SOCIEDAD MERCANTIL
Enviado por • 7 de Junio de 2014 • 470 Palabras (2 Páginas) • 242 Visitas
Fusión y/o transformación de una sociedad mercantil.
1. Deberá documentarse en el Código de Comercio leyendo: Libro II, Titulo III, Capitulo V, Seccion VI, De la Fusión y Prórroga de las Sociedades Anónimas. Artos. del 263 al 268 inclusive.
Sección VI
De la fusión y prórroga de las Sociedades Anónimas.
Arlo. 263.- A la fusión de dos o más sociedades deberá preceder el acuerdo por parte de
cada una de ellas.
Este acuerdo se publicará debidamente.
Arto. 264.- La fusión sólo tendrá efecto transcurridos que sean los tres meses desde la
publicación del respectivo acuerdo; a no ser que conste de modo auténtico que se hayan
satisfechas todas las deudas de cada una de las socidades que tratan de fusionarse, o que
se ha puesto a la orden del Juzgado de Comercio respectivo, el importe de dichas deudas
depositado en la cajas de la compañía, o que se ha obtenido el consentimiento de los
acreedores.
Arto. 265.- Durante el plazo fijado en el artículo anterior, puede oponerse a la fusión,
cualquier acreedor de las sociedades que hayan de entrar en la fusión.
Esta oposición suspenderá la realización de la fusión hasta que se resuelva
judicialmente.
Arto. 266.- Transcurrido el término fijado en el artículo 264, o cumplidas las otras
prescripciones del mismo, se tendrá por efectuada definitivamente la fusión, y la
sociedad que se constituya asumirá todos los derechos y obligaciones de todas las
sociedades extinguidas.
Arto. 267.- Las compañías cuyos Estatutos deban someterse a la aprobación del Poder
Ejecutivo, necesitan de la misma aprobación para fusionarse.
Arto. 268.- Transcurrido el término marcado en el contrato para la duración de la
sociedad, y no mediando ningún otro motivo de disolución, podrá prorrogarse este
plazo, si los socios convinieren en ello por unanimidad, o si los que se retiran no
representan más de un tercio del capital social y los socios restantes les liquidasen su
parte en los términos legales.
La prórroga se publicará debidamente.
2. De la Empresas “X” y “Y” la empresa “X” sería los socios mayoritarios con el 51 % de las acciones? esta acciones pueden ordinaria o preferente? por tanto, sugiero asesorarse con un abogado, especialista en la rama tributaria:
Aspecto Contable de la Fusión:
Los pasos necesarios para el registro contable de la fusión son las siguientes:
1. Preparar Los Estados Financieros (Balance General y Estado de Pérdida y Ganancia) el que deberá ser auditado. (por una firma de Auditores Externo).
2. Saldar las cuentas complementarias del balance contra sus principales.
3. Valuar los Activos para efectos de la fusión generalmente se valúan a valores actuales.
4. Las diferencias entre el valor neto en libros y valores actuales se ajusta contra la cuenta “Ajustes de Valuación por Fusión o Resultados de la Fusión” (algunos llaman a la cuenta “Pérdidas y Ganancias de la Fusión”).
5. Saldar las cuentas de Activo, Pasivo y, Capital Contable, en la sociedad que desaparece.
6. Registrar asientos de apertura (Fusión por integración) o aumentos del Capital Social (Fusión por absorción), según sea el caso.
...