Los 12 trámites para constituir una empresa
isra95Informe25 de Agosto de 2014
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Los 12 trámites para constituir una empresa
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• Dentro del proceso de formación de un negocio, la constitución legal de la empresa constituye un paso esencial. Sólo así el emprendedor logrará que su compañía sea considerada legalmente establecida por el Gobierno y pueda funcionar en forma regular.
• La constitución de la empresa puede ser como Persona física, Sociedad anónima o como Sociedad de Responsabilidad Limitada. Cualquiera que sea la forma de constitución que el emprendedor decida para su empresa, deberá seguir una serie de trámites legales.
• Es importante tomar en cuenta que el emprendedor, al decidir cuál será la estructura legal que adoptará para constituir su pequeña empresa, deberá estar asesorado por un contador y un abogado. Conforme a las disposiciones legales vigentes en México, son doce los trámites que debes realizar y son los siguientes:
• 1. Permiso para constituirse como persona moral.
Se pide en la Secretaría de Relaciones Exteriores
• 2. Protocolización del Acta Constitutiva.
Se realiza ante el Notario o Corredor Público
• 3. Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
Deberás solicitarlo en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
• 4. Inscripción del Acta Constitutiva (Excepto Sociedades Anónimas, ya que el notario realiza el trámite).
Asiste al Registro Público de la Propiedad y el Comercio para pedirlo.
• 5. Aviso Notarial a la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Este trámite lo realiza el Notario o Corredor Público.
• 6. Presentación ante el registro público de la propiedad y del comercio.
Este paso también lo resuelve el Corredor o Notario y lo debe presentar ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
• 7. Inscripción de la Empresa.
Se realiza ante la Tesorería General del Estado.
• 8. Solicitud de Uso de Suelo y/o Construcción.
Éste lo podrás obtener en la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología.
• 9. lnscripción ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT).
Este trámite consta de dos etapas, ya que el empresario debe registrarse como patrón y además inscribir a los trabajadores.
• 10. lnscripción de la Empresa en la Secretaría de Salud
• 11. lnscripción en el SIEM.
Deberás realizar este trámite en la Cámara Empresarial Correspondiente.
• 12. Establecimiento de la Comisión de Seguridad e Higiene, Comisión de Capacitación y Adiestramiento, e lnscripción de los Planes y Programas de Capacitación y Adiestramiento.
Acude a la Secretaría del Trabajo para concretarlo.
• Como dato extra, te comentamos que si participa inversión extranjera directa tendrás que:
• a. Asistir a la Secretaría de Economía para pedir un Registro de Inversión Extranjera.
• b. Luego, pedir en la Comisión Nacional de Inversión Extranjera una autorización para todos aquellos giros que no entran en el esquema automático.
1. PERSONAS MORALES
Las personas morales (empresas, sociedades, compañías, etc.) deberán:
I. Presentar un escrito de solicitud de certificación de firma, mismo que tendrá que contener lo siguiente:
Escrito dirigido al Embajador Héctor Antonio Romero Barraza, Director General del Servicio Exterior y de Recursos Humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores. ( AHÍ ESTA EL FORMATO) http://www.sre.gob.mx/index.php/formatos-de-solicitudsem
El nombre del funcionario de quien se solicita la certificación de firma.
Señalar el número de legalización y/o documento donde se encuentra la firma del miembro del SEM a certificar.
Domicilio, cuenta de correo electrónico y/o teléfono del solicitante.
En caso de que el solicitante no pueda recoger la documentación, se deberá autorizar a las personas que podrán hacerlo en su nombre.
Nombre y firma del solicitante, el cual tendrá que ser el representante legal de la persona moral o alguien que cuenta con las facultades suficientes dentro de la sociedad.
II. Acompañar al escrito de solicitud de certificación de firma:
El documento original a certificar.
Copia de la identificación oficial del interesado (la firma deberá ser igual a la asentada en el escrito).
Copia de la identificación de las personas autorizadas a recoger el escrito.
Deberá acreditar el representante legal su personalidad jurídica con el original o copia certificada de su nombramiento.
