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El ATPDEA

arlissamaniegomExamen3 de Diciembre de 2013

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Mediante la Ley de Promoción Comercial Andina y Erradicación de la Droga (ATPDEA) se buscaba renovar los beneficios unilateralmente otorgados por el Gobierno de Estados Unidos a Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.

El ATPDEA renueva y amplía las preferencias comerciales por el ATPA a los antes mencionados países beneficiarios y conforme al criterio de los legisladores dicha ley estaba dirigida a propiciar el incremento de los flujos comerciales entre los países beneficiarios y los Estados Unidos y a propiciar y generar empleo e inversión, a fin de fortalecer las economías andinas y promover la estabilidad política, económica y social de la subregión, con la finalidad de definir e implementar alternativas viales de desarrollo sostenibles en el largo plazo.

En opinión de los legisladores, estas preferencias comerciales deberían contribuir a la consolidación de los valores, principios y prácticas democráticas en la subregión, indispensables para la convivencia pacífica en el Hemisferio, así como a la lucha concertada contra el tráfico ilícito de estupefacientes y delitos conexos y a la lucha contra el terrorismo, al tiempo que buscaba atender los objetivos de seguridad nacional de los Estados Unidos.

Esto es todo en teoría, tendrías que ver en la práctica cual fue el alcance de sus efectos y que de ella sigue vigente.

Preguntas Frecuentes - ATPDEA

1. ¿Qué es el ATPDEA?

Es la Ley para la Erradicación de Drogas y Promoción del Comercio Andino, la cual prorroga y amplía los beneficios del ATPA (que estuvo vigente hasta diciembre 4 de 2001). Esta ley ofrece tratamiento preferencial para los cuatro países designados (Colombia, Bolivia, Ecuador y Perú) mediante la posibilidad de ingresar al mercado de Estados Unidos una gran cantidad de productos libre de arancel (son aproximadamente 700 productos adicionales a los 5,600 que ya tenían ATPA). Después de varias prorrogas la ley está vigente hasta el 15 de Febrero de 2011.

El principal objetivo del ATPDEA es promover las exportaciones y el desarrollo de los países beneficiarios ofreciéndoles una opción que les permita tener alternativas económicas diferentes a los cultivos ilícitos. Las preferencias después de 2002 se ampliaron para productos como confecciones, petróleos y sus derivados, calzado y manufacturas de cuero, y atún, anteriormente excluidos.

2. ¿Hasta cuándo podrán ingresar estos productos libres de arancel al mercado de los Estados Unidos?

Hasta el 15 de Febrero de 2011

3. ¿Cuáles son los productos cobijados por el ATPA- ATPDEA?

El ATPA permite el ingreso libre de arancel a cerca de 5,600 productos, dentro de los que se encuentran las flores, productos de plástico, tubos de acero, escobas, joyas, productos químicos, entre otros. Es decir, todos aquellos productos que se identifican en el arancel de los Estados Unidos con la letra J, J+ o J*.

Adicionalmente el ATPDEA otorgó preferencias a:

• Prendas de vestir bajo ciertas condiciones

• Calzado que no esté cobijado por el SGP

• Petróleo y sus derivados

• Relojes y sus partes

• Carteras y manufacturas de cuero

• Atún empacado al vacío en papel o sobres de aluminio con un contenido no mayor a 6.8 Kg.

4. ¿Dónde puedo consultar el listado de productos cobijados?

Textiles

Ron y aguardiente de caña

Azúcares y jarabes

Atún empacado en cualquier tipo de contenedor hermético exceptuando los empaques o sobres de aluminio. (Lista)

5. ¿Cómo beneficia el ATPDEA a las empresas colombianas?

Gracias a esta preferencia los productos colombianos beneficiarios son más competitivos en el mercado de Estados Unidos, pues al entrar libres de arancel, se puede ofrecer un mejor precio. Adicionalmente, en algunos sectores como el de las confecciones y el calzado, tenemos gran potencial debido a la calidad de nuestros productos, las características de la industria y la excelente mano de obra.

Este posicionamiento de nuestros productos en el mercado de los Estados Unidos permite aumentar la cantidad de exportación, lo cual a su vez hace que haya un aumento en la producción y un mayor número de empleos requeridos. Igualmente se ven las posibilidades de desarrollo de las empresas pequeñas y medianas.

6. ¿Es mejor el ATPDEA o el SGP?

