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MERCANCIAS RESTRINGIDAS Y PROHIBIDAS EN NUESTRO PAÍS


Enviado por   •  11 de Julio de 2012  •  Síntesis  •  372 Palabras (2 Páginas)  •  893 Visitas

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MERCANCIAS RESTRINGIDAS Y PROHIBIDAS EN NUESTRO PAÍS

¿A qué se denominan mercancías restringidas?

Las mercancías restringidas son aquellas que por mandato legal requieren la autorización de una o más entidades competentes para ser sometidas a un determinado régimen aduanero.

¿A qué se denominan mercancías prohibidas?

Las mercancías prohibidas son aquellas que por mandato legal se encuentran prohibidas de ingresar o salir del territorio nacional.

I. MERCANCIAS RESTRINGIDAS:

• Textos cartográficos y geográficos con la autorización de la Dirección General de Documentación mediante RM (Ley 26219 del 19/08/93)

• Armas y municiones de uso civil (Ley 25054 )

• Sustancias psicotrópicas, estupefacientes y sustancias precursores (DS23-2001-SA)

• Explosivos de uso civil y conexos (DL 25707)

• Nitrato de amonio, requiere control de DISCAMEC (D. Leg 846)}

• Productos farmacéuticos (Ley 26842)

• Alimentos, bebidas, cosméticos, equipos y material médico quirúrgico, se requiere Registro Sanitario de DIGESA (Ley 26842)

• Productos veterinarios (DS 015-98-AG)

• Productos y subproductos vegetales (DS 048-2001-AG)

• Plaguicidas y sustancias afines (DS 016-2000-AG)

• Productos hidrobiológicos ( DLey 25977)

• Cetáceos menores (Ley 26585)

• Residuos de papel y cartón, con la autorización de MITINCI (DS 029-93-MITINCI)

• Especies de flora y fauna en extinción, por el convenio CITES (Ley 21080)

1-Armas, municiones, explosivos y artículos conexos de uso civil.-

a. Se solicita la Autorización de Exportación expedida por la DICSCAMEC.

b. Llegado el producto ppor exportar al aeropuerto, puerto o puesto de embarque y/o salida se lleva a cabo el reconocimiento físico con presencia del representante de la DICSCAMEC, importador / consignatario o Agente de Aduana, con el fin de verificar que la mercancía reconocida sea conforme a la Resolución Directorial de Autorización de Exportación, dejando constancia de la diligencia en Acta respectiva firmada por el representante de la DICSCAMEC, el responsable de la custodia policial, el propietario o su representante legal y el personal de Aduanas que interviene

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