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LEGISLACION


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2014  •  413 Palabras (2 Páginas)  •  242 Visitas

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¿Cuáles son las funciones de la OIT?

En la persecución de estos fines y objetivos se ha designado una función específica a cada uno de los órganos que componen la OIT para el control y verificación del cumplimiento de las obligaciones adquiridas por los Estados Miembros. La Conferencia Internacional del Trabajo adopta dos tipos de normas. Por un lado, los convenios internacionales que pueden ser ratificados por los Estados Miembros de la organización y que establecen las obligaciones de éstos frente a los trabajadores y las trabajadoras. Dichos convenios tienen un carácter vinculante cuando son ratificados por los Estados y, en virtud de ello, la población trabajadora se encuentra facultada para reclamar su cumplimiento. Por otro lado, las recomendaciones buscan asegurar que se adopten las medidas que garanticen la aplicación y efectividad de los derechos reconocidos en dichos convenios.

La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones se encarga de supervisar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por los Estados Miembros. Es el organismo asesor de la Conferencia Internacional del Trabajo y se encuentra integrado por juristas especialistas en Derecho Internacional del Trabajo, cuya función es examinar las memorias que todos los países deben presentar cada año, detallando el estado en que se encuentra la aplicación de los convenios internacionales en cada país. Asimismo, cada año elabora un examen temático que se traduce en los estudios generales.

Finalmente, el Comité de Libertad Sindical recibe las quejas que presentan las organizaciones de trabajadores y trabajadoras o de empresarios y empresarias sobre el incumplimiento de las obligaciones que provienen de la libertad sindical, con independencia de que hayan sido ratificados los convenios sobre la materia.

87. Esta Comisión es de carácter permanente y de conformación tripartita que ostenta como responsabilidad primordial el examinar el informe presentado por la Comisión de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones y seleccionar aquellos aspectos que serán objeto de debate en la Conferencia Internacional del Trabajo, por ser los mismos los más relevantes y los más preocupantes. Los temas que son señalados por esta entidad son publicados en el Informe General de la OIT y, a su vez, son objeto de recomendaciones, a efecto de brindar una solución a estas situaciones que representan las más graves violaciones a los derechos laborales de la población trabajadora.

88. Véase el Preámbulo de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo.

89. Trabajo Decente (Memoria del Director General de la OIT). Ginebra, Oficina Internacional del Trabajo, 1999, p. 15.

Capítulo tres: Sistema Universal de Derechos Humanos

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