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NIa 220 Aplicacion


Enviado por   •  16 de Diciembre de 2012  •  484 Palabras (2 Páginas)  •  1.181 Visitas

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Aplicar la nia 220

Un auditor operativo se le encargo que verifique el cálculo y pago del XIII sueldo del año 2011:

Sueldo mensual Aud. Op reconstruyo el pago

Gerente(trabaja todo el año) 4000 4200

Contador( ½ tiempo todo el año) 3000 1500

Bodeguero (Trabaja todo el año) 282 282

Asistente financiero (trabaja ½ año) 1500 850

8782 6832

Del análisis del calculo del pago del XIII sueldo del año 2011se determina que el valor correcto de pago es de 6832 USD determinando que el valor pagado por el contador es correcto para la liquidación del XIII sueldo del año 2011.

CPA.Gladys Fernandez

Auditor Operativo 1

Cuenca, 09 de Noviembre del 2012

CPA. GLADYS FERNADEZ

AUDITOR OPERATIVO 1

DE MIS CONSIDERACIONES:

Hoja de SUPERVISION

Por medio de la presente, quiero hacer llegar a UD. El control de calidad basándonos en la NIA 220, sobre el pago de XIII sueldo Año 2011, el cual Ud. Auditó y en base al documento enviado deja constancia de su trabajo realizado.

1. Teniendo como marco legal el Código de trabajo ecuatoriano que en su articulo 111 reza textualmente lo siguiente

Art. 111.- Derecho a la decimatercera remuneración o bono navideño.- Los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen, hasta el veinticuatro de diciembre de cada año, una remuneración equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubieren percibido durante el año calendario.

La remuneración a que se refiere el inciso anterior se calculará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 95 de este Código.

Y en uso del art.95 del mismo código.

Art. 95.- Sueldo o salario y retribución accesoria.- Para el pago de indemnizaciones a que tiene derecho el trabajador, se entiende como remuneración todo lo que el trabajador reciba en dinero, en servicios o en especies, inclusive lo que percibiere por trabajos extraordinarios y suplementarios, a destajo, comisiones, participación en beneficios, el aporte individual al

Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social cuando lo asume el empleador, o cualquier otra retribución que tenga carácter normal en la industria o servicio.

Se exceptúan

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