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Que Es Indemnizacion, Fniquito Y Liquidez


Enviado por   •  23 de Octubre de 2014  •  491 Palabras (2 Páginas)  •  294 Visitas

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¿QUÉ ES?

Liquidación: Se le llama liquidación cuando la empresa te despide es decir que tu no renuncias

Indemnización: Compensación que recibe una persona por un daño o perjuicio que ha recibido ella misma o sus propiedades.

Finiquito: El finiquito es el documento que recibe el trabajador al finalizar la relación laboral y mediante el cual se saldan las diferencias salariales entre el trabajador y la empresa.

LEY DEL SEGURO SOCIAL

Liquidación: se define como la operación mediante la cual se detallan, ordenan y pagan cuentas después de haber determinado su monto en modo definitivo

Indemnización: global equivalente a cinco anualidades de la pensión que le hubiese correspondido. Dicha indemnización será optativa para el trabajador cuando la valuación definitiva de la incapacidad exceda de veinticinco por ciento sin rebasar el cincuenta por ciento,

Finiquito: es el recibo por el que tanto el trabajador como el empresario dan por terminada la relación laboral, liquidando todas las obligaciones pecuniarias pendientes.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Liquidación: Te despidieron injustificadamente de tu trabajo, o bien estas apunto de realizar tus trámites de pensión y serás liquidado del lugar donde laboras, estas en el lugar indicado, es importante que conozcas tus derechos, no renuncies a ninguno de ellos, calcula la cantidad que te corresponde por concepto de liquidación, realiza un cálculo gratis.

La presente calculadora se adapta a tus necesidades, ya que está basada en la Ley Federal del Trabajo, sólo selecciona en el recuadro motivo de salida del lugar de trabajo, la opción “despido” e ingresa los datos donde corresponda, te enviaremos en menos de una hora el cálculo que nos solicitas.

Indemnización: El artículo 123, apartado A, fracción XXII, de la Constitución establece que el patrono que despida a un obrero sin causa justificada o por haber ingresado a una asociación o sindicato, o por haber tomado parte en una huelga lícita, estará obligado, a elección del trabajador, a cumplir el contrato o a indemnizarlo con el importe de tres meses de salario. Adicionalmente se establece que la ley determinará los casos en que el patrono podrá ser eximido de la obligación de cumplir el contrato, mediante el pago de una indemnización. Con lo anterior El patrón que despida injustificadamente a un trabajador tendrá la obligación de pagar 3 meses de salario como indemnización. ¿Por qué indemnización constitucional? Derechos Reservados La Nómina 2013 CENTRO DE FORMACION EJECITVA DEL BAJIO

Finiquito: Si has renunciado a tu trabajo y estas interesado en calcular tu finiquito porque estas apunto de realizar tus trámites de pensión, o bien, sólo calcular tu

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