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Incoterms. Cláusulas de carga


Enviado por   •  16 de Junio de 2023  •  Apuntes  •  980 Palabras (4 Páginas)  •  43 Visitas

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INCOTERMS

Son términos utilizados en los contratos internacionales que detallan las obligaciones de cada una de las partes (exportador-vendedor e importador-comprador) a la hora de entregar las mercancías.

Grupo C (Entrega indirecta)

En esta entrega el vendedor es el encargado de contratar el transporte para llevar la mercancía hasta el punto acordado, asumiendo la responsabilidad, el riesgo o los costes generados por la salida de la mercancía a su destino el comprador.

El incoterm CIP, Carriage and Insurance Paid to o “transporte y seguros pagados hasta”.

el vendedor asume toda la responsabilidad, riesgos, gastos del seguro y transportista durante todo el proceso de movilización de la mercancía dentro del territorio de origen, es válido para cualquier tipo de transporte, sea bajo cualquier modalidad debido a que, el incoterm CIP es polivalente, lo que quiere decir que puede ser usado para el transporte intermodal.

En el caso de CIP, el exportador también tiene la obligación de adquirir un seguro, el cual dejará de estar vigente una vez que el comprador recibe la mercancía.

Bajo el término CIP, el vendedor debe contratar un seguro contra el riesgo que soporta el comprador por la pérdida o daño de la mercancía durante el transporte internacional, el cual dejará de estar vigente una vez que el comprador recibe la mercancía. Consecuentemente, el vendedor contrata un seguro de cobertura máxima (Cláusula A del ICC).

CLÁUSULAS DE CARGA (ICC)

Son todas aquellas cláusulas que se incorporan en una póliza de seguro marítimo. Es decir, el seguro que cubre la carga en tránsito. Evidentemente la integración de estas cláusulas en el seguro, se hace con el objetivo de especificar en detalle, qué tipo de artículos en la carga están cubiertos, si se presenta la pérdida o el daño durante el envío.

A CONTINUACIÓN, DETALLAMOS CADA UNA DE LAS CLÁUSULAS DEL INSTITUTO DE CLAUSULAS DE CARGA:

Cláusula A. Obviamente esta es la cobertura de seguro marítimo más amplia. En consecuencia, quienes la adquieren deben estar preparados para pagar una prima considerablemente alta.

Cláusula B. En este caso se trata de una cobertura un tanto restrictiva, lo que se traduce es una prima moderada. Habitualmente, el tomador del seguro requiere principalmente la cobertura de determinados artículos más valiosos, o incluso solo una carga parcial.

Cláusula C. Es por mucho, la cobertura más limitada, por lo tanto, la prima que se debe pagar por ella es baja. Pero, aunque parezca algo bueno, en realidad significa que gran parte de la carga no estará cubierta por el seguro.

OBLIGACIONES DEL VENDEDOR BAJO EL INCOTERM CIP

  • Entrega de la mercancía y documentos necesarios
  • Empaquetado y embalaje
  • Transporte interior en el país de origen
  • Despacho de aduanas en origen
  • Gastos de salida (o gastos en origen)
  • Flete marítimo internacional
  • Seguro

OBLIGACIONES DEL COMPRADOR BAJO EL INCOTERM CIP

  • Pago de las mercancías
  • Gastos de llegada (o gastos en destino)
  • Pago del despacho de aduanas en destino
  • Transporte interior en el país de destino
  • Pago de impuestos y aranceles

En las ventas en condiciones CIP son de destacar las siguientes ventajas:

  • Es más comercial y facilita la venta de las mercancías, ya que simplifica los trámites a los compradores y les evita tener que ocuparse de contratar transportes y seguros.
  • El comprador sabe que una vez efectuado el pedido sólo tiene que esperar a que se entregue la expedición en el lugar designado, sin efectuar otros trámites. Ello le da comodidad.
  • El comprador puede hacer un rápido cálculo del coste de la mercancía a adquirir.
  • El vendedor puede contratar el porteador o transitario que le merezca más confianza para el transporte de su expedición.
  • El vendedor contrata el despacho de Aduana de exportación con el Operador de su confianza y puede disponer inmediatamente del DUA (documento justificativo de la exportación y exención del IVA).
  • El riesgo del vendedor está perfectamente cubierto al poder escoger el contrato de seguro más conveniente.
  • El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía en poder del porteador y no cuando la mercancía llega al lugar de destino.

En las ventas en condiciones CIP son de destacar las siguientes desventajas:

  • el comprador corre con todo el riesgo hasta que llega a su destino final; aunque nunca llegue.
  • se aplica solo a la carga de no contenedores completos, como carga fraccionada o carga de proyecto.

Esto se debe a que los contenedores generalmente no se consideran en riesgo hasta que llegan a su puerto de destino, mientras que los envíos FCL están asegurados desde el momento en que salen de la puerta de la fábrica.

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