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Propiedad Intelectual Aduanera


Enviado por   •  17 de Diciembre de 2021  •  Tareas  •  665 Palabras (3 Páginas)  •  63 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria

Universidad Nacional Experimental

“Rafael María Baralt”

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Giuliana del Carmen Nava Cárdenas

C.I- 28.497.699

Sección: 331731

San Francisco, 16 de Diciembre de 2021.

INTRODUCCIÓN

Dando paso al análisis realizado al video informativo, se puede entender que un arancel es un impuesto que se paga sobre bienes importados a un país. Es un regulador del comercio exterior y debe adaptarse a la dinámica de los cambios internacionales, así como a las condiciones de producción y comercio del país que lo utiliza, en este preciso caso Venezuela. El arancel además es también el documento relacionado con todos los derechos de aduana convertidos generalmente en Ley. Para este caso en particular como lo es el derecho de la Propiedad Intelectual Aduanera.

Trayendo como introducción que cada uno de estos activos, aunque intangibles, también deben cancelar aranceles, retenciones, prohibiciones o destrucciones de mercancía de acuerdo con la regulación de la LOA  y otras establecidas por la Ley, a fin de evitar la interferencia de las autoridades con los efectos que se derivan de infringir los derechos de propiedad intelectual cuando las mercancías no han sido introducidas en el canal comercial del país importador.

RESUMEN

El destino aduanero es una figura que facilita actividades de comercio exterior. Considerando que las mercancías están sujetas a control aduanero desde su introducción y hasta que estén en libre circulación, más sin embargo quien da destino es el consignatario, pero este destino se otorga dentro de lo permitido en la legislación de aduana de cada país. En este bloque jurídico hermético que está establecido en la legislación aduanera venezolana en el art 117 de aduana además de verse reflejado en los art. 165 y 157 del Código Aduanero de Mercosur, establece que todo lo que es tarifa y retenciones está reservado como arancel de aduana, es decir, ningún otro organismo que no sea el presidente de la republica puede cambiar dichas tarifas o retenciones de no ser así es decretado nulo como lo dicta la norma.

Con respecto a la Propiedad Intelectual, se deben respetar los aranceles establecidos y no estar sujetos a un régimen sancionatorio aduanero en cumplimiento al principio de legalidad y que adicionalmente se deben aplicar los artículos, 169 de aduana, 31 de los aranceles aduaneros con respecto a las retenciones, prohibiciones, destrucción o cambios de código de algunas mercancías que serán utilizadas con fines de actos benéficos.

Por otra parte el objetivo de aplicar la norma para proteger la Propiedad Intelectual es la salud, calidad del producto además de la garantía de que el consumidor está llevando un producto original y no una imitación, así mismo el órgano competente que impida el desaduanamiento de bienes y mercancía es el tribunal por medio de intermediario quien debe mostrar que la mercancías es fidedigna y no falsificada. Ahora bien la normativa aplicada en Venezuela es la LOA y el Órgano Competente es el tribunal de Municipios quien ordena las actuaciones de la aduana según la  providencia 205.

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