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Obligaciones Para Los Contribyentes Del Rus

ginaorosco4 de Mayo de 2014

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Obligaciones para los contribuyentes del RUS:

1. Pagar la cuota mensual hasta la fecha de vencimiento, según el útlimo digito de tu número de RUC, según el Cronograma de Obligaciones Tributarias establecido por la SUNAT.

2. Emitir y entregar solo boletas de venta y/o tickets o cintas emitidas por máquina registradora (o tickets emitidos mediante sistemas informáticos declarados con el Formulario Virtual N° 845)

3. Por las ventas menores o iguales a S/.5 no hay obligación de emitir boleta de venta, salvo que el comprador o usuario lo pida por un monto menor. En este último caso como vendedor o prestador de servicios deberás emitirlo y entregarlo.

4. Al finalizar cada día el titular del negocio debe emitir una sola boleta de venta, en la que sume el total de las ventas iguales o menores a a S/.5 por las que no se hubiera emitido comprobante de pago, conservando el original y la copia para el control de la SUNAT.

5. Sustentar sus compras con comprobantes de pago: facturas, tickets o cintas emitidas por máquina registradora, recibos por honorarios, recibos de luz, agua y/o teléfono, recibo de arrendamiento, entre otros.

6. Pagar la cuota mensual hasta la fecha de vencimiento, según el Cronograma de Obligaciones Tributarias establecido por la SUNAT.

7. Archivar cronológicamente los comprobantes de pago que sustenten sus compras y ventas (copia SUNAT).

8. Comunicar la suspensión de actividades (de ser el caso) y mantener actualizado su RUC (cambio de domicilio, etc.).

VENTAJAS

 Un sólo pago por concepto del impuesto general a las ventas e impuesto a la renta. Están sujetos al pago del impuesto selectivo al consumo.

 Los montos de pago mensuales se realizan de acuerdo a categorías

DESVENTAJAS

 Como comprobantes de pago sólo se pueden otorgar boletas de venta, tickets con cintas emitidas por máquinas registradoras que no permitan ejercer el derecho a crédito fiscal.

 No se tiene acceso al crédito fiscal (ver el concepto del crédito fiscal cuando se habla de Impuesto General a las Ventas). Pueden deducir como crédito el 20% del importe total de los comprobantes de pago que sustenta en sus adquisiciones y otorguen derecho al crédito fiscal.

 Si no existen ingresos mensuales se paga un monto mínimo, mientras que en otros sistemas no se tributa cuando no se tienen ingresos.

 Deberán cambiarse al régimen general cuando durante 6 meses consecutivos los ingresos mensuales superen los 12,000 nuevos soles.

 En caso de exceder los límites de ingresos, en el mes siguiente de ocurrido el hecho se debe pagar el monto correspondiente a la categoría superior. En caso contrario, es decir si los ingresos disminuyen, para regresar a la categoría anterior se debe esperar hasta el inicio del siguiente año.

2.-RÉGIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA (RER)

El RER está dirigido a las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas, domiciliadas, cuyos ingresos netos o adquisiciones no superen los S/.525,000.00 al año; y cuyo valor de activos fijo afectados a la actividad, con excepción de predios y vehículos, no superen los S/.126,000.00 al año; y que no mantengan más de 10 personas trabajando por turno.

Se deben llevar los siguientes Libros de Contabilidad Legalizados: Registro de Compras, Registro de Ventas e Ingresos, Libro de inventarios y Balances, Libro de Planillas de Sueldos y Salarios, en caso de tener trabajadores dependientes.

Los contribuyentes que se acogen al RER pagan una cuota ascendente a 1.5% de sus ingresos netos mensuales de sus rentas de tercera categoría

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