IMPUESTO
lorenitatutTesis19 de Septiembre de 2013
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Los Impuestos son el dinero que debes pagar al estado para contribuir por las compras y los ingresos que recibas, por las propiedades y bienes que posea, este es el medio más importante a través del cual el estado obtiene sus recursos para poder funcionar, invertir en nuestro país y en el bienestar de los colombianos.
Impuesto de Industria y Comercio, avisos y tableros - ICA: Si usted ejerce cualquier actividad de comercio está en la obligación de pagar este impuesto de carácter municipal (esto quiere decir que las tarifas a pagar son fijadas por el municipio). Para consultar las tarifas que se aplican a su caso remítase a la respectivaSecretaría de Hacienda municipal.
Retención en la fuente para el impuesto de industria y comercio - RETEICA:La retención en la fuente para el impuesto de industria y comercio es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos, que consiste en restar los pagos realizados por la adquisición de un bien o servicio en un porcentaje determinado por la ley asegurando de esta manera el recaudo del impuesto.
Si es usted un profesional independiente, por prestar sus servicios profesionales, la empresa que ha recibido el servicio le descontará la tarifa correspondiente a su municipio. Para consultar las tarifas que se aplican a su caso remítase a la respectivaSecretaría de Hacienda municipal.
Impuesto Predial: Si usted posee cualquier clase de casa, terreno, lotes, parqueaderos, locales, apartamentos, entre otros, está obligado a cancelar un impuesto de acuerdo con la periodicidad que estime su municipio, de esta manera le llegara a su casa una factura correspondiente al impuesto predial la cual podrá ser cancelada en las entidades con las que se tenga convenio para tal fin.
Impuesto de Valorización: Si cerca a su casa o terreno, el estado ha construido nuevas carreteras, puentes, parques, centros comerciales, que representen una mejora para el sector, de acuerdo con la periodicidad que estime su municipio le llegara a su casa la factura correspondiente al Impuesto de valorización.
Impuesto de Vehículos: Si usted posee cualquier clase de vehículo, cada año, de acuerdo a su modelo, cilindraje, y valor comercial, deberá cancelar de acuerdo a las tarifas determinadas por la Secretaría de Transito, el impuesto de vehículos, en las oficinas que tengan convenio con la Secretaría. Para más información por favor remítase a las páginas de la oficina de Secretaría de Hacienda distrital, o Secretaria de Hacienda de Cundinamarca.
Impuesto al Valor Agregado - IVA: es un impuesto que se cobra a todos los consumidores finales de un bien, es decir aquellos que lo usan para lo que fue concebido. Por ejemplo, si usted compra un computador para su uso personal, es usted el consumidor final, a diferencia de aquel que lo compro para comercializarlo.
Dependiendo de los bienes, el estado cobra una tarifa, que usted puede consultar en el Estatuto tributario actualizado “libro tercero” y en la página de la Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, en esta página usted encontrara información más detallada acerca de este impuesto.
Retención en la fuente - Retefuente: la retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos, que consiste en restar de los pagos realizados por la adquisición de un bien o servicio, un porcentaje determinado por la ley. Asegurando de esta manera el recaudo del impuesto sobre la renta
Si usted presta sus servicios como profesional a una empresa, le será descontado de su pago un valor del 10% o el 11%, dependiendo que persona jurídica sea. De igual manera si usted presta un servicio, pero no es profesional, le será descontado de su pago un valor correspondiente al 6
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