Plan De Accion
yuriluciana14 de Noviembre de 2014
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SISNTESIS
La legislación Colombiana establece que todas las entidades del Estado deben hacer máxima publicidad y poner a disposición información pública para los ciudadanos, que sea útil en cuanto a contenido, oportunidad, veracidad, lenguaje y medios de acceso.
El directamente encargado del diseño, promoción e implementación de la política pública de acceso a la información está a cargo de la Secretaria de Transparencia de la Presidencia de la Republica, el Ministerio de la información y Comunicaciones, el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), el Departamento nacional de planeación (DNP), el Archivo General de la Nación y el Departamento Administrativo de Estadística (DANE).
Todas estas entidades estatales las cuales velan por defender los derechos y hacer cumplir los deberes de los ciudadanos establecen dichas disposiciones no solo para el cuidado del común, sino que también aclara en dicha normatividad que todas las entidades deben garantizar que las personas en condición de discapacidad y los diferentes grupos étnicos y culturales accedan a la información que consideren de su interés.
El gobierno del presidente santos en la ley 1712 de 2014 sanciono que todos los Colombianos tienen derecho a conocer la información como un derecho fundamental, lo cual pienso que es de suprema importancia para cada uno de nosotros ya que de esta manera podemos tener claridad sobre aquellas transacciones, negocios, diligencias legales, tramites académicos, historias clínicas, datos estadísticos tales como numero poblacional, estratos socioeconómicos, estado de documentos legales como lo son la cedula, tarjeta de identidad, registro civil entre otros, también podemos y nos vemos en la necesidad de conocer a ,o largo de nuestra vida datos tales como los registros anteriores de las propiedades que adquiramos, estado judicial de antecedentes, estado en la central de riesgos en cuanto a nuestro historial crediticio, y un sin número más de datos que nos rodean a través del tiempo y que cada individuo se le hace imposible mantener de manera personal.
El derecho de acceso a la información pública implica que las entidades no solamente deben responder a las solicitudes expresas de información de los ciudadanos, sino también divulgarla proactivamente y responder a los requerimientos de forma rutinaria, proactiva, actualizada, accesible y comprensible.
Toda la normatividad prevista en el artículo anterior interpuesta por el estado tiene como función buscar la transparencia en todos los procesos de todas las empresas o entidades ya sean públicas, privadas; de acuerdo a lo expuesto anteriormente todas las entidades encargadas de producir, recibir y almacenar algún tipo de información de carácter personal y por algún motivo se dé la situación que esta información tenga que ser publicada en algún lugar visible o de forma masiva , cada entidad debe encargarse de prestar todos los medios tecnológicos y las herramientas o personal que tenga a su alcance para que dicha información se publicada de forma veraz y eficiente abarcando a toda la población interesada.
Con estos principios de transparencia y máxima publicidad, Colombia se alinea con países latinoamericanos que están promoviendo legislaciones sobre el derecho de acceso a la información pública como México, Chile y Brasil.
Lo cual hace un país cada vez más competitivo y enfocado en los derechos humanos donde el ser como persona debe gozar de todos sus derechos y ser parte activa y útil en la sociedad con alcance en todas las ramas del poder.
A continuación enunciare algunas delas obligaciones que según la ley sobre el acceso a la información debe cumplir:
• Tener a disposición de la ciudadanía en la página web, toda la información de las entidades y
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