazo se puede retornar al extranjero una mercancía importada en definitiva que resultó defectuosa?
R: En 3 meses o 6 meses si se trata de maquinaria (Art. 97 Ley Aduanera)
- ¿Qué clave se le asigna a un pedimento de mercancía de depósito fiscal?
R: A4 (Anexo 22, Apéndice 2 RGCE)
- ¿En qué plazo causa abandono la mercancía en depósito ante la aduana en importación?
R: 2 meses (Art. 29 fracc. II inciso c) Ley Aduanera)
- ¿En qué plazo causa abandono la mercancía en depósito ante la aduana en exportación?
R: 3 meses (Art. 29 fracc. II inciso a) Ley Aduanera)
- La factura es exigible cuando su valor es mayor de....
R: $300.00 Dlls. o su equivalente (RGCE 3.1.7)
- En importaciones menores de $1,000.00 Dlls. ¿Es necesario el certificado de origen para trato arancelario?
R: No, Regla 31 de la RESOLUCION por la que se establecen las reglas de carácter general relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, correlacionado con el Art. 503 del Tratado del TLCAN.
- Las IMMEX para importar su materia prima utilizan la clave...
R: IN (Anexo 22, Apéndice 2 RGCE.)
- Las IMMEX para importar sus bienes de activo fijo utilizan la clave...
R: AF (Anexo 22, apéndice 2 RGCE.)
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