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Regimen Deposito Fiscal


Enviado por   •  14 de Enero de 2013  •  415 Palabras (2 Páginas)  •  922 Visitas

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Régimen de depósito fiscal

El régimen de depósito fiscal consiste en el almacenamiento de mercancías de procedencia extranjera o nacional en almacenes generales de depósito que puedan prestar este servicio en los términos de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito y además sean autorizados para ello por las autoridades aduaneras. Este régimen se efectúa una vez determinados los impuestos al comercio exterior, así como las cuotas compensatorias.

Este régimen admite posponer la elección del régimen de importación específico y permite a los particulares mantener almacenadas sus mercancías todo el tiempo que así lo consideren, en tanto subsista el contrato de almacenaje y se pague por el servicio. Las mercancías se pueden extraer total o parcialmente para su importación pagando previamente los impuestos, contribuciones y cuotas compensatorias, actualizados al periodo que va desde su entrada al país hasta su retiro del almacén. Incluso se puede optar por retornarlas al extranjero mediante tránsito interno. Asimismo, hace posible la comercialización de las mercancías en depósito. Cabe mencionar que existen mercancías que no se pueden destinar a este régimen.

Mercancías que no pueden ser objeto de depósito fiscal

Armas, municiones, mercancías explosivas, radiactivas, nucleares y contaminantes; precursores químicos y químicos esenciales, los diamantes, brillantes, rubíes, zafiros, esmeraldas y perlas naturales o cultivadas o las manufacturas de joyería hechas con metales preciosos o con las piedras o perlas mencionadas; los artículos de jade, coral, marfil y ámbar; ni vehículos.

Tratándose de relojes y artículos de joyería hechos con metales preciosos o con diamantes, brillantes, rubíes, zafiros, esmeraldas y perlas naturales o cultivadas, solamente podrán ser destinados al régimen de depósito fiscal para la exposición y venta de mercancías en los términos del artículo 121, fracción I de la Ley Aduanera.

Tratándose de vehículos, sólo podrán ser objeto del régimen de depósito fiscal los vehículos que introduzcan las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte, que cuenten con la autorización a que se refiere el artículo 121, fracción IV de la Ley Aduanera, así como los vehículos clasificados en las fracciones arancelarias 8703.21.01 y 8704.31.02; y en la partida 87.11 de la TIGIE.

Las personas físicas o morales residentes en el extranjero, no podrán introducir mercancías al régimen de depósito fiscal clasificadas en los capítulos 50 a 64 o en las partidas 9503 y 9504 de la TIGIE.

Fundamento: Artículos 119, 120, segundo párrafo, y 123 de la Ley Aduanera y regla 4.5.8. de las Reglas de Carácter General en Materia

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