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Migracion

ferzota9 de Julio de 2013

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Página 1 de 26

¿Qué se puede

aprender

del proceso

de integración

europeo?

La integración

económica de Europa

y América Latina en

perspectiva comparada

Fernando rueda-Junquera

El modelo europeo de integración

económica se ha convertido en una

referencia inevitable para cualquier

proyecto de integración. El compromiso

político fuerte y sostenido, la

construcción de un sistema jurídico e

institucional supranacional y las

políticas y acciones comunes

tendientes a consolidar la integración

económica constituyen tres

componentes esenciales de ese

modelo, que han configurado un

«triángulo virtuoso» con capacidad de

incidir positivamente sobre el desarrollo

económico. En América Latina, los

diversos procesos de integración

enfrentan –más allá de algunos

avances– serias limitaciones. Sin caer

en comparaciones fáciles, la experiencia

europea permite extraer algunas

conclusiones útiles para la región.

Fernando Rueda-Junquera: máster y doctor en Economía por la Universidad de Londres y

profesor titular de Economía Internacional en la Universidad de Burgos. Sus publicaciones se

centran en temas vinculados a las economías latinoamericanas, con especial atención en los procesos de integración regional.

Palabras claves: economía, integración, Unión Europea, América Latina.

Este artículo es copia fiel del publicado en la revista Nueva Sociedad No

219,

enero-febrero de 2009, ISSN: 0251-3552, <www.nuso.org>.Nueva Sociedad 219 60

Fernando Rueda-Junquera

positiva, lo que explica que un número creciente de países europeos haya decidido participar plenamente del proyecto de integración. De los seis miembros fundadores, se ha pasado a una ue con 27 socios y con diversos países

candidatos a la adhesión.

La creación de la cee también estimuló el interés por la integración económica

en los países en desarrollo, entre ellos los latinoamericanos. Desde los 60, se

han venido llevando a cabo diferentes

iniciativas de integración económica

en América Latina, que han tomado

como referencia el modelo europeo.

Pero los resultados de la mayoría de

las iniciativas no han estado a la altura de las expectativas iniciales. Las

diferencias estructurales imperantes

entre ambas regiones son uno de los

factores que explican este desempeño

tan dispar, pero solo parcialmente y

no de un modo determinante. Hay

otros factores –particularmente tres:

el compromiso político, el sistema

jurídico e institucional y las políticas y acciones comunes– cuyo adecuado

manejo en Europa ha permitido establecer un «triángulo virtuoso», que contrasta con el «triángulo vicioso» de la integración latinoamericana.

El objetivo de este artículo es comparar los procesos de integración econó-

mica en Europa y América Latina e inferir lecciones que puedan servir para

superar las actuales limitaciones del regionalismo latinoamericano. Con este

fin, el texto se estructura en tres secciones: la primera analiza las principales

características del triángulo virtuoso de la integración europea, la segunda

las compara con las existentes en América Latina y la tercera desarrolla las

principales conclusiones obtenidas de esa comparación.

■ El «triángulo virtuoso» de la Unión Europea

Aunque se han producido avances significativos en la dimensión política del

proceso de integración europeo, la dimensión económica ha sido la dominante. Tradicionalmente, las propuestas de integración política –como el reciente

proyecto de Constitución Europea– han generado más resistencia que las iniciativas económicas. En este contexto, la integración económica ha sido usada

Desde los 60, se han venido

llevando a cabo diferentes

iniciativas de integración

económica en América Latina,

que han tomado como

referencia el modelo europeo.

Pero los resultados de la

mayoría de las iniciativas

no han estado a la altura de

las expectativas iniciales ■61 Nueva Sociedad 219

La integración económica de Europa y América Latina en perspectiva comparada

exitosamente como un medio directo para conseguir objetivos económicos

–en particular, el desarrollo de los Estados miembros–, pero también como

un medio para lograr, de manera indirecta, objetivos no económicos de gran

relevancia, tales como la pacificación tras la Segunda Guerra Mundial y la

superación de los nacionalismos destructivos.