Una copia adicional de toda la documentación.
Si bien el ciudadano puede presentar un escrito libre, es necesario destacar que, a fin de comprobar que dicho trámite de certificación se da a la persona interesada, es esencial que el escrito contenga los requisitos mínimos descritos.
http://www.sre.gob.mx/index.php/personas-moralessem
2)
Las Sociedades Mercantiles tienen como fundamento legal un contrato de sociedad, en el cual los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos y/o esfuerzos para la realización de un objetivo común.
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• Dentro del contrato o acta constitutiva deben incluirse los siguientes datos:
• Nombre, nacionalidad, domicilio, ocupación, lugar y fecha de nacimiento, registró federal de contribuyentes, en su caso y copia de identificación con fotografía de los socios;
• El nombre de la empresa;
• El objeto o sector de la sociedad;
• El domicilio de la sociedad;
• El importe del capital social;
• La aportación de cada uno de los socios, ya sea en dinero u otros bienes;
• La duración de la sociedad;
• La manera en que se va a administrar la sociedad y las facultades de sus administradores;
• El mecanismo de reparto de utilidades, y
• Las causas de disolución de la compañía.
• El acta, además de estos datos en su caso, puede llevar la Cláusula de Extranjería, con la cual se acepta a los extranjeros en la empresa, o la Cláusula de Exclusión de Extranjeros, en la que por ninguna razón podrían ser admitidos en la empresa, ni podrán tener acciones de la misma. El mínimo de socios para establecer una sociedad mercantil es de dos.
• Costo del trámite: De $5,000 a $8,500
• Tiempo de trámite: De dos a cinco días hábiles
• Descarga el formato aquí.
https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=sites&srcid=ZGVmYXVsdGRvbWFpbnxjcmVhdHVlbXByZXNhY29uYWxlcHxneDo3YWY1MjMwODA1NzM3NTM3
3) INSCRIPCIÓN EN EL RFC DE PERSONAS MORALES EN LA ALSC Y OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DE FIEL.
Quiénes lo presentan
Personas morales de nueva creación a través de su(s) representante(s) legal(es), como son entre otras: Asociaciones civiles, sociedades civiles, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sindicatos, partidos políticos, asociaciones religiosas, sociedades cooperativas, sociedades de producción rural, etc.
Dónde se presenta
Por Internet
• Se puede iniciar el trámite a través de Internet y concluirlo en cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud. Ésta no se tendrá por presentada si dentro del plazo señalado el contribuyente no cumple con la conclusión del trámite en la ALSC.
En forma personal
• Iniciarlo y concluirlo en cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente, el trámite se atiende preferentemente con cita.
Qué documentos se obtienen
Por Internet:
1. Acuse de Preinscripción.
En la ALSC:
1. Hoja de Vista Previa "Datos capturados de la Solicitud de Inscripción en el RFC".
2. Acuse de inscripción con Cédula de identificación fiscal.
NOTA:
Para la obtención del certificado de FIEL, se deberá de presentar dentro de los 30 días siguientes, solicitud de expedición del mismo, en caso contrario, el trámite de registro al RFC será cancelado.
Cuándo se presenta
• Dentro del mes siguiente a la firma del acta o documento constitutivo de la persona moral ante notario o corredor público.
• Cuando la persona moral no se constituya ante Notario o corredor público, dentro del mes siguiente a aquél en que se realice la firma del contrato, o la publicación del decreto o del acto jurídico que les de origen.
Requisitos:
Por Internet:
• Presentarán la solicitud de inscripción proporcionando los datos que se contienen en el formato electrónico que se encuentra en la página de Internet del SAT.
• Concluida la captura, se enviará la solicitud de inscripción a través de la página de Internet del SAT. El citado órgano desconcentrado enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de preinscripción con el número de folio asignado.
• El trámite se concluirá directamente en la ALSC de la elección del contribuyente.
En la ALSC:
• Copia certificada del documento constitutivo debidamente protocolizado.
• Original del comprobante de domicilio fiscal.
• Copia certificada del poder
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