Aunque los países beneficiarios del ATPA son también beneficiarios del SGP y la mayoría de los productos están cobijados por los dos sistemas, el primero es mejor para los empresarios colombianos pues ofrece preferencias a más posiciones arancelarias que el SGP y cuenta con normas de origen menos restrictivas.

7. ¿Cuál es la norma de origen general?

Ser importados directamente al territorio aduanero de los Estados Unidos.

Haber sido producidos totalmente en un país beneficiario, o

Que el valor de contenido regional sea al menos un 35% de países ATPA.

Es decir que un producto será elegible para el tratamiento preferencial únicamente si la suma del costo o valor de los materiales producidos en un país ATPA más los costos directos de las operaciones de procesamiento realizadas en un país o países beneficiarios ATPA, es superior al 35% del valor calculado del artículo terminado al momento de su entrada a los Estados Unidos.

La ley establece que para el cumplimiento de la regla del 35%, al hablar de beneficiarios ATPA incluye también a Puerto Rico, Islas Vírgenes y los países beneficiarios del CBI y que cualquier costo o valor de materiales o costos directos de operaciones de procesamiento atribuibles a Islas Vírgenes o países beneficiarios del CBI, deben incluirse en el producto antes de realizar la exportación final a los Estados Unidos desde un país beneficiario ATPDEA. Adicionalmente establece que n monto que no exceda el 15% del valor calculado del producto al momento de su entrada, puede ser atribuido al costo o valor de los materiales producidos en el territorio aduanero de los Estados Unidos (diferentes del Estado Asociado de Puerto Rico).

8. ¿Qué características deben poseer las confecciones para tener derecho al ATPDEA?

Las confecciones recibirán un acceso preferencial para su ingreso al mercado de los Estados Unidos, con la condición de cumplir al menos una de las siguientes características:- 807/ 809 A (Telas en rollo/ Telas cortadas listas para ensamblar).- Llama, Alpaca o Vicuña- Cuota Regional- Oferta Insuficiente- Telares, Hechos a Mano y Folclóricos- Regla Especial para Brassieres- Otras

9. ¿Cómo se maneja origen cuando hay tela de diferentes países ATPDEA?

Es necesario que al entrar al mercado de los Estados Unidos se establezca claramente bajo cuál de las características de las confecciones entra la prenda. Si es por oferta insuficiente, se dice que entra por este concepto. Si no, hay que declarar en el certificado de origen de dónde viene el producto (así sean varios países). Adicionalmente hay que poner de dónde son los adornos, las telas (si son varios) y discriminar todo muy bien, so pena de sanciones.

10. ¿Qué pasa si la tela usada en la confección es 90% de Estados Unidos y 10% de otro país que no es ATPA?

No clasifica dentro de los requisitos del ATPA bajo la condición de 807 o 809A. Para ello, la tela tiene que ser totalmente formada en ese país. La única posibilidad es que se trate de una tela que se encuentre en el listado de oferta insuficiente. En ese caso, si se puede utilizar.

11. ¿Existen preferencias para artículos fabricados a mano?

Si, la nueva ley establece que las confecciones fabricadas a mano contarán con estas preferencias. Sin embargo, es necesario consultar la lista de nuevas subpartidas cobijadas por el ATPA para determinar los productos específicos.

12. ¿Cuáles artesanías contempla el ATPA?

Anteriormente, el ATPA contemplaba algunas artesanías (puede ver la lista de productos cobijados por el ATPA desde 1991 a 2001 en la página web), pero la nueva ley que amplió estos beneficios incluye también artesanías de textiles y confecciones dentro de las preferencias. En este sentido, es necesario consultar el listado de los nuevos productos cobijados por las preferencias del ATPDEA.

13. ¿Cómo determino el criterio para una confección cuando está compuesta por cuero y textil?

El criterio para clasificar una confección elaborada en cuero y textil se basa en el mayor componente de uno de los materiales, que le dé la clasificación al producto.

14. ¿Los productos de madera (mueble) o aglomerados de madera están cobijados con el ATPA?

El ATPA original cobijaba estos productos anteriormente. Sin embargo, para saber específicamente cuáles de ellos cuentan con las preferencias, le sugerimos referirse al listado de productos cobijados por el ATPA desde 1991, según la subpartida arancelaria.

15. ¿Se ha hablado sobre varios productos beneficiados de sectores que tradicionalmente exportan a Estados Unidos, pero cuáles son los productos derivados del petróleo potenciales que tienen participación

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