No obstante, el éxito del modelo europeo de integración no solo se fundamenta en los componentes económicos, como la aplicación de políticas y acciones comunes favorecedoras de la integración, sino que también se basa en

la adopción de otros componentes, como el compromiso político y el sistema jurídico e institucional. Estos tres componentes han ido conformando el

triángulo virtuoso de la integración europea. A continuación se examinan

con más detalle.

Compromiso político. La exitosa evolución del proceso de integración europeo sugiere que el compromiso político es una precondición básica que debe

cumplirse para que un acuerdo regional produzca los efectos positivos identificados por la teoría de la integración económica. La integración regional

requiere un fuerte compromiso político por parte de los gobiernos participantes para avanzar hacia objetivos comunes. Este compromiso político no

debe limitarse a las etapas iniciales del proceso, sino que debe ser sostenido

a lo largo del tiempo. Merece la pena señalar que, a más de medio siglo de su

inicio, la característica más destacable de la integración europea es su irreversibilidad, resultado de ese fuerte y sostenido compromiso político.

Sistema jurídico e institucional supranacional. Aunque la ue es principalmente un proceso de integración económica, también está basado en el derecho.

La mayor parte de la actividad de la ue –y particularmente la económica–

está cubierta por el derecho comunitario, esto es, está sujeta a un sistema

jurídico supranacional. El derecho comunitario se caracteriza por dos rasgos

fundamentales: su primacía y su directa aplicabilidad. La primacía sobre los

ordenamientos jurídicos nacionales asegura que el derecho comunitario no

pueda ser alterado por ningún Estado miembro, mientras que la aplicabilidad

directa sobre los países garantiza su carácter vinculante.

Las dos características mencionadas explican que el derecho comunitario se

haya convertido en un instrumento de integración de significativa importancia, ya que ha dado lugar a una aproximación gradual de las legislaciones nacionales, al tiempo que ha contribuido a crear un ordenamiento jurí-

dico común de la ue. Esta integración por medio del derecho ha sido posible Nueva Sociedad 219 62

Fernando Rueda-Junquera

porque –y esto es particularmente pertinente para la posterior comparación

con el caso latinoamericano– los Estados miembros han actuado de acuerdo con

el derecho comunitario: es decir, han cumplido los compromisos suscritos

en los tratados (derecho originario) e introducido las normas vinculantes

que han desarrollado dichos tratados (derecho derivado).

Pero no solo el ordenamiento jurídico común ha impulsado los esfuerzos

integracionistas, sino también el establecimiento de instituciones comunes

dotadas de un poder de decisión supranacional, un conjunto claro de competencias y una cierta cantidad de recursos financieros propios. Estas instituciones han contribuido a que el proceso de integración persiguiera intereses

comunes claramente identificados y no se dispersara en los diferentes intereses nacionales de los Estados miembros.

Las instituciones comunes han adquirido una naturaleza supranacional gracias a la transferencia parcial de soberanía nacional desde los Estados miembros hacia ellas. Tanto poderes de toma de decisión como de gestión han sido

cedidos a estas instituciones comunes, de tal modo que una gran parte de

sus acciones tienen carácter vinculante para los países que integran la ue.

En otras palabras, el funcionamiento de las instituciones comunes es un

ejercicio de soberanía compartida. Esto ha hecho que estas instituciones hayan desempeñado un papel esencial en

el fortalecimiento del proceso de integración económica.

La última transferencia significativa de

soberanía nacional se ha producido en

el ámbito monetario con la introducción

del euro como moneda única. Los Estados miembros que han adoptado el euro

han renunciado al control nacional de

dos políticas económicas fundamentales –la política monetaria y la política cambiaria–, que han pasado a ser potestad exclusiva de una nueva institución común: el Banco Central Europeo.

Asimismo, la adopción del euro ha impuesto límites a la política fiscal, ya que

el Pacto de Crecimiento y Estabilidad obliga a

...

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