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Seccion 220 Naga 63

mariajose30905 de Octubre de 2014

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Introducción

Alcance de esta Sección

1. Esta Sección trata las responsabilidades específicas del auditor relacionadas con los

procedimientos de control de calidad en una auditoría de estados financieros.

También considera, cuando fuere aplicable, las responsabilidades del revisor de

control de calidad del trabajo. Esta Sección también se aplica, cuando fuere

necesario, a otros trabajos efectuados de acuerdo con normas de auditoría

generalmente aceptadas (NAGAs) (por ejemplo, una revisión de información

financiera intermedia efectuada de acuerdo con la Sección AU 930, Revisión de

Información Financiera Intermedia). Esta Sección es para ser leída conjuntamente

con los requerimientos éticos pertinentes: (a) Código de Ética del Colegio de

Contadores de Chile y (b) las Partes A y B del “Código de Ética para Profesionales

de la Contabilidad de la Federación Internacional de Contadores” (Código de

Ética de IFAC).

2. Aunque las Normas de Control de Calidad (NCC) no son aplicables a los auditores

que pertenezcan a organizaciones gubernamentales, esta Sección es aplicable a los

auditores que pertenezcan a organizaciones gubernamentales y que realizan

auditorías de estados financieros de acuerdo con NAGAs.(1)

Sistemas de control de calidad y rol de los equipos de trabajo

3. Los sistemas, políticas y procedimientos de control de calidad son responsabilidad

de la firma de auditores. De acuerdo con la Norma de Control de Calidad (NCC), El

Sistema de Control de Calidad de una Firma, se requiere a la firma establecer y

mantener un sistema de control de calidad para proporcionar una razonable

seguridad que:

a. La firma y su personal cumplen con las normas profesionales y con los

requerimientos legales y regulatorios aplicables, y

b. Los informes emitidos por la firma son apropiados en las circunstancias.(2)

(Ver párrafo A1)

(1) Ver párrafo 2 de la Norma de Control de Calidad (NCC), El Sistema de Control de Calidad de una Firma.

(2) Ver párrafo 12 de la Norma de Control de Calidad (NCC), El Sistema de Control de Calidad de una Firma.

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4. Dentro del contexto del sistema de control de calidad de la firma, los equipos de

trabajo tienen la responsabilidad de implementar procedimientos de control de

calidad que sean aplicables al trabajo de auditoría y de proporcionar a la firma la

información pertinente para permitir el funcionamiento de esa parte del sistema de

control de calidad de la firma relacionada con la independencia.

5. Los equipos de trabajo tienen el derecho a confiar en el sistema de control de

calidad de la firma, a menos que el socio a cargo del trabajo determine que es

inapropiado hacerlo basado en información proporcionada por la firma o por

terceros. (Ver párrafo A2)

6. El socio a cargo del trabajo puede utilizar la asistencia de otros miembros del

equipo de trabajo u otro personal dentro de la firma para cumplir con los

requerimientos de esta Sección. Los requerimientos impuestos por esta Sección

sobre los socios a cargo de los trabajos no relevan a otros miembros del equipo de

trabajo de ninguna de sus responsabilidades profesionales.

Fecha de vigencia

7. Esta Sección tiene vigencia para auditorías de estados financieros por los períodos

terminados el o con posterioridad al 31 de diciembre de 2012.

Objetivo

8. El objetivo del auditor(3) es implementar procedimientos de control de calidad a

nivel del trabajo que proporcionen al auditor una razonable seguridad que:

a. La auditoría cumple con las normas profesionales y con los requerimientos

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